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Joven con movilidad reducida denuncia que debió arrastrarse por las escaleras para poder bajar al metro

Josefa, una joven usuaria de silla de ruedas, denunció que se le impidió el ingreso a Metro de Santiago debido a una falla en el ascensor, por lo que se vio obligada a bajar arrastrándose por las escaleras sin recibir ayuda del personal.

A través de redes sociales, Josefa compartió el registro donde señala que en la estación Parque Almagro los ascensores no estaban operativos.

«Me prohibieron la entrada al metro por estar en silla de ruedas» comenzó acusando la joven.

«Había un ascensor malo en Parque Almagro y las guardias no me dejaban ingresar porque no me iban a ayudar a bajar. Finalmente tuve que bajar arrastrándome por las escaleras, tres escaleras que son enormes (…) tenía que usarlo, no tenía otra opción» agregó.

Luego, confirmó que: «Finalmente casi me tuve que pelear con la guardia para que me pudieran dejar ingresar al lugar. Obviamente no me iban ayudar. Llamé a la sucursal y dijieron que iban a mandar ayuda que nunca llegó y no me contestaron más«.

La respuesta de Metro

Ante la denuncia de la joven, Metro reconoció que «hemos tomado contacto con Josefa para conocer su experiencia y transmitirle directamente nuestras disculpas mientras revisamos que se estén cumpliendo los protocolos de asistencia a personas con movilidad reducida en estaciones». 

Fuente: https://www.tiktok.com/@fafita_99

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Denuncia

Joven con movilidad reducida denuncia que debió arrastrarse para poder subir las escaleras del metro

La joven denunció el hecho a través de su cuenta de TikTok, donde relata que el ascensor se encontraba fuera de servicio y que solicitó asistencia al personal de la estación, quienes, afirma, le informaron que no estaban en capacidad de brindarle la ayuda necesaria.

A través de redes sociales, Josefa Farías compartió el registro donde señala que en la estación Unión Latinoamericana de Línea 1, los ascensores no estaban operativos.

“Hoy nos bajamos en la estación Unión Latinoamericana en la línea 1 y estaba malo el ascensor para subir. Pedimos ayuda al personal del Metro, pero nos dijeron que no nos podían ayudar”.

En esa misma línea, agregó: “Así que tocó subir con pura fuerza de brazos, aunque mi pantalón quedó todo manchado. Por eso es necesario que cuidemos los ascensores, que no se sobrecarguen y no se sobreutilicen”.

“Muchas personas no entienden la importancia de cuidar los ascensores del Metro. Cuando estos están malos o en mantención, muchas veces toca subir o bajar así y es un sobreesfuerzo mental y físico”, comentó.

“Piensen dos veces antes de mal utilizar estos ascensores, ya que son muy necesarios para algunas personas en situación de discapacidad”, señaló Josefa.

La joven recibió una serie de críticas cuestionando por qué la persona que grababa no le prestaba ayuda, sin embargo ella aclaró que viajaba con su marido, quien se encargo de subir su silla de ruedas y sus cosas para poder custodiarlas, mientras que su hijo pequeño grababa el video.

@fafita_99

Muchas personas no entienden la importancia de cuidar los ascensores del metro. Cuando estos estan malos o en mantencion, muchas veces toca subir o bajar así y es un sobreesfuerzo mental y físico. Piensen dos veces antes de mal utilizar estos ascensores, ya que son muy necesarios para algunas personas en situación de discapacidad ♿️🥺 #lesionmedular #silladeruedas #paraplegic #silladeruedas♿ #discapacidadchile #wheelchairlife #wheelchairgirl #paraplegia #fypシ #metrodesantiago #discapacidadnoesincapacidad #discapacidad #wheelchair

♬ 24_Hs.mp3 – Emilia

La respuesta de Metro

En un comunicado compartido en horas de esta tarde, Metro confirmó que el ascensor de la estación Unión Latinoamericana “que conecta el nivel intermedio de la estación (mesanina) con el nivel calle, estuvo sin servicio ayer por una hora aproximadamente, entre las 15:30 y las 16:30 horas”.

Lamentamos los inconvenientes que tuvo Josefa ayer en la estación Unión Latinoamericana. Hoy nos contactamos con ella para conocer más detalles de lo sucedido con el fin de evitar que este tipo de situaciones vuelva a producirse en nuestra red”, añadieron.

Además, señalaron que “contamos con una serie de protocolos que buscan facilitar el traslado de personas con movilidad reducida al interior de nuestras instalaciones. Por ejemplo, disponemos del teléfono 800 540 800 para consultar por la disponibilidad de ascensores en las estaciones”.

Fuente: https://www.tiktok.com/@fafita_99

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Nacional

Inclusión en el Metro: presentan proyecto de intérprete de lengua de señas para permitir viajes más accesibles

Marlee es el nombre del primer piloto de intérprete de lengua de señas -creado con inteligencia artificial- que permitirá facilitar la entrega de información y contribuir a una experiencia de viaje más inclusiva para los usuarios del Metro de Santiago.

