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Innovación

Diseñan mesa de cultivo accesible para sillas de ruedas

TERRAFORM ES UN PROYECTO DE MESAS ELEVADAS PARA CULTIVOS QUE NACIÓ EN FRANCIA Y CUYO PRINCIPAL OBJETIVO ES PERMITIR A LAS PERSONAS CON MOVILIDAD REDUCIDA DISFRUTAR DE LA JARDINERÍA Y EL CULTIVO DE SUS PROPIOS HUERTOS.

La idea de un jardín adaptado para personas de movilidad reducida nació del encuentro entre el colectivo La Valise y los jardineros de la Pradera de Mauves en Nantes. Comenzaron a trabajar en este proyecto en estrecha colaboración con personas usuarias de sillas de ruedas, para asegurarse de que su proyecto este adaptado a sus necesidades.

TERRAform es un dispositivo específico que permite la utilización autónoma (individual o colectiva) de una o varias parcelas hortícolas para personas con movilidad reducida. Se trata de una caja utilizada para el cultivo elevado que permite unir las ventajas y la comodidad evidente del trabajo “a altura de mesa” a las cualidades del cultivo en planchas elevadas.

Foto sacada desde las alturas donde se ve hacia abajo un patio con tres mesas llenas de cultivos y una persona en silla de ruedas trabajando en la huerta.

 

 

Gracias a su forma ergonómica, la caja permite trabajar el cultivo de frente y en plena tierra. Las dimensiones de la caja, calculadas en función de la amplitud de los brazos, permiten alcanzar de forma cómoda el centro y los bordes de la superficie a cultivar sin necesidad de desplazarse.

Las cajas pueden estar asociadas entre ellas, o aisladas, en función de la utilización y de la configuración del lugar. El sistema modulable y la ligereza del material permiten una gran flexibilidad y una facilidad de puesta en marcha, un almacenaje fácil, así como una gran vida útil.

Materiales: la caja es de polietileno reciclado y 100% reciclable, y las paredes laterales son de pino de Douglas, una madera no tratada, sin albura, originaria de los bosques franceses, con la etiqueta PEFC que certifica los principios de gestión forestal sostenible. Además, la TERRAform es compatible con cultivos biológicos y eco-responsables.

Fuente: https://terraform.fr/

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Ley

Senado aprueba proyecto que garantiza el acceso a educación, salud y al mundo laboral en lengua de señas

POR UNANIMIDAD LA SALA APROBÓ EL PROYECTO QUE MODIFICA LA LEY N° 20.422, BUSCANDO PROMOVER EL USO DE LENGUA DE SEÑAS «EN TODOS LOS ÁMBITOS DE LA VIDA EN SOCIEDAD». AHORA DEBE REGRESAR A LA COMISIÓN DE EDUCACIÓN PARA ESTUDIO EN PARTICULAR Y RECIBIR LAS ÚLTIMAS INDICACIONES HASTA EL 21 DE DICIEMBRE.

La iniciativa establece, además, que la lengua de señas chilena es la natural, originaria y patrimonio intangible de las personas sordas, así como también el elemento esencial de su cultura e identidad individual y colectiva.

Además, se reconoce su carácter de lengua oficial de las personas sordas y establece que el Estado reconoce y se obliga a promover, respetar y a hacer respetar, de conformidad con la Constitución, las leyes, y los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes, los derechos culturales y lingüísticos de las personas sordas, asegurándoles el acceso a servicios públicos y privados, a la educación, al mercado laboral, la salud y demás ámbitos de la vida en sociedad en lengua de señas.

Asimismo, se agrega que la enseñanza de la lengua de señas será realizada preferentemente por personas sordas calificadas. Un reglamento dictado por el Ministerio de Educación y el Ministerio de Desarrollo Social regulará las condiciones, requisitos y calificaciones necesarias para su enseñanza.

Finalmente, el texto determina que la enseñanza para los y las estudiantes sordas deberá garantizar el acceso a todos los contenidos del currículo común, así como cualquier otro que el establecimiento educacional ofrezca, a través de la lengua de señas como primera lengua y en español escrito como segunda lengua.

