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Diputados aprueban proyecto que exige el uso de mascarillas transparentes a quienes atiendan público

LA INICIATIVA APROBADA POR LA SALA DISPONE QUE INSTITUCIONES PÚBLICAS Y PRIVADAS EMPLEEN ELEMENTOS DE PROTECCIÓN TRANSPARENTES EN LA ZONA DE LA BOCA PARA PERMITIR LA LECTURA DE LOS LABIOS POR PARTE DE LA POBLACIÓN SORDA.

Un contundente respaldo de 131 votos a favor y 4 abstenciones recibió la modificación a la Ley 20.609, que establece medidas contra la discriminación. El texto exige a quienes atienden público en instituciones públicas o privadas, la utilización de mascarillas transparentes para facilitar la comunicación con personas sordas.

El proyecto (boletín 14218establece esta exigencia cuando el país atraviese por un estado de excepción constitucional. Y, en ese marco, si la población debe usar elementos que impidan la transmisión de enfermedades.

En esos casos, quienes atiendan público en instituciones públicas y privadas deberán emplear elementos de protección transparentes, al menos en la zona de la boca, para permitir la lectura de los labios por parte de la población sorda.

Con esta iniciativa se busca facilitar la comunicación con las personas Sordas, que se ha visto dificultada con el uso de mascarillas debido a la pandemia.

En los fundamentos se explica que iniciativas como esta se han implementado en países como España y Argentina. Allí, se han establecido normas legales para permitir la lectura de labios sin dejar de lado el uso de las mascarillas.

REVISA ACÁ EL PROYECTO EN DETALLE

Fuente: camara.cl

 

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Diputados proponen eximir a las personas en situación de discapacidad del pago de la tarifa del transporte público

DESDE LA CÁMARA DE DIPUTADOS Y DIPUTADAS PROPUSIERON AL EJECUTIVO EXIMIR, TOTAL O PARCIALMENTE, DEL PAGO DE LA TARIFA DEL PASAJE DEL TRANSPORTE PÚBLICO A LAS PERSONAS EN SITUACIÓN DE DISCAPACIDAD.

Asimismo dicha iniciativa plantea que las personas se encuentren debidamente inscritas en el Registro Nacional de Discapacidad (RND), además de contar con su respectiva credencial.

En la petición se señala que, el Gobierno ha desplegado ya ayudas en este sentido para los adultos mayores, cuyo programa permite que las personas con más de 65 años puedan acceder a una rebaja de hasta un 50% en las tarifas en todo el país.

Por su parte en regiones, los adultos mayores deben presentar su carnet de identidad al abordar los buses mientras que en la región Metropolitana, en tanto, el procedimiento pasa por la tarjeta Bip Adulto Mayor.

“Creemos que en el caso de las personas con discapacidad se debe avanzar hacia el mismo camino. Especialmente, si consideramos la necesidad de progresar en materias de inclusión social, inclusión laboral, accesibilidad y vida independiente”, se remarca.

Fuente: 24horas.cl

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Diputados aprueban proyecto que establece trabajo a distancia para cuidadores en caso de haber Estado de Excepción

LA CÁMARA DE DIPUTADAS Y DIPUTADOS APROBÓ Y DESPACHÓ A TERCER TRÁMITE AL SENADO EL PROYECTO QUE ESTABLECE COMO PRIORIDAD EL TRABAJO A DISTANCIA DE TRABAJADORAS O TRABAJADORES CON EL OBJETO DE REALIZAR EL CUIDADO DE NIÑAS Y NIÑOS MENORES DE 12 AÑOS Y/O DE PERSONAS EN SITUACIÓN DE DISCAPACIDAD, EN CASO DE DECLARACIÓN DE ESTADO DE EXCEPCIÓN CONSTITUCIONAL POR CALAMIDAD PÚBLICA O ALERTA SANITARIA POR EPIDEMIA O PANDEMIA A CAUSA DE UNA ENFERMEDAD CONTAGIOSA.

En sus fundamentos, el texto precisa que, como es de público conocimiento, nuestro país y el mundo están enfrentando una de las crisis sanitarias más grandes de las últimas décadas, situación que ha llevado a que las autoridades decretaran estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública para contener y frenar los contagios en la población, el que se encuentra vigente hasta el día de hoy.

