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Ley

Senado aprueba proyecto que obliga a colegios particulares a recibir a estudiantes con Necesidades Educativas Especiales

ESTE MIÉRCOLES FUE APROBADO EN EL SENADO EL PROYECTO DE LEY QUE OBLIGA A LOS COLEGIOS PARTICULARES A RECIBIR A NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES CON NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES (NEE). AHORA DEBE PASAR A SEGUNDO TRÁMITE EN LA CÁMARA DE DIPUTADOS PARA PODER SER PROMULGADO.

Según la página oficial del Senado el texto legal se enmarca en el «avance progresivo, que ha experimentado nuestro país, hacia una mayor inclusión escolar, con un enfoque especial en aquellos niños, niñas y adolescentes que presentan necesidades educativas especiales de carácter permanente, en concordancia con los compromisos adoptados por el Estado de Chile mediante la ratificación de la “Convención sobre Derechos de las Personas con Discapacidad” y la Ley N° 20.422, dictada con posterioridad a la ratificación de este instrumento internacional, como necesario cumplimiento y complemento de sus normas».

Además, destacan que «cabe señalar que en la Convención y ley señalada, la inclusión escolar sólo se encuentra garantizada respecto de establecimientos educacionales que reciban aportes estatales, por lo que, a fin de no hacer ilusorio el derecho a la no discriminación en el acceso a la educación, se plantea la necesidad de establecer en la ley, el deber de los establecimientos educacionales particulares pagados, de adecuar sus programas curriculares y políticas de selección, a las mismas normas que rigen a los demás establecimientos escolares públicos o particulares subvencionados en materia de inclusión escolar.

Los principales puntos del proyecto:

– Establece, respecto de los establecimientos educacionales particulares pagados, el deber de contemplar programas de inclusión escolar que incorporen los ajustes necesarios y apoyos pertinentes, para el acceso y permanencia de estudiantes con necesidades educativas especiales.

– Dispone que por “ajustes necesarios” se entenderán las medidas de adecuación del ambiente físico, social y de actitud a las carencias específicas de las personas con discapacidad que, de forma eficaz y práctica y sin que suponga una carga desproporcionada para los establecimientos, faciliten la accesibilidad o participación de aquellos en igualdad de condiciones que el resto del alumnado del mismo establecimiento.

Prohíbe, a estos establecimientos, cancelar la matrícula, suspender o expulsar a alumnos por presentar necesidades educativas especiales; así como, tampoco podrán cobrarles una matrícula, ni un arancel diferenciado, a causa de las necesidades educativas especiales que requieran o de los costos de implementación de programas de integración escolar.

– Dispone que, en sus procesos de admisión, a partir de primero básico, estos establecimientos deberán asegurar 2 cupos por curso, prioritariamente destinados a estudiantes que presenten necesidades educativas especiales permanentes asociados a discapacidad; priorizando, además, la matrícula para los hermanos de aquellos alumnos con necesidades especiales.

– Regula la implementación progresiva de los cupos especiales reservados, de tal forma que, al año escolar siguiente a la publicación de este proyecto como ley, deberá garantizarse un cupo por nivel; al segundo año un cupo por curso, para finalmente entrar en plena aplicación al tercer año escolar.

– Establece el deber de promover formas adecuadas de asistencia y apoyo a las personas con discapacidad para asegurar su acceso a la información en todo el proceso educativo.

La moción “nace a partir de una realidad”, según la sección noticias del Senado. El sitio además consigna que “los colegios privados suelen rechazar a los menores con necesidades especiales aludiendo a la carencia de los recursos necesarios para entregarles una educación que incluya las adecuaciones curriculares que ellos requieran. Asimismo, se han dado situaciones en que, a pesar de ser admitidos en dichos colegios, estos les cobran un monto superior de matrícula y arancel o mensualidad, en comparación al que es requerido al resto de los estudiantes de la institución”.

Algunos de estos casos han sido denunciados por medio de la interposición de acciones de no discriminación arbitraria, regulada en la Ley 20.609 que establece medidas contra la discriminación, o recursos de protección.

Según la base de datos del Ministerio de Educación, en el año 2018 hubo 183.373 alumnos matriculados con necesidades educativas especiales en Chile. De estos, sólo 45 asistieron a establecimientos particulares pagados. La cifra da cuenta de los desafíos que aún representa la implementación Ley 20.845, de inclusión escolar, de 2015.