Durante el III Encuentro Internacional de Emprendimiento Innovación, Metro de Santiago presentó un proyecto piloto que ha sido pensado en permitir que las personas sordas también puedan acceder a la información que entrega Metro durante su funcionamiento.

Según el anuncio oficial, Marlee es una herramienta creada con Inteligencia Artificial (IA) que traduce contenido a lengua de señas, y que se utilizará para entregar anuncios en tiempo real durante los viajes. Además, informaron que el piloto durará tres meses.

En cuanto a la interpretación en sí, algunas personas Sordas han comentado que si bien las señas están bien realizadas, a Marlee le falta expresión facial y utilizar componentes no manuales, que son los movimientos y expresiones corporales, los cuales son elementos fundamentales para que la comunicación sea completamente efectiva.

 

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Nacional

Corte Suprema acoge recurso contra Metro de Valparaíso tras caída y muerte de una mujer en silla de ruedas

  • EL PASADO 15 DE SEPTIEMBRE DE 2019, VICTORIA DOMÍNGUEZ DE 74 AÑOS FALLECIÓ EN EL HOSPITAL DR. CARLOS VAN BUREN DE VALPARAÍSO TRAS AGONIZAR DURANTE DOS SEMANAS A CAUSA DE UNA FUERTE CAÍDA QUE SE PRODUJO EN LA ESTACIÓN DE VILLA ALEMANA Y QUE LE GENERÓ UN TRAUMATISMO ENCÉFALO CRANEAL COMPLEJO.
  • AHORA LA CORTE SUPREMA ACOGIÓ UN RECURSO DE PROTECCIÓN CONTRA METRO REGIONAL VALPARAÍSO Y ORDENÓ QUE ADOPTE LAS MEDIDAS NECESARIAS EN LAS VÍAS DE ACCESO PARA QUE PERSONAS CON DISCAPACIDAD O CON MOVILIDAD REDUCIDA UTILICEN SUS INSTALACIONES EN FORMA AUTOVALENTE Y SIN DIFICULTAD.

La acción fue interpuesta por los familiares de la víctima, quienes sostuvieron que su deceso se produjo por una caída sufrida en la referida estación debido a la construcción defectuosa del recinto que no cumple las normas técnicas reglamentarias, el actuar de la recurrida pone en riesgo la vida e integridad física de sí mismos y de toda la comunidad usuaria de dicho servicio de transporte.

A su presentación acompañaron informes técnicos evacuados en otros juicios iniciados con el objeto de determinar la responsabilidad del accidente, los que sustentan el incumplimiento de la recurrida de los estándares de seguridad establecidos en la Ley General de Urbanismo y Construcciones y su reglamento.

Solicitaron que se condene a la recurrida a reconstruir la escalera y, además, crear un acceso directo, permanente y continuo para las personas con movilidad disminuida.

Adhirieron a esta acción otros usuarios del servicio de transportes, todos con movilidad reducida, quienes haciendo suyos los argumentos presentados en el recurso, ratificaron que Metro Valparaíso no dispone en sus estaciones de accesos para que personas con discapacidad física puedan utilizarlos de modo autovalente y sin dificultad, por lo que calificaron el fallo como histórico.

Foto donde aparecen algunas personas en silla de ruedas con carteles contra metro y exigiendo que se tomen las medidas necesarias.

La Corte de Valparaíso descartó que la acción hubiere sido deducida fuera de plazo, para lo cual tiene presente que de acuerdo al propio informe de la recurrida se aprecia que hasta la fecha de la vista del recurso no se han efectuado las modificaciones reclamadas por lo que persistirían las irregularidades denunciadas.

La decisión fue acordada con el voto en contra de la Ministra Roxana Valenzuela, quien estuvo por acoger el recurso sólo respecto a los adherentes, al entender que los actos denunciados se ajustan específicamente a la garantía del artículo 19 Nº2 de la Carta Fundamental, lo que resulta concordante con los artículos 3 letra b), 5 y 28 de la Ley 20.422. Pues al tratarse de un servicio de transporte público debe cumplir con las normas de accesibilidad universal establecidas en la referida Ley 20.422, por lo que su incumplimiento constituye una infracción legal que conculca la garantía fundamental de no discriminación ante la ley.

La Corte Suprema revocó la sentencia en alzada en base a los argumentos vertidos en el voto disidente, y le ordena a la recurrida adoptar en la estación Villa Alemana las medidas necesarias en las vías de acceso, para garantizar el derecho de las Personas en situación de discapacidad o con movilidad reducida, a utilizar dichas instalaciones en forma autovalente y sin dificultad.

El abogado Felipe Olea, quien representa a los deudos y a la usuarios que adhirieron al recurso de protección, sostuvo que «este fallo del máximo tribunal representa una victoria para todas las personas con movilidad reducida y de la tercera edad, quienes día a día se enfrentan a un Metro Valparaíso que no está pensado para ellos, que los discrimina y que los excluye; y que por cierto, confirma nuestra tesis, respecto a que la caída que provocó la muerte de doña Victoria en la estación de Villa Alemana se debió a las fallas presentes en la construcción en sus vías de acceso, que cuanto antes, Merval debe corregir».