En ese escenario, sostiene la moción, resulta extremadamente necesario proteger a los trabajadores y a quienes pueden ser afectados por un contagio, especialmente en el caso de niñas,  niños y Personas en situación de discapacidad, toda vez que se trata de un bien jurídico cuya protección no sólo corresponde a los padres, sino que también a toda la comunidad.

La iniciativa modifica el Código del Trabajo con el fin de agregar un artículo en el que se incorpora la obligación de los empleadores de ofrecer a las y los trabajadores que tengan el cuidado personal de un niño o niña menor de 12 años o de Personas en situación de discapacidad, la modalidad de trabajo a distancia o teletrabajo, sin reducción de remuneraciones, en caso de declaración de estado de catástrofe o pandemia.

Recuadro con un resumen de lo publicado en la noticia.

Se indica que si ambos padres son trabajadores y tienen el cuidado personal de un niño o niña, cualquiera de ellos, a elección de la madre, podrá hacer uso de esta prerrogativa.

Se agrega que si la autoridad declarara estado de excepción constitucional de catástrofe, por calamidad pública, o una alerta sanitaria con ocasión de una epidemia o pandemia a causa de una enfermedad contagiosa, y adopta medidas que impliquen el cierre de establecimientos de educación básica o impidan la asistencia a los mismos, el empleador deberá ofrecer al trabajador que tenga el cuidado personal de al menos un niño o niña menor de doce años, que se vea afectado por dichas circunstancias, la modalidad de trabajo a distancia o teletrabajo.

Todo se podrá llevar a cabo en la medida que la naturaleza de sus funciones lo permitan y sin reducción de remuneraciones. En este caso, el trabajador deberá entregar al empleador una declaración jurada de que dicho cuidado lo ejerce sin ayuda o concurrencia de otra persona adulta.

Se indica, además, que la modalidad de trabajo se mantendrá vigente durante el período de tiempo en que se mantengan las circunstancias descritas anteriormente, salvo acuerdo de las partes. Las mismas reglas se aplicarán para aquellos trabajadores que tengan a su cuidado Personas en situación de discapacidad.

Al respecto se aprobó una indicación del Ejecutivo que señala que dicha circunstancia deberá ser acreditada a través del respectivo certificado de inscripción en el Registro Nacional de la Discapacidad.

¿Y el sector público?

Para la senadora Marcela Sabat la iniciativa destaca la importancia del cuidado, siendo un proyecto “pedido de miles de madres”. Si bien el proyecto tuvo una buena recepción en la discusión, hubo críticas de parlamentarios por no incluir en el proyecto al sector público. “Si estuviese pensado para el sector público habría que hacer un informe financiero porque implicaría costos”, señaló el subsecretario de Previsión Social, Pedro Pizarro.

De este modo, la diputada Gael Yeomans y el diputado Marcelo Díaz sostuvieron que “hay temas relacionados al teletrabajo que no están normados” y que el teletrabajo como tal no existe en el sector público, por ende, plantearon que se reemplace ese concepto por “trabajo a distancia”. 

Si quieres ver más detalles del proyecto y su aprobación HAZ CLICK ACÁ

Fuente: camara.cl
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Despachan a cámara de Diputados proyecto para incluir la enseñanza de lengua de señas en colegios

LA COMISIÓN DE PERSONAS MAYORES Y DISCAPACIDAD APROBÓ DE MANERA UNÁNIME Y DESPACHÓ A LA SALA DE LA CÁMARA DE DIPUTADAS Y DIPUTADOS, EL PROYECTO DE LEY QUE PERMITE CONSAGRAR LA ENSEÑANZA DE LA LENGUA DE SEÑAS COMO OBJETIVO GENERAL DE LA EDUCACIÓN, Y COMO PARTE FUNDAMENTAL DE LA INCLUSIÓN SOCIAL EN LOS ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES.

“El proyecto aprobado tiene como propósito que todos los establecimientos educacionales, tengan o no estudiantes con discapacidad auditiva, puedan enseñar la lengua de señas para acortar la brecha que hay entre las personas con discapacidad auditiva. Si hablamos de inclusión, debemos hacer partícipe a toda la comunidad y a sus distintos elementos comunicacionales”, afirmó la diputada Carolina Marzán, quien preside la Comisión.