Ahora se debe esperar para que sea aprobado en el segundo trámite de la Cámara de Diputados, y en paralelo seguir empujando para fortalecer la inclusión también en la educación pública y reforzando y perfeccionando el Programa de Integración Escolar (PIE).

Acá puedes revisar el Boletín oficial (No 12.982-04)

Fuente: senado.cl

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Nacional

Bono para cuidadores de Personas en situación de discapacidad: buena iniciativa pero insuficiente en la práctica

EL PROGRAMA DE PAGO DE CUIDADORES DE PERSONAS EN SITUACIÓN DE DISCAPACIDAD, ES UN BENEFICIO NO POSTULABLE DEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, Y QUE CONSISTE EN LA ENTREGA DE UN PAGO MÁXIMO MENSUAL DE $28.940 PARA QUIENES CUIDAN A PERSONAS CON DEPENDENCIA SEVERA. AUNQUE ES UN BUEN AVANCE PARA VISIBILIZAR ESTA REALIDAD, SI QUIERE SER UN VERDADERO BENEFICIO, EL MINISTERIO DEBE AUMENTAR ESA CIFRA QUE POR AHORA ES TOTALMENTE INSUFICIENTE.

¿A quiénes está dirigido?

Para acceder al beneficio, la persona en situación de dependencia debe cumplir los siguientes requisitos simultáneos:

  • Estar inscrito en el Programa de Atención Domiciliaria a Personas con Dependencia Severa del Ministerio de Salud, a través del establecimiento de atención primaria correspondiente a su domicilio (CESFAM, CECOF, posta rural, otro).
  • Tener un cuidador o cuidadora que no recibe remuneración.
  • Que no se encuentre institucionalizado en un establecimiento de larga estadía para adulto mayor o en otra institución de larga estadía para personas de menor edad.

¿Cómo se recibe?

Al ser un beneficio no postulable, las personas beneficiadas no deben realizar ningún trámite. Es el servicio de salud correspondiente al domicilio de la persona dependiente el cual debe realizar la postulación.

Tras esto, es el Ministerio de Desarrollo Social quien otorga el pago, el cual realiza mensualmente el Instituto de Previsión Social (IPS) a través de un depósito bancario a nombre del cuidador o cuidadora.

Además del pago de los $28.940, automáticamente se entrega un monto de $700 para compensar el cobro por el uso de la cuenta bancaria.

Puedes revisar todos los detalles de este beneficio en la página web de ChileAtiende.

 

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Ley

Avanza proyecto de ley que sanciona a quienes dificulten el acceso a Personas en situación de discapacidad y adultos mayores en el transporte público

POR UNANIMIDAD FUE APROBADO EN LA CÁMARA DE DIPUTADOS EL PROYECTO QUE MODIFICA LA LEY 18.290 DE TRÁNSITO, PARA SANCIONAR A QUIENES DIFICULTEN O IMPIDAN EL ACCESO A PERSONAS EN SITUACIÓN DE DISCAPACIDAD Y ADULTOS MAYORES EN LOS SERVICIOS DE TRANSPORTE PÚBLICO REMUNERADO DE PASAJEROS.

De esta manera, el proyecto modifica la Ley de Tránsito incorporando en las infracciones gravísimas el que un conductor de transporte público de pasajeros ponga en movimiento o no lo detenga completamente cuando hayan pasajeros que deseen subir o bajar del vehículo, si estos corresponden a pasajeros en situación de discapacidad y/o adultos mayores. En este caso, la sanción corresponderá a una multa de 1.5 a 3.0 UTM y 5 a 45 días de suspensión de licencia.

Asimismo, se considera como infracción grave el exigir a un pasajero el cumplimiento de requisitos o condiciones especiales, fuera de los casos contemplados en la ley, para acceder al transporte público remunerado de pasajeros, cuya sanción es una multa de 1 a 1,5 UTM.

