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Autismo

Protagonista de Prison Break anuncia que es autista y destaca la importancia del acceso a un diagnóstico formal

WENTWORTH MILLER, EL INTÉRPRETE QUE DIO VIDA A MICHAEL SCOFIELD EN PRISON BREAK, HA REVELADO EN UNA PUBLICACIÓN EN SU CUENTA DE INSTAGRAM QUE HACE CASI UN AÑO LE DIAGNOSTICARON AUTISMO. EL ACTOR NO ES NADA ACTIVO EN SUS REDES SOCIALES, PERO HA APROVECHADO ESTA PLATAFORMA PARA HABLAR SOBRE ESTE TEMA. “EN OTOÑO SE CUMPLE UN AÑO DESDE QUE RECIBÍ MI DIAGNÓSTICO INFORMAL DE AUTISMO, PRECEDIDO POR UN AUTODIAGNÓSTICO INFORMAL Y LUEGO POR UNO FORMAL”.

“Fue un proceso largo y defectuoso que necesitaba actualizar. Soy un hombre de mediana edad, no un chico de 5 años. Y reconozco que tener acceso a este diagnóstico es un privilegio que no todos pueden disfrutar. Digamos que fue algo impactante, pero no supuso ninguna sorpresa. No sé demasiado sobre el autismo, y hay mucho que saber. Ahora mismo mi trabajo está enfocado en evolucionar mi conocimiento. En volver a examinar cinco décadas de experiencias vividas a través de una mirada diferente. Esto llevará su tiempo”, ha comentado el actor británico.

Miller, de 49 años, se encuentra viviendo una situación relativamente nueva y por eso no quiere correr el riesgo y ser una voz que haga mucho ruido, pero que está mal informada: “Históricamente se ha hablado mucho sobre la comunidad autista, eso sí lo sé. Han hablado por ellos. Y no quiero hacerles más daño. Solo quiero levantar la mano y decir: Estoy aquí”.

https://www.instagram.com/p/CRwTO_6MHr9/

El actor también ha explicado que utilizará las plataformas de las redes sociales para informar sobre las diferentes personas que comparten contenido sobre temas relevantes y de manera más fluida que él: “Si alguien está interesado en ahondar más en el autismo y la neurodiversidad, les recomiendo el contenido que suben muchas personas en Instagram y TikTok. Nueva terminología, matices y luchando contra los estigmas sociales”.

Wentworth Miller ha concluido explicando que ser autista es una parte fundamental de quien es y de todo lo que ha logrado. Además, ha agradecido a todas las personas que consciente o inconscientemente le dieron un toque de gracia y espacio durante muchos años porque eso le permitió moverse de una forma que tenía sentido para él, aunque no lo tuviera para ellos.

Fuente: lavanguardia.com

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Internacional

Ingenieros experimentan cómo es recorrer la vía pública en silla de ruedas

UN GRUPO DE INGENIEROS CIVILES DE SEATTLE EN ESTADOS UNIDOS DECIDIÓ QUE LA MEJOR FORMA DE DISEÑAR Y CONSTRUIR LAS VÍAS PÚBLICAS ERA RECORRIÉNDOLAS EN SILLA DE RUEDAS Y TAPÁNDOSE LA VISTA, PARA VER CUÁLES SON LAS DIFICULTADES QUE TIENEN LAS PERSONAS EN SITUACIÓN DE DISCAPACIDAD AL DESPLAZARSE POR LA CIUDAD.

Además de mantenerse al día con los estándares de la Ley de Estadounidenses con Discapacidades (ADA) y asociarse con grupos como Rooted in Rights, los ingenieros del Departamento de Transportes de Seattle participan en la capacitación de simulación de ceguera y movilidad reducida.

A través del programa ADA, los ingenieros participaron en un ejercicio voluntario que les permitió usar una silla de ruedas para probar nuevas rampas y aceras.