“Un niño o niña que tiene discapacidad auditiva, tiene que poder comunicarse con otra persona que no la tenga. Somos seres comunitarios, participamos en distintos espacios, por eso es importante que todos tengan las herramientas y posibilidades de comunicarse, y para eso la educación es fundamental”, añadió.

Junto a esto, detalló que “la iniciativa busca que la lengua de señas se imparta a alumnos de enseñanza básica y media. La manera en que se implemente esta medida dependerá del reglamento y protocolos que defina el Ministerio de Educación”.

Finalmente, la legisladora señaló que una vez que la iniciativa termine con su trámite legislativo y se convierta en ley, la moción establece que se pueda impartir la lengua de señas a mediados del 2023 en colegios que cuenten con algún estudiante con discapacidad auditiva, y el 2024 en establecimientos que no cuenten con algún alumno con discapacidad auditiva.

Fuente: Agencia Uno

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Diputados aprueban proyecto que garantiza atención preferencial a Personas en situación de discapacidad en el comercio

LA INICIATIVA BUSCA QUE EL COMERCIO EN GENERAL CUENTE CON SISTEMAS DE ATENCIÓN PREFERENCIAL PARA ADULTOS MAYORES, EMBARAZADAS Y PERSONAS EN SITUACIÓN DE DISCAPACIDAD. DE PROMULGARSE LA LEY, LOS LUGARES QUE PRESENTEN UN AFORO IGUAL O SUPERIOR A 10 PERSONAS DEBERÁN APEGARSE A LA NORMA.

La Cámara de Diputadas y Diputados aprobó y despacho al Senado el proyecto de ley que busca obligar al comercio a entregar una atención preferencial a los adultos mayores, embarazadas, lactantes con sus bebés y Personas en situación de discapacidad.

Si bien ya existe una promulgación al respecto, que fue publicada en el Diario Oficial el 22 de julio de 2019, aquella solo hace alusión al acceso preferencial de los adultos mayores en los recintos y procedimientos de salud.

La actual iniciativa apunta a universalizar aún más la normativa vigente y pretende extender el beneficio para obligar a los proveedores de bienes y servicios, es decir, al comercio, a contar con sistemas de atención preferencial.

Lo que establece la norma es que “las personas adultas mayores, personas con discapacidad, embarazadas y personas acompañadas de lactantes tendrán derecho a que se les otorgue una atención preferente por parte de proveedores de bienes y servicios en los locales de atención al público”.

Asimismo, “tendrán derecho a que se les provea de mecanismos adecuados para ellos, en atención al cliente, tanto de forma presencial como remota, en todo el proceso de contratación o compraventa de bienes y servicios, incluida la etapa de posventa”.

Si la ley entra en vigencia, los lugares que cuenten con un aforo igual o superior a 10 personas deberán hacerse parte de la regla. Sin embargo, la iniciativa excluye a proveedores microempresariales.

El sistema de atención preferencial se deberá aplicar en cada uno de los módulos de atención que mantenga el proveedor, exista o no una sección exclusiva para la atención de las personas señaladas, agrega el documento.

El proyecto de ley contiene, adicionalmente, una disposición transitoria que señala que un reglamento establecerá la forma en que el derecho a la atención preferente, consagrado en esta ley, será ejercido por parte de los consumidores y, a su vez, la forma de cumplir la obligación derivada de aquél, por parte de los proveedores.

El referido reglamento se deberá dictar dentro del plazo de seis meses, contados desde la publicación de esta ley, y será elaborado por el Ministerio de Desarrollo Social y Familia; y por el de Economía, Fomento y Turismo.

Puedes revisar más detalles del proyecto acá: boletín 12657.