Otro punto importante de este proyecto es establecer la responsabilidad subsidiaria del representante legal de la empresa, servicio, vehículo o medio de transporte público al cual pertenece el conductor, en cualquier calidad, cuando estos incurran en actos discriminatorios por motivos de edad o discapacidad que amenacen, perturben o priven el acceso al transporte público de pasajeros, en los términos del artículo 57 de la Ley 20.422 o bien del artículo 2 de la Ley 20.609, que Establece Medidas Contra la Discriminación

El proyecto de ley que fue aprobado por unanimidad en la Comisión de Obras Públicas, señala entre sus fundamentos que, según el Segundo Estudio Nacional de la Discapacidad (Endisc), en el país existen dos millones 606 mil 914 personas con discapacidad (mayores de 18 años), lo que representa un 20% de la población total.

Además, recuerda que, desde el año 2008, Chile ratificó la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas en situación de Discapacidad, que en materia de accesibilidad y transporte público, obliga al país a adoptar medidas para que “las personas con discapacidad puedan vivir en forma independiente y participar plenamente en todos los aspectos de la vida” y, por ende, asegurar su acceso en igualdad de condiciones con las demás personas, al entorno físico, el transporte y a otros servicios e instalaciones abiertos al público o de uso público.

Asimismo, en el caso de los adultos mayores, el gobierno ratificó, en el año 2017, la Convención Interamericana de los Derechos del Adulto Mayor, que les reconoce el derecho a la accesibilidad y a la movilidad personal.

En ese sentido, este proyecto parte por el reconocimiento de que hoy existe un sin número de discriminaciones motivadas por la discapacidad o edad de los pasajeros, las que, a diario, ven privado su derecho de acceso al transporte público y hace imperioso avanzar en garantizar dicho acceso, evitando conductas de acoso o trato discriminatorio de las que son víctimas.

Pincha acá para revisar los detalles del proyecto.

Fuente: elmostrador.cl

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Nacional

Municipalidad de Concón implementará Plan Maestro de Accesibilidad Universal

SE TRATA DE UN PROYECTO PIONERO EN LA REGIÓN DE VALPARAÍSO Y CON EL CUAL EL MUNICIPIO BUSCA TRANSFORMAR A CONCÓN EN UNA COMUNA LÍDER EN INCLUSIÓN. EL PLAN YA VA EN LA TERCERA DE CUATRO ETAPAS.

En la penúltima etapa de su desarrollo se encuentra el Estudio del Plan Maestro de Accesibilidad Universal en Concón, iniciativa que implementará de una manera integral, la aplicación de la Ley 20.422, que establece “Normas sobre Igualdad de Oportunidades e Inclusión Social de las Personas con Discapacidad”, transformándola en una comuna más inclusiva para todos sus habitantes.

Esto se traduce en que esta importante herramienta de gestión urbana, que es pionera en la Región de Valparaíso, permitirá el desarrollo de diversos proyectos, siempre con una mirada desde la inclusión, cumpliendo con la normativa vigente, pero además incorporando exigencias a nuevas construcciones.

 

Las 4 etapas del proyecto:

• Recopilación de antecedentes, ajuste metodológico, elaboración del Diagnóstico y Participación Ciudadana.
• Evaluación de la accesibilidad y propuestas de actuación.
• Criterios de intervención, prioridades de desarrollo del Plan Maestro.
• Proyecto de arquitectura circuito inclusivo.
Además, este proyecto también comprende 4 ejes de estudio y aplicación:
• Espacios públicos: calles, plazas y áreas verdes.
• Edificios públicos y privados, de acceso y uso público.
• Vialidad y transporte: paradas de buses y otros.
• Comunicación pública: Wifi en áreas integrales.
Una vez finalizados estos trabajos, permitirán hacer de Concón un lugar inclusivo y transversal para toda la población, desde niños, adultos mayores y Personas en situación de discapacidad.

Fuente: Municipalidad de Concón

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Internacional

España prohíbe la esterilizacion forzada a mujeres en situación de discapacidad, práctica que en Chile aún es legal

EL CONGRESO ESPAÑOL APROBÓ POR UNANIMIDAD ERRADICAR LAS ESTERILIZACIONES FORZADAS A MUJERES EN SITUACIÓN DE DISCAPACIDAD BAJO TUTELA, UNA PRÁCTICA QUE EN CHILE AÚN ES HABITUAL Y QUE ESTÁ PERMITIDA POR LA LEY.