Durante el debate que se realizo este miércoles, el senador Jaime Quintana destacó que la norma promueve la enseñanza de lengua de señas en establecimientos educacionales y del Estado en programas de acceso al empleo para personas con discapacidad auditiva. “Eliminando obstáculos y garantizando la lengua de señas”.

La senadora Yasna Provoste precisó que “este es un proyecto de gran importancia, no solo para aquellas personas que tiene algún grado de discapacidad auditiva, sino que también para el tipo de sociedad donde queremos vivir, en donde la inclusión sea una realidad”.

A su turno, la senadora Isabel Allende recordó que en el marco de un grupo de mujeres convocadas por la Presidenta del Senado, “nos han hecho conciencia del aislamiento de las personas con discapacidad auditiva, que en Chile son unos 500 mil. Este no es un problema cognitivo, sino que de accesibilidad”.

El proyecto, que responde a tres mociones refundidas que vienen de la Cámara de Diputados y Diputadas, efectúa enmiendas en la ley para introducir nuevas definiciones sobre tres conceptos:

1. Persona con discapacidad auditiva: Es aquella que, debido a su funcionalidad auditiva reducida o inexistente, producida por enfermedad, accidente o vejez, en la interacción con el entorno se enfrenta a barreras que impiden su acceso a la información y comunicación auditiva oral dadas por la lengua mayoritaria.

2. Persona sorda: Es aquella que, a partir de su funcionalidad auditiva reducida o inexistente, adquirida desde su nacimiento o a lo largo de su vida, se ha desarrollado como persona eminentemente visual, tiene derecho a acceder y usar la lengua de señas, a poseer una cultura sorda e identificarse como miembro de una comunidad lingüística y cultural minoritaria.

3. Comunidad Sorda: Grupo de personas que constituyen una minoría lingüística y cultural conformada, principalmente, por personas sordas y organizaciones de personas sordas de cualquier tipo, pudiendo también participar en estas las personas con discapacidad auditiva y las personas oyentes que comparten la lengua y la cultura de las personas sordas.

Revisa aquí más detalles de este proyecto.

Fuente: Senado.cl

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Nacional

Poder Judicial estrena servicio de interpretación de lengua de señas en su página web

ESTE NUEVO SERVICIO DE WWW.PJUD.CL PERMITE QUE LAS PERSONAS EN SITUACIÓN DE DISCAPACIDAD AUDITIVA PUEDAN REALIZAR CONSULTAS SOBRE EL ESTADO GENERAL DE SUS CAUSAS Y RECIBIR ORIENTACIÓN A TRAVÉS DE UN INTÉRPRETE DE LENGUA DE SEÑAS, QUIEN SE CONTACTARÁ EN LÍNEA CON UN EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL.

El presidente de la Corte Suprema, Guillermo Silva, destacó esta iniciativa y agradeció el trabajo llevado adelante por el Poder Judicial en los últimos años por mejorar el acceso a la justicia para las Personas en situación de discapacidad en alianza con SENADIS y la incorporación de nuevas tecnologías.

La ministra vocera del Máximo Tribunal, Gloria Ana Chevesich, indicó que «los avances tecnológicos, que este año se han implementado han sido importantes para que el Poder Judicial continúe ejerciendo su labor. En ese sentido,  va de la mano con el interés de evitar que las personas se expongan a un posible contagio del coronavirus y puedan resolver sus dudas de manera óptima desde casa», indicó.

Asimismo, la ministra de la Corte Suprema y presidenta del subcomité de acceso a la justicia de Grupos Vulnerables, Ángela Vivanco, valoró esta iniciativa e indicó que forma parte del permanente interés del Poder Judicial por mejorar el acceso a la justicia a todas las personas y propender a mayores y mejores niveles de equidad, recalcó.

El director de la Corporación Administrativa del Poder Judicial, Ricardo Guzmán, adelantó que la intención de la institución es que estos avances en tecnología continúen y se sumen a otras iniciativas de atención al usuario/a que se han implementado durante la pandemia, y que se está trabajando en el desarrollo de nuevas tecnologías al servicio de las personas. Se espera que dentro de los próximos meses se incorpore el servicio de traducción en creole y otros idiomas.