Fuente: camara.cl

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Ley

Comisión de Mujeres aprueba y despacha proyecto de ley que reconoce el cuidado de personas como una actividad económica

POR UNANIMIDAD  LA COMISIÓN DE MUJERES Y EQUIDAD DE GÉNERO DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS Y DIPUTADAS APROBÓ Y DESPACHÓ A SALA EL PROYECTO QUE RECONOCE EL TRABAJO DOMÉSTICO Y LA LABOR CONSISTENTE EN EL CUIDADO DE PERSONAS. ADEMÁS, ESTA COMISIÓN TAMBIÉN APROBÓ Y DESPACHÓ EL PROYECTO QUE QUE EXTIENDE LA IMPRESCRIPTIBILIDAD DE LOS DELITOS DE CARÁCTER SEXUAL SIN IMPORTAR LA EDAD DE LA VÍCTIMA.

PROYECTO DE LEY

Artículo único. – Modifícase la Constitución Política de la República, contenida en el DS 100 de 2005 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia en el siguiente sentido

Incorpórese un nuevo inciso tercero al artículo 19 Nª16 del Capítulo III, pasando el actual a ser cuarto y los demás sucesivamente, del siguiente tenor:

“El Estado reconoce el trabajo doméstico y de cuidados como una actividad económica que crea valor agregado y produce riqueza y bienestar social, por lo que se incorporará en la formulación y ejecución de las políticas públicas, sociales y promoverá su incorporación en el presupuesto de la nación. El Estado promoverá un régimen laboral que permita compatibilizar en armonía las labores de cuidado humano.”
(boletín 12.490)

REACCIONES

Ante el avance del proyecto, desde el estudio jurídico AML Defensa de Mujeres expresaron su reconocimiento, dado que «es tremendamente importante porque es un debate que casi no ha existido en Chile, menos en el ámbito público. Además, es una labor absoluta y completamente feminizada, no sólo en Chile, sino a nivel mundial. No hay ningún país en el mundo donde exista una equidad en las labores domésticas y de cuidado«. Desde AML enfatizan que «este es un trabajo que merece ser reconocido».

Asimismo, desde el estudio jurídico de abogadas feministas señalan que en términos de derechos, «por fin estamos estableciendo una perspectiva feminista en las políticas públicas del poder legislativo en Chile».

El proyecto fija en el marco constitucional el trabajo doméstico y de cuidados como una actividad que genera riqueza nacional. Por tanto, esta debe ser cuantificada y considerada en la creación de programas y políticas públicas.

Asimismo, el proyecto propone la creación de un nuevo inciso en la Constitución, el cual establezca el reconocimiento de este trabajo como una actividad económica. Además, “se deberá promover un régimen laboral que permita compatibilizar en armonía las labores de cuidado humano”.

Sobre la materia, las parlamentarias destacaron la importancia de visibilizar estas funciones que son ejercidas mayoritariamente las mujeres. Esto genera un avance en el reconocimiento, lo cual permite terminar con las discriminaciones y las brechas sociales, laborales, económicas, entre otras.

«Las mujeres hace décadas han ingresado al mercado laboral remunerado, pero sin embargo eso no se condice con que los varones hayan ingresado al ámbito doméstico, sino al contrario. Se ha aumentado la explotación de las mujeres y su agobio», señalan desde AML. Ante esto, el llamado es a que los hombres y la sociedad ingresen al espacio doméstico, ya que hay que distribuirla de manera igualitaria y equitativa.

De acuerdo al Estudio “Mujeres trabajando: una exploración al valor del trabajo y la calidad del empleo en Chile” realizado por Fundación SOL en 2015, de las 7.230.560 mujeres que están en edad activa para trabajar, existen 3.736.371 que se encuentran inactivas, de las cuales, un 37% identifica que la razón es que deben dedicarse a los quehaceres del hogar, reafirmando que en efecto, el trabajo doméstico es un impedimento importante al momento de ingresar al mercado laboral para las mujeres.

IMPRESCRIPTIBILIDAD  

Sobre este proyecto, las diputadas argumentaron a favor de la iniciativa, ya que es un avance sustancial en la reparación, “tanto para las víctimas de estos delitos como para sus familias”, se señala a través de la página web de la Cámara de Diputados.

Pese al avance,  las legisladoras reconocieron que puede ser un debate complejo, ya que es un cambio profundo en la forma de ejercer justicia en el país. En esa línea, la presidenta de la instancia, la diputada Maite Orsini alertó que “sería impresentable que los hombres en la Sala dieran vuelta lo que en la comisión las mujeres aprobamos por unanimidad”.