Más de una década después de la entrada en vigor de la Convención de de la ONU sobre los derechos de las Personas con discapacidad, a la cual Chile está suscrito y que prohíbe expresamente esta práctica, el ordenamiento jurídico español todavía aceptaba como válida la esterilización forzosa en el artículo 156 del Código Penal, aunque sustituía el término «forzosa» por «acordada» (acordada por los responsables legales de la mujer en cuestión y el juez de turno, no por la afectada).

Sin embargo, ahora esto cambiará en ese país: «No será punible la esterilización acordada por órgano judicial en el caso de personas que de forma permanente no puedan prestar en modo alguno el consentimiento libre y consciente que tal cuestión merecería», expresa el proyecto.

La declaración Inter Agencias de Naciones Unidas sobre esterilización –Eliminating Dorced, Coercive and Otherwise Involuntary Sterilization– plantea que es un derecho de toda persona decidir esterilizarse o rehusarse a hacerlo, sin discriminación alguna, debiendo contar con toda la información y apoyo para el proceso de toma de decisión informada.

Dicho documento también señala que la esterilización forzada, es decir, una esterilización sin un proceso de consentimiento informado y libre, constituye una violación de los derechos humanos fundamentales, una forma de discriminación, de violencia, tortura, y un trato cruel y degradante.

Realidad chilena

En nuestro país, esta práctica aún está permitida por la legislación, a pesar de que cuenta con ciertas restricciones. La Ley 20.584 publicada el 2012 y que Regula los derechos y deberes que tienen las Personas en relación a su atención en salud, en su Artículo 24 especifica que:

«Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 15 de esta ley, si la persona no se encuentra en condiciones de manifestar su voluntad, las indicaciones y aplicación de tratamientos invasivos e irreversibles, tales como esterilización con fines contraceptivos, psicocirugía u otro de carácter irreversible, deberán contar siempre con el informe favorable del comité de ética del establecimiento.»

Es decir que, dándose todas las condiciones que establece la ley, es posible esterilizar en forma permanente e irreversible a Personas en situación de discapacidad sin su consentimiento, ya sea a solicitud de sus propios representantes legales (por lo general los padres) o bien cuando no es posible obtenerla de estos, por no existir o no ser habidos, con una decisión favorable (o no) del comité de ética del establecimiento de salud.

La norma chilena establece que “Nunca debe indicarse en menores de edad”, y en el caso de las mayores de 18 años en situación de discapacidad  se debe cumplir con un protocolo antes de realizar la intervención.

Éste consiste en una solicitud de esterilización que debe ser aprobada por el Comité de Ética del establecimiento. Para dar dicha aprobación, la entidad debe recibir los antecedentes médicos del paciente, una evaluación de su incapacidad de dar consentimiento, un informe de la consejería donde se le expliquen las implicancias de la intervención y un consentimiento firmado del representante legal que solicita la esterilización.

Una vez aprobada la intervención, el comité debe enviar los antecedentes a la Comisión Nacional de Protección de los Derechos de las Personas con Enfermedades Mentales (CONAPPREM), organismo que tiene un plazo de 60 días para emitir una opinión.

Sin embargo, algunas investigaciones han demostrado que en Chile esta norma no se cumple a cabalidad. Aunque no existe ningún registro oficial nacional de las esterilizaciones a menores con discapacidad cognitiva, es posible constatar que esta práctica ocurre en los hospitales del país.

Según información de Transparencia, en el Hospital Regional de Copiapó se esterilizó en 2014 a una menor de 17 años con síndrome velocardiofacial (ver respuesta 1) y en 2015 en el Hospital Clínico San Borja Arriarán se esterilizó a una menor de 16 años (ver respuesta 2). En el Hospital San José confirman que en 2013 se esterilizó a una menor de 15 años con discapacidad (ver documento 1).

Desde 2008 al 2016, en el Hospital Las Higueras de Talcahuano se han realizado 12 esterilizaciones a mujeres con discapacidad cognitiva. Tres fueron a menores de edad. Una de las niñas esterilizadas tenía 15 años y “70% de discapacidad mental”; las otras dos tenían 16 años, una con «retardo mental moderado», y la otra con «retardo mental severo», constata el Servicio de Salud de Talcahuano (ver respuesta 3).

“Tenemos la impresión, porque no tenemos la evidencia, de que no vemos todas las esterilizaciones que se realizan. Muchas de ellas son inconsultas”, dice Nina Horwitz, secretaria ejecutiva de la CONAPPREM.