El Sistema de Traducción en Línea fue implementado a fines de 2016 por el Departamento de Desarrollo Institucional de la Corporación Administrativa del Poder Judicial, el cual permite la interpretación en lengua de señas para personas Sordas; idiomas extranjeros como creole, chino, inglés, ruso, árabe, francés y alemán; y lenguas originarias como el mapudungun, quechua y aimara, de forma simultánea y en tiempo real en todos los tribunales del país, para asistir a los usuarios y usuarias que lo necesiten, tanto en los mesones de atención, como también en las salas de audiencias, y desde ahora las Personas en situación de discapacidad auditiva  que lo requieran podrán acceder a este sistema, a través de la página oficial del Poder Judicial. 

Cifras de uso del Sistema de Traducción en Línea en Tribunales

Durante la pandemia, este sistema ha sido utilizado masivamente en todos los tribunales del país, con un total de 455 atenciones en audiencias y al público desde enero a septiembre de este año . Se espera que la implementación de este sistema contribuya a masificar este servicio.

El 76.7% de las traducciones se ha realizado  en idioma creole, principalmente destinado a personas de nacionalidad haitiana; seguido por la lengua de señas, con un 21.3%, para personas Sordas. En cuanto a otros dialectos, continúan el inglés (1.3%), aimara (0.4%) y chino (0.2%).

Las solicitudes de uso de este sistema remoto se han hecho, principalmente,  en las salas de audiencias, con un 72.7% ; seguido de la atención de público, con un 26.2%, y a pedido de los consejeros técnicos de los juzgados de familia, con un 1.1%.

Fuente: Poder Judicial

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Ley

Senado aprueba proyecto que obliga a colegios particulares a recibir a estudiantes con Necesidades Educativas Especiales

ESTE MIÉRCOLES FUE APROBADO EN EL SENADO EL PROYECTO DE LEY QUE OBLIGA A LOS COLEGIOS PARTICULARES A RECIBIR A NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES CON NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES (NEE). AHORA DEBE PASAR A SEGUNDO TRÁMITE EN LA CÁMARA DE DIPUTADOS PARA PODER SER PROMULGADO.

Según la página oficial del Senado el texto legal se enmarca en el «avance progresivo, que ha experimentado nuestro país, hacia una mayor inclusión escolar, con un enfoque especial en aquellos niños, niñas y adolescentes que presentan necesidades educativas especiales de carácter permanente, en concordancia con los compromisos adoptados por el Estado de Chile mediante la ratificación de la “Convención sobre Derechos de las Personas con Discapacidad” y la Ley N° 20.422, dictada con posterioridad a la ratificación de este instrumento internacional, como necesario cumplimiento y complemento de sus normas».

Además, destacan que «cabe señalar que en la Convención y ley señalada, la inclusión escolar sólo se encuentra garantizada respecto de establecimientos educacionales que reciban aportes estatales, por lo que, a fin de no hacer ilusorio el derecho a la no discriminación en el acceso a la educación, se plantea la necesidad de establecer en la ley, el deber de los establecimientos educacionales particulares pagados, de adecuar sus programas curriculares y políticas de selección, a las mismas normas que rigen a los demás establecimientos escolares públicos o particulares subvencionados en materia de inclusión escolar.

Los principales puntos del proyecto:

– Establece, respecto de los establecimientos educacionales particulares pagados, el deber de contemplar programas de inclusión escolar que incorporen los ajustes necesarios y apoyos pertinentes, para el acceso y permanencia de estudiantes con necesidades educativas especiales.

– Dispone que por “ajustes necesarios” se entenderán las medidas de adecuación del ambiente físico, social y de actitud a las carencias específicas de las personas con discapacidad que, de forma eficaz y práctica y sin que suponga una carga desproporcionada para los establecimientos, faciliten la accesibilidad o participación de aquellos en igualdad de condiciones que el resto del alumnado del mismo establecimiento.

Prohíbe, a estos establecimientos, cancelar la matrícula, suspender o expulsar a alumnos por presentar necesidades educativas especiales; así como, tampoco podrán cobrarles una matrícula, ni un arancel diferenciado, a causa de las necesidades educativas especiales que requieran o de los costos de implementación de programas de integración escolar.