Vea texto íntegro de la sentencia Corte Suprema Rol Nº39.227-2021 y Corte de Valparaíso Rol Nº39.796-2020.

Fuente: diarioconstitucional.cl

 

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Ley

Avanza proyecto de ley que sanciona a quienes dificulten el acceso a Personas en situación de discapacidad y adultos mayores en el transporte público

POR UNANIMIDAD FUE APROBADO EN LA CÁMARA DE DIPUTADOS EL PROYECTO QUE MODIFICA LA LEY 18.290 DE TRÁNSITO, PARA SANCIONAR A QUIENES DIFICULTEN O IMPIDAN EL ACCESO A PERSONAS EN SITUACIÓN DE DISCAPACIDAD Y ADULTOS MAYORES EN LOS SERVICIOS DE TRANSPORTE PÚBLICO REMUNERADO DE PASAJEROS.

De esta manera, el proyecto modifica la Ley de Tránsito incorporando en las infracciones gravísimas el que un conductor de transporte público de pasajeros ponga en movimiento o no lo detenga completamente cuando hayan pasajeros que deseen subir o bajar del vehículo, si estos corresponden a pasajeros en situación de discapacidad y/o adultos mayores. En este caso, la sanción corresponderá a una multa de 1.5 a 3.0 UTM y 5 a 45 días de suspensión de licencia.

Asimismo, se considera como infracción grave el exigir a un pasajero el cumplimiento de requisitos o condiciones especiales, fuera de los casos contemplados en la ley, para acceder al transporte público remunerado de pasajeros, cuya sanción es una multa de 1 a 1,5 UTM.

Otro punto importante de este proyecto es establecer la responsabilidad subsidiaria del representante legal de la empresa, servicio, vehículo o medio de transporte público al cual pertenece el conductor, en cualquier calidad, cuando estos incurran en actos discriminatorios por motivos de edad o discapacidad que amenacen, perturben o priven el acceso al transporte público de pasajeros, en los términos del artículo 57 de la Ley 20.422 o bien del artículo 2 de la Ley 20.609, que Establece Medidas Contra la Discriminación

El proyecto de ley que fue aprobado por unanimidad en la Comisión de Obras Públicas, señala entre sus fundamentos que, según el Segundo Estudio Nacional de la Discapacidad (Endisc), en el país existen dos millones 606 mil 914 personas con discapacidad (mayores de 18 años), lo que representa un 20% de la población total.

Además, recuerda que, desde el año 2008, Chile ratificó la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas en situación de Discapacidad, que en materia de accesibilidad y transporte público, obliga al país a adoptar medidas para que “las personas con discapacidad puedan vivir en forma independiente y participar plenamente en todos los aspectos de la vida” y, por ende, asegurar su acceso en igualdad de condiciones con las demás personas, al entorno físico, el transporte y a otros servicios e instalaciones abiertos al público o de uso público.

Asimismo, en el caso de los adultos mayores, el gobierno ratificó, en el año 2017, la Convención Interamericana de los Derechos del Adulto Mayor, que les reconoce el derecho a la accesibilidad y a la movilidad personal.

En ese sentido, este proyecto parte por el reconocimiento de que hoy existe un sin número de discriminaciones motivadas por la discapacidad o edad de los pasajeros, las que, a diario, ven privado su derecho de acceso al transporte público y hace imperioso avanzar en garantizar dicho acceso, evitando conductas de acoso o trato discriminatorio de las que son víctimas.

Pincha acá para revisar los detalles del proyecto.

Fuente: elmostrador.cl

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Accesibilidad Denuncia Discapacidad Inclusión Ley Política Silla de ruedas Transporte

Diputados aprueban proyecto que sanciona a quienes dificulten el acceso a Personas en situación de discapacidad y adultos mayores en transporte público

La Cámara de Diputados aprobó este miércoles un proyecto de ley que modifica la ley N° 18.290, de Tránsito, para sancionar a quienes dificulten o impidan el acceso de Personas en situación de discapacidad y adultos mayores a servicios de transporte público remunerado de pasajeros.

Los tres puntos que contempla este proyecto, y que está publicado en la página web de la Cámara de Diputados, son los siguientes:

1.-Establecer como una falta gravísima, cuando un chofer ponga en movimiento o no detenga completamente su vehículo cuando haya pasajeros con discapacidad o adultos mayores, que deseen subir o bajar del vehículo. Ello en directa contravención a la prohibición del numeral 5, arto 87, de la Ley del Tránsito.

2.-Establecer como una falta gravísima el exigir a un pasajero con discapacidad o adulto mayor, el cumplimiento de requisitos o condiciones especiales, fuera de los casos contemplados en la ley, para acceder al transporte público remunerado de pasajeros.

3.-Establecer la responsabilidad subsidiaria del representante legal de la empresa, servicio, vehículo o medio de transporte público al cual pertenece el conductor, en cualquier calidad, cuando estos incurran en actos discriminatorios por motivos de edad o discapacidad que amenacen, perturben o priven el acceso al transporte público de pasajeros, en los términos del artículo 57 de la Ley 20.422 o bien del artículo 2 de la Ley 20.609, que Establece Medidas Contra la Discriminación

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