Entre 2009 y 2015, la CONAPPREM recibió 48 solicitudes de esterilización de los servicios de salud de Araucanía Sur, Arica, Talcahuano, Valparaíso, San Antonio, Osorno, Maule, Metropolitano Occidente, Metropolitano Oriente y la Clínica Las Condes.

De estas solicitudes, 23 estaban fuera de la norma: tres por tratarse de menores de edad y el resto por falta de antecedentes o porque eran personas que podían dar su consentimiento y no lo hicieron. 25 casos cumplían el protocolo y se recomendó la esterilización, según cifras de la Subsecretaría de Salud Pública (ver cifras).

Creemos que es urgente seguir el ejemplo de España y prohibir las esterilizaciones sin consentimiento en las mujeres en situación de discapacidad. El Estado chileno debe hacerse cargo y respetar su suscripción a la Convención de la ONU sobre los derechos de las Personas con discapacidad que prohíbe expresamente esta práctica ya que es una vulneración a los Derechos Humanos.

Fuentes: eldiario.es
Telsalud.cl
Biblioteca del Congreso Nacional
elmostrador.cl

 

 

 

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Nacional

Encuesta Casen comenzó su segunda fase sin indicadores de discapacidad y orientación sexual

LA ENCUESTA CASEN QUE TIENE POR OBJETIVO CONOCER PERIÓDICAMENTE LA SITUACIÓN SOCIOECONÓMICA DE LOS HOGARES SIENDO LA PRINCIPAL FUENTE DE DATOS PARA MEDIR LA POBREZA Y DESIGUALDAD, NO CONSIDERARÁ ASPECTOS RELACIONADOS A DISCAPACIDAD Y ORIENTACIÓN SEXUAL YA QUE «NO SON POSIBLES DE REALIZAR DE MANERA TELEFÓNICA, VÍA QUE SE APLICARÁ DEBIDO A LA PANDEMIA». 

Este sábado comenzó la segunda fase de la encuesta Caracterización Socioeconómica Nacional (Casen), esta vez vía aplicación telefónica debido a la pandemia de Covid-19, proceso que se extenderá hasta el 31 de enero del 2021.

Para este cuestionario, que mide la caracterización socioeconómica de la población nacional, previamente se realizó un contacto para obtener los números telefónicos, y hasta el momento son más de 60.000 hogares los que han entregado su información.

Según las autoridades de Gobierno, tras el estallido social y la pandemia, esta año la encuesta no se podrá realizar de forma normal, por lo que el cuestionario será reducido dejando afuera los indicadores de discapacidad y de orientación sexual.

«Esta es una encuesta especial que tiene que tener todos los resguardos para dos objetivos, uno es del punto de vista sanitario, el otro, es poder asegurar a través del levantamiento telefónico la mejor información», informó la subsecretaria de Evaluación Social, Alejandra Candia.

Por otra parte, prosiguió, «desde el punto de vista de los organismos de diversidad sexual hemos conversado con ellos durante esta semana para explicarles que los protocolos que se requieren, para poder asegurar el mejor levantamiento en esta materia. De todos modos, tanto a ellos como los relacionados con discapacidad hemos definido tener trabajo con ellos, colaborativo, para poder avanzar en las mejores mediciones en esa materia».

Alejandra Candia señaló que “si bien el set de preguntas necesarias para la medición de discapacidad no estará incluido en este formulario de aplicación, sí será considerado en la Encuesta de Bienestar Social que se aplicará entre abril-mayo 2021 a una submuestra de las personas que responden la encuesta Casen, y que también considera representatividad nacional -urbano-rural- y regional. Esto permitirá levantar la situación de bienestar de las personas con discapacidad”.

Piden avanzar en «un estudio más completo»

En esta línea, el presidente de la Fundación Chilena para la Discapacidad, Matías Poblete, aseguró que no han sido llamados para trabajar en estas mesas que detalló la subsecretaria y opinó sobre las consideraciones que se deberían tener en un estudio que revele la situación real de la inclusión en Chile.