– Dispone que, en sus procesos de admisión, a partir de primero básico, estos establecimientos deberán asegurar 2 cupos por curso, prioritariamente destinados a estudiantes que presenten necesidades educativas especiales permanentes asociados a discapacidad; priorizando, además, la matrícula para los hermanos de aquellos alumnos con necesidades especiales.

– Regula la implementación progresiva de los cupos especiales reservados, de tal forma que, al año escolar siguiente a la publicación de este proyecto como ley, deberá garantizarse un cupo por nivel; al segundo año un cupo por curso, para finalmente entrar en plena aplicación al tercer año escolar.

– Establece el deber de promover formas adecuadas de asistencia y apoyo a las personas con discapacidad para asegurar su acceso a la información en todo el proceso educativo.

La moción “nace a partir de una realidad”, según la sección noticias del Senado. El sitio además consigna que “los colegios privados suelen rechazar a los menores con necesidades especiales aludiendo a la carencia de los recursos necesarios para entregarles una educación que incluya las adecuaciones curriculares que ellos requieran. Asimismo, se han dado situaciones en que, a pesar de ser admitidos en dichos colegios, estos les cobran un monto superior de matrícula y arancel o mensualidad, en comparación al que es requerido al resto de los estudiantes de la institución”.

Algunos de estos casos han sido denunciados por medio de la interposición de acciones de no discriminación arbitraria, regulada en la Ley 20.609 que establece medidas contra la discriminación, o recursos de protección.

Según la base de datos del Ministerio de Educación, en el año 2018 hubo 183.373 alumnos matriculados con necesidades educativas especiales en Chile. De estos, sólo 45 asistieron a establecimientos particulares pagados. La cifra da cuenta de los desafíos que aún representa la implementación Ley 20.845, de inclusión escolar, de 2015.

Ahora se debe esperar para que sea aprobado en el segundo trámite de la Cámara de Diputados, y en paralelo seguir empujando para fortalecer la inclusión también en la educación pública y reforzando y perfeccionando el Programa de Integración Escolar (PIE).

Acá puedes revisar el Boletín oficial (No 12.982-04)

Fuente: senado.cl

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Nacional

Bono para cuidadores de Personas en situación de discapacidad: buena iniciativa pero insuficiente en la práctica

EL PROGRAMA DE PAGO DE CUIDADORES DE PERSONAS EN SITUACIÓN DE DISCAPACIDAD, ES UN BENEFICIO NO POSTULABLE DEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, Y QUE CONSISTE EN LA ENTREGA DE UN PAGO MÁXIMO MENSUAL DE $28.940 PARA QUIENES CUIDAN A PERSONAS CON DEPENDENCIA SEVERA. AUNQUE ES UN BUEN AVANCE PARA VISIBILIZAR ESTA REALIDAD, SI QUIERE SER UN VERDADERO BENEFICIO, EL MINISTERIO DEBE AUMENTAR ESA CIFRA QUE POR AHORA ES TOTALMENTE INSUFICIENTE.

¿A quiénes está dirigido?

Para acceder al beneficio, la persona en situación de dependencia debe cumplir los siguientes requisitos simultáneos:

  • Estar inscrito en el Programa de Atención Domiciliaria a Personas con Dependencia Severa del Ministerio de Salud, a través del establecimiento de atención primaria correspondiente a su domicilio (CESFAM, CECOF, posta rural, otro).
  • Tener un cuidador o cuidadora que no recibe remuneración.
  • Que no se encuentre institucionalizado en un establecimiento de larga estadía para adulto mayor o en otra institución de larga estadía para personas de menor edad.

¿Cómo se recibe?

Al ser un beneficio no postulable, las personas beneficiadas no deben realizar ningún trámite. Es el servicio de salud correspondiente al domicilio de la persona dependiente el cual debe realizar la postulación.

Tras esto, es el Ministerio de Desarrollo Social quien otorga el pago, el cual realiza mensualmente el Instituto de Previsión Social (IPS) a través de un depósito bancario a nombre del cuidador o cuidadora.

Además del pago de los $28.940, automáticamente se entrega un monto de $700 para compensar el cobro por el uso de la cuenta bancaria.

Puedes revisar todos los detalles de este beneficio en la página web de ChileAtiende.

 

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