Foto de un grupo de ingenieros que caminan por una vereda al lado de una persona en silla de ruedas

Si bien se entiende que no se pueden replicar completamente las circunstancias de aquellos que dependen de dispositivos de movilidad para desplazarse, hay muchas buenas lecciones que se pueden aprender con una silla de ruedas manual.

Los ingenieros que usaron la silla de ruedas descubrieron rápidamente que no es fácil. Incluso las pendientes transversales modestas y las aceras o calles llenas de baches pueden hacer que desplazarse sea bastante difícil.

Foto de un ingeniero intentado cruzar una esquina en silla de ruedas.

Esta experiencia de primera mano ha sido fundamental para pensar en los diseños en los que trabajan a diario, y aseguran que les dará una mejor perspectiva cuando estén en la mesa de dibujo contemplando los próximos proyectos.

Fuente: sdotblog.seattle.gov

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Nacional

Corte Suprema acoge recurso contra Metro de Valparaíso tras caída y muerte de una mujer en silla de ruedas

  • EL PASADO 15 DE SEPTIEMBRE DE 2019, VICTORIA DOMÍNGUEZ DE 74 AÑOS FALLECIÓ EN EL HOSPITAL DR. CARLOS VAN BUREN DE VALPARAÍSO TRAS AGONIZAR DURANTE DOS SEMANAS A CAUSA DE UNA FUERTE CAÍDA QUE SE PRODUJO EN LA ESTACIÓN DE VILLA ALEMANA Y QUE LE GENERÓ UN TRAUMATISMO ENCÉFALO CRANEAL COMPLEJO.
  • AHORA LA CORTE SUPREMA ACOGIÓ UN RECURSO DE PROTECCIÓN CONTRA METRO REGIONAL VALPARAÍSO Y ORDENÓ QUE ADOPTE LAS MEDIDAS NECESARIAS EN LAS VÍAS DE ACCESO PARA QUE PERSONAS CON DISCAPACIDAD O CON MOVILIDAD REDUCIDA UTILICEN SUS INSTALACIONES EN FORMA AUTOVALENTE Y SIN DIFICULTAD.

La acción fue interpuesta por los familiares de la víctima, quienes sostuvieron que su deceso se produjo por una caída sufrida en la referida estación debido a la construcción defectuosa del recinto que no cumple las normas técnicas reglamentarias, el actuar de la recurrida pone en riesgo la vida e integridad física de sí mismos y de toda la comunidad usuaria de dicho servicio de transporte.

A su presentación acompañaron informes técnicos evacuados en otros juicios iniciados con el objeto de determinar la responsabilidad del accidente, los que sustentan el incumplimiento de la recurrida de los estándares de seguridad establecidos en la Ley General de Urbanismo y Construcciones y su reglamento.

Solicitaron que se condene a la recurrida a reconstruir la escalera y, además, crear un acceso directo, permanente y continuo para las personas con movilidad disminuida.

Adhirieron a esta acción otros usuarios del servicio de transportes, todos con movilidad reducida, quienes haciendo suyos los argumentos presentados en el recurso, ratificaron que Metro Valparaíso no dispone en sus estaciones de accesos para que personas con discapacidad física puedan utilizarlos de modo autovalente y sin dificultad, por lo que calificaron el fallo como histórico.

Foto donde aparecen algunas personas en silla de ruedas con carteles contra metro y exigiendo que se tomen las medidas necesarias.

La Corte de Valparaíso descartó que la acción hubiere sido deducida fuera de plazo, para lo cual tiene presente que de acuerdo al propio informe de la recurrida se aprecia que hasta la fecha de la vista del recurso no se han efectuado las modificaciones reclamadas por lo que persistirían las irregularidades denunciadas.

La decisión fue acordada con el voto en contra de la Ministra Roxana Valenzuela, quien estuvo por acoger el recurso sólo respecto a los adherentes, al entender que los actos denunciados se ajustan específicamente a la garantía del artículo 19 Nº2 de la Carta Fundamental, lo que resulta concordante con los artículos 3 letra b), 5 y 28 de la Ley 20.422. Pues al tratarse de un servicio de transporte público debe cumplir con las normas de accesibilidad universal establecidas en la referida Ley 20.422, por lo que su incumplimiento constituye una infracción legal que conculca la garantía fundamental de no discriminación ante la ley.