Por su parte, las diputadas Erika Olivera y Ximena Ossandón, quienes son las impulsoras del proyecto, señalaron que “será necesario seguir trabajando para conseguir el respaldo del resto de los diputados”. En tanto, la diputada Ossandón será la encargada de informar el proyecto a la Sala, luego de su debate en la Comisión de Constitución.

Fuente: camara.cl
elmostrador.cl

 

 

 

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Inclusión Laboral

Diputados aprueban proyecto que exige a empresas tener al menos un experto en inclusión laboral

LA NORMA BUSCA OBLIGAR A TENER AL MENOS UN EXPERTO DEL ÁREA DE RECURSOS HUMANOS QUE ESTÉ CERTIFICADO EN INCLUSIÓN LABORAL Y EN EL DESARROLLO DE PROGRAMAS Y POLÍTICAS REFERIDAS A LA MATERIA. TRAS SU APROBACIÓN, LA MOCIÓN PASA A VOTACIÓN EN EL SENADO.

El pasado 3 de septiembre se aprobó de manera unánime en la Cámara de Diputados el proyecto que busca modificar el Código de Trabajo con el fin de fortalecer la legislación existente en el país en materia de inclusión laboral. 

La implementación de la nueva Ley de Inclusión Laboral fue un gran avance para la igualdad en la sociedad chilena, pero muchas autoridades y organizaciones que promueven la inclusión, han mostrado su preocupación sobre la real inclusión en el lugar de trabajo una vez que se realiza la contratación. Es por esto que se planteó esta nueva propuesta trabajada en la Comisión del Trabajo y Seguridad Social, con la cual se busca seguir avanzando en la promoción de una verdadera inclusión laboral.

Este proyecto tiene dentro de sus lineamientos el que se agregue la obligación para las empresas que cuenten con cuota de inclusión, de tener al menos un empleado de Recursos Humanos experto y certificado en materia de inclusión. Esto permitiría que se puedan elaborar programas y políticas de inclusión dentro del lugar de trabajo. La certificación deberá ser otorgada por parte del Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales. 

Sumado a esto, se deberán llevar anualmente programas de capacitación al personal. Todas las actividades de trabajo deberán tener en cuenta normativa sobre igualdad de oportunidades e inclusión laboral y social. De esta forma, se llevará a cabo una labor cooperativa entre el empleador, los empleados en situación de discapacidad y el resto del personal.

“Es menester entonces, enfatizan los autores, que la sociedad avance en conseguir la inclusión de las personas con discapacidad como algo natural, en razón de sus excelentes aptitudes como trabajadores, y no como el cumplimiento de una cuota. Pero dicha naturalidad en la contratación no se puede generar si es que las empresas no se encuentran adaptadas física y organizativamente de forma tal que permita una efectiva integración laboral”, afirmó en la presentación del proyecto en la Cámara de Diputados, el representante de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social, Eduardo Durán (diputado RN).

“Por ello (…) si bien la dictación de la Ley 21.015 ha sido un importante paso que se ha dado en materia de inclusión laboral, es deficiente aspirar a que con solo medir sus índices de cumplimiento se vaya a generar una efectiva integración por parte de los trabajadores con discapacidad dentro de los procesos y dinámicas de las empresas”, añadió.

Según datos entregados en febrero de este año por la Dirección de Trabajo, hasta ese mes se habían contratado 22.906 personas con discapacidad, de las cuales tenían relación laboral vigente a la fecha solo 19.303. Un informe presentado en agosto por el Pacto de Productividad Chile, dos de los principales elementos que complican la inclusión laboral son los miedos y prejuicios de los empleadores a la hora de realizar la contratación. Esto principalmente con respecto a la productividad y el desempeño de las personas en situación de discapacidad.