«Primero señalar que en el Censo anterior tampoco las personas en situación con discapacidad fuimos consideradas porque el segundo Estudio Nacional de Discapacidad se había realizado hace poco tiempo, sería la segunda vez en esta etapa que estamos viviendo como país en que las personas no son consideradas en una encuesta tan importante«, comentó

Además, opinó «que si bien no vamos a estar presentes, sí deberíamos avanzar en un estudio que fuera más completo, que midiera la prevalencia de discapacidad, que pudiéramos conocer cuál es la situación de rehabilitación, de educación, pero también pudiéramos conocer cómo el Estado, por ejemplo, está cumpliendo la inclusión laboral».

 

«Es lamentable y perjudicial»

A su vez, la activista trans y presidenta ejecutiva de Iguales, Alessia Injoque, consideró que esta decisión «no solo es lamentable sino que es realmente perjudicial para poder evaluar las condiciones que estamos enfrentando».

«Desde ese punto de vista, entiendo que la pandemia implica desafíos adicionales, pero la respuesta del Estado no puede ser que como las cosas son difíciles, van a excluir esa información«, subrayó.

Detalló que «hubo una reunión en la que se explicó que no íbamos a ser parte de esta encuesta Casen y nos dijeron que se iba a trabajar en encuestas posteriores y a partir de ellas tratar de complementar la data, pero no compensa la falta de datos de la Casen, que es la más importante de todas».

El levantamiento de la encuesta Casen será realizado por el Centro de Encuestas y Estudios Longitudinales de la Universidad Católica, y contará con 286 encuestadores para más de 100.000 viviendas. Se prevé que los resultados estén listos para fines del primer semestre del 2021.

Fuente: cooperativa.cl

 

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Inclusión

Comisión de Constitución del Senado aprueba norma que asegura 5% de cupos para PeSD en listas constituyentes

EL PROYECTO APROBADO POR TRES VOTOS CONTRA DOS, ESTABLECE QUE LOS PARTIDOS O PACTOS DEBERÁN DESTINAR AL MENOS UN 5% DE SUS NÓMINAS PARA LA INCLUSIÓN PESD. EN EL CASO DE LAS LISTAS INDEPENDIENTES DE 6 O MÁS CANDIDATOS, EL MÍNIMO ES UNA PERSONA EN SITUACIÓN DE DISCAPACIDAD. AHORA DEBERÁ SER APROBADO POR EL SENADO.

La Comisión de Constitución aprobó este viernes por la madrugada la norma que asegura la inclusión de personas con discapacidad en las listas de candidaturas para la Convención Constitucional, el órgano encargado de redactar la nueva Carta Fundamental.

La fórmula aprobada señala que «de la totalidad de las declaraciones de candidaturas de las listas conformadas por un solo partido o pactos electorales de partidos políticos, se establecerá un porcentaje mínimo de 5 por ciento del total respectivo de candidaturas para personas con discapacidad».

«Para calcular este cuociente, se aproximará dicho porcentaje al entero superior», precisa.

En tanto, en los pactos electorales de independientes, en caso que se componga por seis o más candidaturas, «deberá tener al menos una persona con discapacidad».

Sin embargo, la decisión aún no es definitiva, pues la reforma constitucional debe ser vista ahora por la Sala de la Cámara Alta y con un quórum especial, que ni el bloque opositor, ni el oficialista tienen por sí solos para defender y promover sus respectivas propuestas.

Más temprano en la sesión, la Comisión de Constitución del Senado aprobó destinar 24 escaños reservados para los pueblos originarios para la Convención Constitucional, adicionales a los 155 que originalmente se determinó.

Fuente: cooperativa.cl

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Inclusión Laboral

Conoce cómo se certificarán los expertos en inclusión que la nueva ley le exige a las empresas

TRAS LA PUBLICACIÓN EN EL DIARIO OFICIAL DE LA NUEVA LEY 21.275 QUE EXIGE A LAS EMPRESAS -QUE CUMPLEN CON LA LEY DE INCLUSIÓN LABORAL- A QUE CUENTEN CON AL MENOS UN EXPERTO CERTIFICADO EN INCLUSIÓN, SURGEN LAS DUDAS DE CÓMO SE CERTIFICARÁ A ESOS EXPERTOS. ACÁ TE CONTAMOS TODOS LOS DETALLES DEL PROCESO.

La nueva Ley 21.275 que fue publicada hace una semana, detalla que, al menos uno de los trabajadores que se desempeñe en funciones relacionadas con RRHH deberá contar con conocimientos específicos en materias que fomenten la inclusión laboral de las personas con discapacidad. Se entenderá que tienen estos conocimientos los trabajadores que cuenten con una certificación otorgada por el Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales – ChileValora.