La Corte Suprema revocó la sentencia en alzada en base a los argumentos vertidos en el voto disidente, y le ordena a la recurrida adoptar en la estación Villa Alemana las medidas necesarias en las vías de acceso, para garantizar el derecho de las Personas en situación de discapacidad o con movilidad reducida, a utilizar dichas instalaciones en forma autovalente y sin dificultad.

El abogado Felipe Olea, quien representa a los deudos y a la usuarios que adhirieron al recurso de protección, sostuvo que «este fallo del máximo tribunal representa una victoria para todas las personas con movilidad reducida y de la tercera edad, quienes día a día se enfrentan a un Metro Valparaíso que no está pensado para ellos, que los discrimina y que los excluye; y que por cierto, confirma nuestra tesis, respecto a que la caída que provocó la muerte de doña Victoria en la estación de Villa Alemana se debió a las fallas presentes en la construcción en sus vías de acceso, que cuanto antes, Merval debe corregir».

Vea texto íntegro de la sentencia Corte Suprema Rol Nº39.227-2021 y Corte de Valparaíso Rol Nº39.796-2020.

Fuente: diarioconstitucional.cl

 

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Autismo

En España pandilleros asesinan a joven autista tras acosarlo por meses

UN TERRIBLE E INEXPLICABLE NOTICIA SE DIO EN MADRID, ESPAÑA CUANDO UN JOVEN AUTISTA DE 18 AÑOS LLAMADO ISAAC LÓPEZ FUE ATACADO Y ASESINADO POR UNA PANDILLA, QUE LE AGREDÍAN POR SU CONDICIÓN DE AUTISTA DESDE HACE MESES. HECHOS COMO ESTOS NOS HACEN ENTENDER LA NECESIDAD DE UNA EDUCACIÓN DESDE PEQUEÑOS DONDE SE RESPETE Y VALORICE LA DIVERSIDAD Y LA DIFERENCIA, ASÍ EVITAREMOS CASOS DE ABUSO QUE HASTA PUEDEN TERMINAR EN ASESINATOS COMO EN ESTA OCASIÓN.

Isaac tenía 18 años, era cantante de reggaetón y rap y el pasado miércoles por la noche fue  asesinado a puñaladas por la espalda por ser autista, según su entorno, y que llevaba meses siendo acosado y vejado por unos pandilleros. Esa es la principal línea de investigación de la Policía Nacional para esclarecer su asesinato e identificar a las personas que acabaron con su vida y que huyeron en un patinete eléctrico sin robarle nada.

El pasado miércoles por la noche Isaac salió de su casa y se dio cuenta de que algo no iba bien. Le estaban persiguiendo como otras veces la banda latina Dominican Don’t Play, según relató por teléfono a un amigo con el que hablaba antes de morir. «Me dijo que le estaban persiguiendo cuatro personas. Le dije que corriera hacia el metro de Menéndez Pelayo donde habíamos quedado y de repente escuché un ‘ay’. Yo quise creer que eran puñetazos, pero sonó como que eran puyadas [puñaladas]. Después solo escuché ruido», explica la última persona que escuchó con vida por última vez a Isaac que cumplió 18 años el pasado mes de junio.

La víctima había salido de su casa, situada junto a las canchas de baloncesto de la calle Ramírez de Prado para encontrarse en Menéndez Pelayo (al otro lado del túnel en el que falleció) con un amigo con el que iba a grabar un videoclip de reggaetón. Sin embargo, se sospecha que nada más pisar la calle se cruzó con varios miembros de la banda DDP que habitualmente merodean el parque y las canchas cercanas. Algunos testigos hablan que le rodearon cuatro personas y que uno de ellos le apuñaló hasta la muerte.