El diputado Undurraga hizo mención de sus años de experiencia en el sector privado, especialmente cuando formó su propia empresa. “Con todas mis fuerzas traté de que mi empresa fuera inclusiva (…). Honestamente creí que bastaría con que el jefe, o el dueño de la empresa fuera una persona con discapacidad para que mi empresa y mis trabajadores estuvieran preparados para realizar la inclusión. Lamentablemente no fue así, ante la falta de una real política de inclusión y un diseño organizacional pensado para este fin, el resultado fue más bien negativo. El problema no fue la mala voluntad de las personas que trabajaban conmigo, sino la falta de preparación de las empresas y sus colaboradores para hacer inclusión”

Aseguró que lo que más le quedó de esa experiencia fue que “las buenas intenciones no son suficientes” a la hora de lograr una real inclusión laboral, sino que se tiene que ir más allá desde la misma legislación. “Lo que se necesita son profesionales debidamente capacitados, se necesita de conciencia inclusiva, de programas y política enfocada en este fin y de una estructura de empresa que se encargue de ello. (…) Tiene que ver con un tema de justicia. Si como legisladores nos dotamos de una ley que imponía la contratación, no podemos desentendernos de qué pasa con esas personas dentro de las empresas”, expresó en la sesión del jueves 3 de septiembre.

La votación realizada en la Cámara finalizó con una aprobación unánime del proyecto, lo cual significa que ahora pasa a segundo trámite en el Senado. Representantes de distintos sectores políticos llevaron a cabo intervenciones en muestra de apoyo y agradecimiento por este proyecto, afirmando la importancia de que el Estado establezca el pilar en materia de una inclusión efectiva, educando a la sociedad y formando una cultura más inclusiva.

“En materia de inclusión no es que haya que capacitar a las personas con discapacidad para poder tener un puesto de trabajo o desarrollar una determinada función, sino que son más bien los espacios empresariales, los lugares de trabajo y los otros compañeros y compañeras de trabajo los que tienen que capacitarse para poder realmente incluir y poder fortalecer también el trabajo de las empresas y de otros espacios con personas con discapacidades”, afirmó Natalia Castillo (RD).

Fuente: elmostrador.cl

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Accesibilidad Discapacidad Gobierno Inclusión Ley Política Sordoceguera

Avanza proyecto que reconoce la Sordoceguera como discapacidad única

La iniciativa fue aprobada de forma unánime por la Comisión de Desarrollo Social de la Cámara de Diputados y ahora deberá pasar a votación en la Cámara de Diputados y Diputadas.

Reconocer la sordoceguera como discapacidad única, de modo de asegurar el derecho de las personas que se encuentran en dicha situación a la igualdad de oportunidades y fomentar su plena inclusión social, es el objetivo del proyecto aprobado en general por la Comisión de Desarrollo Social de la Cámara de Diputados.

La iniciativa avanza en entregar a las personas con sordoceguera todos los derechos establecidos, directa e indirectamente, derivados de las Leyes 20.422, que establece Normas sobre Igualdad de Oportunidades e Inclusión Social de Personas con Discapacidad, y 21.015, que Incentiva la Inclusión de Personas con Discapacidad al Mundo Laboral.

Del mismo modo, define que el Estado reconocerá como sistemas de comunicación oficial la dactilología, el sistema braille, técnicas de orientación y movilidad, así como otros sistemas de comunicación alternativos validados por el reglamento dictado por el Ministerio de Desarrollo Social y Familia. Además, el Estado promoverá la formación y capacitación continua de guías intérpretes.

También se determina que las instituciones públicas y privadas que brinden servicios públicos permitirán que las personas sordociegas comparezcan ante ellas con guías intérpretes reconocidos oficialmente.

La sordoceguera se caracteriza por tener un sistema de comunicación, de movilización y de acceso a la información que son únicos, los cuales traen consigo la necesidad de atenciones especiales, diseñadas específicamente para quienes la tienen.

Por lo mismo, según establece la iniciativa, resulta indispensable reconocer y definir a la sordoceguera no como la suma de dos discapacidades, sino como una discapacidad única con características e identidad propia, teniendo siempre en cuenta su dualidad.

Fuente: lanacion.cl

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Accesibilidad Denuncia Discapacidad Inclusión Ley Política Silla de ruedas Transporte

Diputados aprueban proyecto que sanciona a quienes dificulten el acceso a Personas en situación de discapacidad y adultos mayores en transporte público

La Cámara de Diputados aprobó este miércoles un proyecto de ley que modifica la ley N° 18.290, de Tránsito, para sancionar a quienes dificulten o impidan el acceso de Personas en situación de discapacidad y adultos mayores a servicios de transporte público remunerado de pasajeros.