Su función será elaborar y llevar a cabo anualmente programas de capacitación de su personal, con el objeto de otorgarles herramientas para una efectiva inclusión laboral dentro de la empresa. También deberá promover políticas en materias de inclusión, las que serán informadas anualmente a la Dirección del Trabajo, además de considerar las normas sobre igualdad de oportunidades e inclusión social de personas con discapacidad en todas las actividades realizadas durante la jornada de trabajo o fuera de ella.

CERTIFICACIÓN:

  • La certificación de competencias laborales busca reconocer formalmente los conocimientos, habilidades y destrezas de las personas.
  • La evaluación se realiza en base a un perfil laboral, estándar que indica cuáles son los conocimientos necesarios para ejercer adecuadamente una ocupación.
  • Este perfil es definido de forma tripartita mediante un acuerdo entre empleadores, trabajadores y el Estado, en mesas de trabajo representativas, llamadas por ley Organismos Sectoriales de Competencias Laborales

¿CÓMO SE VA A TRABAJAR?

Generar un ecosistema de perfiles (ruta formativo-laboral) que se complementen para incentivar la inclusión laboral de Personas en situación de discapacidad

PERFIL 1: GESTOR DE INCLUSIÓN LABORAL
PERFIL 2: TUTOR LABORAL PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD
PERFIL 3: VALIDADOR DE ACCESIBILIDAD
OTROS PERFILES QUE SE REQUIERAN

DESARROLLO DE PERFILES:

  • Se convocará al OSCL de Servicios Sociales (conformado por SENADIS, SENAME, SENAMA y representantes de empresas y trabajadores), creando una nueva “área productiva” llamada Inclusión Laboral.
  • Se conformarán mesas técnicas convocando a Fundaciones y principales actores y expertos en la temática.
  • Una vez validados por el OSCL, se solicitará al Directorio de ChileValora la acreditación.

GESTIÓN DE CENTROS:

  • Se invitará a Centros ya acreditados a que amplíen alcance en los perfiles que se construirán.
  • Se realizarán cursos de formación de evaluadores en los nuevos perfiles.
  • Una vez que se abra la Convocatoria 2021 para acreditar nuevos centros, se invitará a entidades que han manifestado interés para que presenten su propuesta.

INICIO DE CERTIFICACIÓN:

  • Diseño de estrategia comunicacional para convocar actores interesados presentando las diferentes fuentes de financiamiento (recursos propios empresa-persona, franquicia tributaria y becas Sence).
  • Monitoreo de los procesos de evaluación y certificación para generar reporte semestral al Ministerio del Trabajo.

 

Te compartimos el documento oficial de ChileValora para que lo puedas revisar:

Proyecto de Ley 12.261-13 – ChileValora

 

 

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Inclusión

Colección de muñecos con síndrome de Down gana premio a mejor juguete del 2020

MINILAND, LA FÁBRICA ESPAÑOLA QUE RECIBIÓ EL PREMIO, TIENE VARIAS COLECCIONES DE MUÑECOS QUE TRABAJAN TEMAS COMO EL RESPETO A LA DIVERSIDAD, LA TOLERANCIA Y LA INTELIGENCIA EMOCIONAL, Y QUE BUSCA «NORMALIZAR E INTEGRAR DESDE LA INFANCIA». 

La colección que fue premiada por la Asociación Española de Fabricantes de Juguetes es parte de la línea Miniland Dolls, la cual la empresa viene desarrollando desde hace un tiempo y que se enfoca en la diversidad. En este caso, el grupo está compuesto por dos muñecos y dos muñecas con síndrome de Down, de los cuales la mitad es caucásica y la otra es negra.

Aparecen 8 muñecos en cajas, todos tienen síndrome de Down y son de diferentes razas. Hay un cartel que dice "Mejor juguete 2020"Por otra parte, Miniland se ha caracterizado por fabricar juguetes inclusivos y que generan una reflexión en quienes los usan. Por ejemplo, Emotions Buddy es una colección de muñecos con piezas intercambiables que ayudan a formar distintas expresiones faciales, abordando la alegría, el miedo, la tristeza, la ira y el amor.