«Isaac tenía Asperger y esquizofrenia y los DDP la tenían tomada con él por ese motivo desde hacía mucho tiempo. No le dejaban en paz, le insultaban, iban a pegarle… Él no era tonto y se defendía, pero le vacilaban y fueron a molestarle varias veces», cuentan fuentes cercanas al fallecido. Un acoso que Isaac no había contado ni a su hermana mayor Isabel ni a su madre para que no se preocupasen pero que conocían sus íntimos amigos.

Según fuentes policiales, sus perseguidores le dieron alcance en patinete en el túnel de la calle comercio que une el distrito de Arganzuela con el barrio de Pacífico en el distrito Retiro. Allí le asestaron cuatro puñaladas (todas ellas por la espalda), alcanzándole una de ellas la arteria aorta.

Con una discapacidad reconocida del 48% y miembro de una familia marcada por la tragedia, Isaac encontraba en la música (el reggaetón y el hip hop) una vía de escape a sus problemas familiares.

«Era el niño de mamá. Se había quedado huérfano hace poco y se ocupaba de su madre. Tenía una hermana mayor, pero ya está independizada y haciendo su vida», cuentan fuentes cercanas a la familia.

El joven se había convertido en el sostén económico y emocional de su madre, una mujer en paro y con problemas de salud en las piernas por la que el joven sentía devoción y se desvivía. Ambos sobrevivían gracias a la pensión de orfandad y a las ayudas por la discapacidad que recibía Isaac.

Tras su muerte, Isaac deja a su madre sola, sin ingresos, con una hipoteca a cuestas y sin ni siquiera poder hacer frente a los gastos de su entierro, que asciende a casi 5.000 euros, según ha podido saber este diario.

«Era demasiado buena persona para acabar así. Siempre se desvivía por su madre y por su gente», recuerda su amiga Andrea. «Tenía un gran sentido del humor y siempre te reías con él», apunta. Los amigos de Isaac cuentan cómo el joven recurría al humor –«a mi me dicen el loco del barrio», le gustaba bromear- y a la música como vías de escape a sus problemas.

«Haciendo reggaetón, hip hop era feliz. Él y yo nos reíamos jugando con las palabras. También nos íbamos de viaje juntos e incluso fuimos a la recogida de la fresa juntos… y, oye, que ni se quejó, ni se cansó», recuerda uno de sus mejores amigos. «Yo vivía en su casa y él en la mía. Ha sido cómo perder a un hermano», señala.

Conocido por el nombre artístico de Little.Kinki, sus allegados destacan el talento de Isaac para la música y cuentan cómo desde hace cuatro años participaba en batallas de gallos (eliminatorias de rima improvisada en la que el ganador se decide por aclamación popular) en las que siempre acababa clasificado en las primeras posiciones. De hecho, varios de sus allegados y miembros de la comunidad del hip hop están preparando un evento musical en su homenaje tras conocer la noticia de su asesinato.

Poco antes de morir había pasado a formar parte del colectivo Urbano Récords, un sello discográfico con el que ha grabado varias canciones, superando algunas de ellas -como una llamada Putifresca- las 60.000 reproducciones en Spotify.

«Era buenísimo haciendo reggaetón. Al menos espero que ocurra como con XXXTentación, que se haga más conocido después de su muerte. Hay varios temas suyos que no han visto la luz y voy a esforzarme por que sea famoso y recordado como artista», cuenta uno de sus amigos. «Eso sí», concluye, «los que le mataron quiero que paguen».

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Denuncia

Acogen recurso de protección contra Notario público por discriminar a joven Sordo

LA CORTE DE APELACIONES DE TALCA ACOGIÓ EL RECURSO DE PROTECCIÓN INTERPUESTO EN CONTRA DE UN NOTARIO PÚBLICO DE ESA CIUDAD, BAJO CUYA RESPONSABILIDAD OBRÓ UNA NOTARIO SUPLENTE, Y LE ORDENA PEDIR DISCULPAS PÚBLICAS TRAS VERIFICAR UNA DISCRIMINACIÓN ILEGAL Y ARBITRARIA CONTRA RODOLFO ROJAS VALENZUELA JOVEN SORDO DE 25 AÑOS.