Los tres puntos que contempla este proyecto, y que está publicado en la página web de la Cámara de Diputados, son los siguientes:

1.-Establecer como una falta gravísima, cuando un chofer ponga en movimiento o no detenga completamente su vehículo cuando haya pasajeros con discapacidad o adultos mayores, que deseen subir o bajar del vehículo. Ello en directa contravención a la prohibición del numeral 5, arto 87, de la Ley del Tránsito.

2.-Establecer como una falta gravísima el exigir a un pasajero con discapacidad o adulto mayor, el cumplimiento de requisitos o condiciones especiales, fuera de los casos contemplados en la ley, para acceder al transporte público remunerado de pasajeros.

3.-Establecer la responsabilidad subsidiaria del representante legal de la empresa, servicio, vehículo o medio de transporte público al cual pertenece el conductor, en cualquier calidad, cuando estos incurran en actos discriminatorios por motivos de edad o discapacidad que amenacen, perturben o priven el acceso al transporte público de pasajeros, en los términos del artículo 57 de la Ley 20.422 o bien del artículo 2 de la Ley 20.609, que Establece Medidas Contra la Discriminación

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Accesibilidad Diversidad Elecciones Gobierno Inclusión Ley Política

Cámara de Diputados aprueba un 10% de participación de Personas en situación de discapacidad en proceso constituyente

Junto a la aprobación de la paridad de género y de la participación indígena y de independientes, se introdujo una norma cuya finalidad es resguardar y proteger la participación de las Personas en situación de discapacidad en el proceso.

Por efecto de una indicación, se introdujo una norma cuya finalidad es resguardar y proteger la participación de las Personas en situación de discapacidad en las elecciones de los Convencionales Constituyentes para redactar la nueva Constitución. Para ello se reserva un porcentaje mínimo de un 10% de los candidatos en las listas conformados por un solo partido, las listas de personas independientes y los pactos electorales a nivel nacional.

Además, la Cámara de Diputados aprobó la inclusión de la paridad de género y la participación indígena y de independientes de cara al proceso constituyente, por lo cual pasaron a segundo trámite.

Esto luego que estos temas fueran introducidos como indicaciones en la Comisión de Constitución de la Cámara, pero no fueron parte del “Acuerdo por la Paz y Nueva Constitución”, lo que implicó que en la votación no se lograra el quórum mínimo de aprobación de dichas normas.

Para avanzar en la materia, se comenzaron a analizar dos propuestas parlamentarias que, justamente, restituyen los mismos principios de participación y que hoy fueron ratificados por la Cámara y despachados al Senado.

La primera propuesta, ratificada en general por 144 y uno en contra, abordó la situación de los independientes y la paridad de género. Respecto de lo primero, se permite la conformación de pactos electorales de independientes, en el proceso de presentación de candidatos a integrar el órgano constituyente que se conforme, para la creación de una nueva Constitución Política de la República

En paridad, las listas conformadas por un solo partido, las listas de personas independientes y los pactos electorales deberán estar encabezadas por una candidata mujer y se ordenarán sucesivamente de forma alternada con las candidaturas de hombres. La infracción a estas normas acarreará el rechazo de todas las candidaturas declaradas.

Por su parte, el segundo proyecto aprobado en general por 141 votos a favor y uno en contra, reserva escaños a representantes de los pueblos originarios. Su texto específico, en tanto, fue objeto de variados cambios respecto del propuesto por la Comisión de Constitución.

La iniciativa establece con la finalidad de resguardar y proteger la participación y existencia de los pueblos originarios de Chile en las elecciones de los Convencionales Constituyentes para redactar la nueva Constitución, se establecerán escaños reservados exclusivamente para pueblos originarios, el cual será garantizado en forma independiente a la opción elegida durante el plebiscito del 26 de abril del 2020.

Así, se determinaron 18 escaños en caso de convención constitucional y 21 en caso de convención mixta para la representación de los pueblos aimara, atacameños, coyas, diaguitas, mapuche, quechuas, rapa nui, kawashkar y yagán.

 

Fuente: Eldinamo.cl

 

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