Victoria Orruño, directora de marketing de la empresa, comentó que Miniland Dolls siempre está progresando y escuchando las inquietudes de los consumidores, como por ejemplo, al fabricar muñecas caucásicas que tuviesen pelo castaño o pelirrojo en vez del clásico rubio.

Aparece un niño con síndrome de Down riendose junto a los juguetes que representan niños con síndrome de Down.

«Nos hace muy felices haber conseguido este importante reconocimiento a nivel nacional e internacional, y no podía ser en un mejor momento, ya que estamos en el mes de concientización sobre el síndrome de Down»

«Es por eso que refuerza nuestro compromiso de facilitar la normalización, el respeto y la integración desde la infancia, y nos alienta a continuar dando visualización a los colectivos que más lo necesitan”, cerró.

Aparecen dos muñecos un hombre blanco y una mujer negra, ambos con síndrome de Down y están vestidos con ropa de niños.

Aparece un muñeco con síndrome de Down en una caja.

Fuente: lainformacion.com

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Inclusión

Un 71% de las Personas en situación de discapacidad está a favor de una nueva Constitución

ADEMÁS, SEGÚN EL ESTUDIO QUE FUE REALIZADO PREVIO AL PLEBISCITO POR LA FUNDACIÓN CHILENA PARA LA DISCAPACIDAD, DE 400 ENCUESTADOS UN 67% MANIFESTÓ QUE VOTARÍA APRUEBO Y UN 51% VOTARÍA POR CONVENCIÓN CONSTITUYENTE SOBRE EL 22% QUE APOYABA LA CONVENCIÓN MIXTA.

En este contexto, los consultados declaran cinco preocupaciones y necesidades que se deberían considerar de todas formas en una nueva Carta Magna. Esta lista la encabeza “Oportunidades y participación social” con 49 menciones; después le sigue “Reformas en el funcionamiento de la institucionalidad en materias de discapacidad” llegando a 39 preferencias; más abajo se encuentra “Mejoras en el sistema de salud” nombrada 31 veces; y finalmente se ubican “Inclusión, considerando un cambio social a modo general” y “Reconocimiento y respeto en el ejercicio de los derechos de las personas en situación de discapacidad (PeSD)” con 27 y 22 apariciones, respectivamente.

La investigación da cuenta que el 63% de las personas con discapacidad ejerce su derecho a voto en elecciones presidenciales y parlamentarias y 61% en el caso de las votaciones municipales. Además, los participantes expresan que un 34% afirma haber asistido a manifestaciones, marchas, protestas o paros, mientras que un 10.3% lo realiza ocasionalmente. En cuanto a la presencia en organizaciones civiles, 62.6% dice haber asistido a reuniones o actividades como por ejemplo clubes, sindicato, juntas de vecinos, agrupaciones religiosas o de iglesia, entre otros.

Aparece una mujer ciega introduciendo su voto en una urna.En relación a las barreras para la participación social y ciudadana en Chile, un 47.9% de las personas sabe de la existencia de una convención internacional que obliga al Estado de Chile a asegurar la presencia de las personas en situación de discapacidad en estas actividades. No obstante, un 70.3% considera que el Estado chileno no cumple con las normas de apoyo para su intervención en la sociedad de manera efectiva. Asimismo, un 52.1% opina haber experimentado algunas veces obstáculos o barreras que dificultasen su concurrencia, mientras que un 27.9% dice vivirlo muchas veces.

Sobre las principales cifras arrojadas por la encuesta, el presidente de la Fundación Chilena para la Discapacidad, Matías Poblete, destacó que “es valioso este instrumento en cuanto al resultado alcanzado en respecto al contenido y también como experiencia investigativa, considerando que el estudio da a entender que, en general, las PeSD tienden a tener una baja presencia a nivel de opinión. Esto se puede explicar por la baja oferta de espacios de participación, que se encuentran dirigidos específicamente a este público; o de instancias de características inclusivas donde se busque eliminar brechas o barreras de accesibilidad”.

Cabe destacar que en Chile se estima que hay cerca de 2.7 millones de personas (correspondiente a la población adulta) en situación de discapacidad, según la segunda encuesta Endisc del Servicio Nacional de Discapacidad (SENADIS) del 2015.

Fuente: diariolaquinta.cl/

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