La Corte indica que, en aquella oportunidad, Rodolfo Rojas sufrió diversos actos discriminatorios, por una parte, por el guardia al impedirle el ingreso especial para personas con discapacidad; enseguida, por una funcionaria que se negó a realizar el trámite debido a su condición; y finalmente, la Notario Suplente también le manifestó que no podía comprar un auto, porque al no poder comunicarse, calificaba como incapaz absoluto, de acuerdo al artículo 1447 del Código Civil, por lo que el acto quedaría nulo.

Aduce que la negativa de la Notario fue infundada, toda vez que, la norma legal invocada por ella, se refiere a que los sordos no pueden darse a entender claramente, situación que no ocurre en su caso, porque puede comunicarse a través de lengua de señas chilenas y por escrito. Asimismo, él previniendo cualquier inconveniente, fue acompañado de su hermana, que es intérprete de señas, pero tampoco accedieron que ella lo asistiera para que pudiera hacer el trámite.

La Corte de Talca, para acoger el recurso, hizo presente que en conformidad a los antecedentes, “resulta manifiesto que el recurrente se encontraba en condiciones de celebrar el contrato de compraventa de vehículo motorizado, desde que no es absolutamente incapaz como lo esgrimió la señora Notario Suplente que obró el día de los hechos (…). Si bien es cierto que el recurrente tiene una discapacidad auditiva relevante, también lo es, que éste último puede darse a entender claramente”.

Agrega que, en caso de que la Notario Suplente hubiese estado en presencia de una persona absolutamente incapaz para celebrar un contrato de compraventa, las normas orgánicas atingentes, no le permiten impedir su celebración, “desde que, en primer lugar, el único que se encuentra legitimado activamente para proceder de oficio, respecto de dicha sanción es el Juez, dentro del contexto de una causa tramitada en su tribunal, de acuerdo al artículo 1683 del compendio civil patrio y, en segundo término, cuando el legislador orgánico ha autorizado a los Notarios para proceder en la forma que lo hizo la señora Notario Suplente, lo ha prescrito expresamente y lo ha efectuado respecto de ciertas y determinadas causales, dentro de las cuales no se encuentra la incapacidad absoluta invocada por la señora Notario Suplente”.

Asimismo, “tampoco resulta razonable ni atendible el argumento de la señora Notario Suplente, para impedir que el recurrente celebrara el contrato de compraventa de vehículo motorizado de que se trata, la circunstancia de no contar en la Notaría que estaba sirviendo el día de los hechos, de un o una intérprete de lenguaje de señas chilena, como quiera que ello no es una exigencia establecida en la ley para esta clase de contratos”.

Por esta razón, “en conformidad a las normas internacionales y domésticas relacionadas en este fallo, no cabe sino concluir, que la Notario Suplente no observó las normas correspondientes, verificándose una discriminación ilegal y arbitraria respecto del recurrido”. Lo que llevó a acoger el recurso y ordenar al Notario Titular, bajo cuya responsabilidad obró la Notario Suplente, a publicar disculpas públicas al recurrente, en un diario de circulación local por los hechos denunciados.

Si quieres enterarte de los detalles de cómo sucedió este hecho discriminatorio, puedes leer la noticia acá:

https://www.wazu.cl/blog/2021/03/22/joven-sordo-acusa-discriminacion-en-una-notaria-de-talca-eres-una-persona-incapaz/

LEA ACÁ EL TEXTO ÍNTEGRO DE LA SENTENCIA 

Fuente: diarioconstitucional.cl

 

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Ley

Diputados aprueban proyecto que establece trabajo a distancia para cuidadores en caso de haber Estado de Excepción

LA CÁMARA DE DIPUTADAS Y DIPUTADOS APROBÓ Y DESPACHÓ A TERCER TRÁMITE AL SENADO EL PROYECTO QUE ESTABLECE COMO PRIORIDAD EL TRABAJO A DISTANCIA DE TRABAJADORAS O TRABAJADORES CON EL OBJETO DE REALIZAR EL CUIDADO DE NIÑAS Y NIÑOS MENORES DE 12 AÑOS Y/O DE PERSONAS EN SITUACIÓN DE DISCAPACIDAD, EN CASO DE DECLARACIÓN DE ESTADO DE EXCEPCIÓN CONSTITUCIONAL POR CALAMIDAD PÚBLICA O ALERTA SANITARIA POR EPIDEMIA O PANDEMIA A CAUSA DE UNA ENFERMEDAD CONTAGIOSA.

En sus fundamentos, el texto precisa que, como es de público conocimiento, nuestro país y el mundo están enfrentando una de las crisis sanitarias más grandes de las últimas décadas, situación que ha llevado a que las autoridades decretaran estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública para contener y frenar los contagios en la población, el que se encuentra vigente hasta el día de hoy.

En ese escenario, sostiene la moción, resulta extremadamente necesario proteger a los trabajadores y a quienes pueden ser afectados por un contagio, especialmente en el caso de niñas,  niños y Personas en situación de discapacidad, toda vez que se trata de un bien jurídico cuya protección no sólo corresponde a los padres, sino que también a toda la comunidad.

La iniciativa modifica el Código del Trabajo con el fin de agregar un artículo en el que se incorpora la obligación de los empleadores de ofrecer a las y los trabajadores que tengan el cuidado personal de un niño o niña menor de 12 años o de Personas en situación de discapacidad, la modalidad de trabajo a distancia o teletrabajo, sin reducción de remuneraciones, en caso de declaración de estado de catástrofe o pandemia.

Recuadro con un resumen de lo publicado en la noticia.

Se indica que si ambos padres son trabajadores y tienen el cuidado personal de un niño o niña, cualquiera de ellos, a elección de la madre, podrá hacer uso de esta prerrogativa.

Se agrega que si la autoridad declarara estado de excepción constitucional de catástrofe, por calamidad pública, o una alerta sanitaria con ocasión de una epidemia o pandemia a causa de una enfermedad contagiosa, y adopta medidas que impliquen el cierre de establecimientos de educación básica o impidan la asistencia a los mismos, el empleador deberá ofrecer al trabajador que tenga el cuidado personal de al menos un niño o niña menor de doce años, que se vea afectado por dichas circunstancias, la modalidad de trabajo a distancia o teletrabajo.

Todo se podrá llevar a cabo en la medida que la naturaleza de sus funciones lo permitan y sin reducción de remuneraciones. En este caso, el trabajador deberá entregar al empleador una declaración jurada de que dicho cuidado lo ejerce sin ayuda o concurrencia de otra persona adulta.

Se indica, además, que la modalidad de trabajo se mantendrá vigente durante el período de tiempo en que se mantengan las circunstancias descritas anteriormente, salvo acuerdo de las partes. Las mismas reglas se aplicarán para aquellos trabajadores que tengan a su cuidado Personas en situación de discapacidad.

Al respecto se aprobó una indicación del Ejecutivo que señala que dicha circunstancia deberá ser acreditada a través del respectivo certificado de inscripción en el Registro Nacional de la Discapacidad.

¿Y el sector público?

Para la senadora Marcela Sabat la iniciativa destaca la importancia del cuidado, siendo un proyecto “pedido de miles de madres”. Si bien el proyecto tuvo una buena recepción en la discusión, hubo críticas de parlamentarios por no incluir en el proyecto al sector público. “Si estuviese pensado para el sector público habría que hacer un informe financiero porque implicaría costos”, señaló el subsecretario de Previsión Social, Pedro Pizarro.

De este modo, la diputada Gael Yeomans y el diputado Marcelo Díaz sostuvieron que “hay temas relacionados al teletrabajo que no están normados” y que el teletrabajo como tal no existe en el sector público, por ende, plantearon que se reemplace ese concepto por “trabajo a distancia”. 

Si quieres ver más detalles del proyecto y su aprobación HAZ CLICK ACÁ

Fuente: camara.cl
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