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Escocia: el primer país en abordar temas LGBTI en la educación escolar

En Escocia legislaron para que alumnos de todas las escuelas públicas aprendan sobre la historia de los movimientos LGBTI, la terminología, las identidades, equidad y derechos. Se espera que para el regreso a clases post pandemia se comience a aplicar este plan a nivel nacional.

Tener una educación pública que sea inclusiva con la comunidad LGBTI, será una realidad en los colegios de Escocia. Y no, no es una promesa de campaña. Se trata de una transformación pionera que convierte al país en el primero del mundo en respaldar legalmente la inclusión en las salas de clases.

Este cambio de paradigma en la educación, se debe a que el Parlamento aprobó una legislación para que los liceos públicos incluyan contenidos sobre la comunidad LGBTI y con ellos se pueda combatir la homofobia, lesbofobia, bifobia y transfobia.

¿Qué dice la nueva ley? ¿En qué consisten estos tipos de rechazo? ¿Cómo serán los contenidos? A continuación, te explicamos.

El primer paso: “prohibido prohibir”

El camino no fue fácil para incorporar a las escuelas públicas en una legislación más abierta con la comunidad LGBTI. De hecho, para saber cómo fue posible, hay que remontarse al año 2000, cuando el Parlamento derogó una polémica ley de 1988.

Esta prohibía que la homosexualidad al interior de los colegios fuera aceptada. Sin embargo, doce años después, fue eliminada de la legislación escocesa por ser considerada discriminatoria.

Afortunadamente, 99 parlamentarios votaron a favor de su eliminación y 17 lo hicieron en contra, transformando a Escocia en el primer país del Reino Unido en eliminar esta ley y hacer un cambio de este tipo.

“El plan educacional debe ser tan diverso como nuestros estudiantes»

En Escocia, donde nueve de cada diez estudiantes LGBTI reconocen que han sido víctimas de bullying y homofobia, esta nueva ley busca marcar un antes y un después en miles de niños y jóvenes.

A diferencia de lo que se podría pensar, su diseño no surgió en el Parlamento, sino que es resultado del trabajo de más de quince organizaciones que promueven los derechos de la comunidad LGBTI y que en 2015, lanzaron la campaña Tiempo para una Educación Inclusiva (TIE, en inglés).

Durante los dos años siguientes, conformaron el Grupo de Trabajo de Educación Inclusiva LGBTI y se dedicaron a conseguir el apoyo de los miembros del Parlamento, sin importar su tendencia política.

En mayo de 2017, confirmaron haber superado esta tarea: varios de ellos firmaron un compromiso inicial de cinco puntos:

  1. Mejorar la inclusión LGBTI.
  2. Mejorar las prácticas y la orientación para que docentes aborden los temas LGBTI.
  3. Entregar formación profesional sobre la temática para los docentes actuales y los futuros.
  4. Realizar un seguimiento a los colegios públicos que abordan contenidos LGBTI.
  5. Abrir un registro de los casos de bullying en contra de los estudiantes LGBTI que ocurran los en colegios.

Tras esto, las organizaciones desarrollaron un informe con 33 recomendaciones para que la historia LGBTI, el glosario más adecuado y su correcto uso, entre otros temas, ingresen por la puerta ancha a las salas de clases.

Así, los estudiantes tendrán en cuenta que “ser homosexual no es una elección, ser homofóbico sí lo es”, tal como dijo Jo Fitzpatrick, miembro del Foro por la Igualdad de la Academia Nairm, en un poema que escribió y que fue incluido en el documento.

Este informe fue aprobado por el Parlamento y la campaña marcó un hito histórico en Escocia. Incluso, el jefe de la campaña y co-fundador de TIE, Jordan Daly, la calificó como una “victoria monumental”.

Escocia ya se considera uno de los países más progresistas de Europa para la igualdad LGBTI. Me enorgullece anunciar que seremos el primer país del mundo en tener una educación inclusiva LGBTI incluida en el plan de estudios. Nuestro sistema educativo debe apoyar a todos para alcanzar su máximo potencial. Por eso es vital que el plan educativo sea tan diverso como la gente que aprende en nuestras escuelas», dijo el viceprimer ministro, John Swinney.

¿Cuáles son las recomendaciones?

Como en 2014 el gobierno escocés lanzó una guía de Conducta de Relaciones, Salud Sexual y Educación de la Paternidad en las Escuelas, una de las primeras recomendaciones es que la actualización de este documento sea una prioridad para el gobierno.

En esta nueva versión, la idea es que se especifiquen las identidades LGBTI y sus relaciones, se aprendan a reconocer los casos de discriminación al interior de los colegios y su impacto en los estudiantes y en la sociedad. Además, con diversas actividades grupales, se fomentará una cultura del respeto, la privacidad y el consentimiento.

También se abordará la homofobia, lesbofobia, bifobia y transfobia, entendidas como las “acciones o ideas discriminatorias o prejuiciadas sobre la orientación sexual real o percibida de alguien”, ya sea homosexual, lesbiana, bisexual o trans, respectivamente.

La metodología de trabajo es otro tema que recibe bastante atención. Al respecto, la campaña consideró la creación de un Grupo de Implementación en que ellos puedan participar junto al gobierno escocés y la agencia estatal COSLA.

Ahora, si te preguntas cuándo se aplicarán estas recomendaciones, la respuesta es inmediatamente, según el gobierno local. Eso sí, lo que tomaría más tiempo es el trabajo conjunto, pero desde ya tiene una fecha límite: mayo de 2021. ¿Por qué?

Esa es la fecha en que finaliza el actual gabinete parlamentario. Pero independiente de eso, la aprobación, que era la barrera inicial más compleja, ya fue superada.

Fuente: eldefinido.cl

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Accesibilidad Inclusión Inclusión Laboral Ley Teletrabajo Trabajo

Teletrabajo permitiría mayor ingreso de Personas en situación de discapacidad al mercado laboral

Una medición realizada entre un centenar de ejecutivos reveló que el hogar permite subsanar problemas de infraestructura y médicos.

La modalidad de teletrabajo podría convertirse en un aliado para la inclusión laboral. Un estudio realizado por la consultora Randstad entre 117 ejecutivos de recursos humanos de diversas firmas, arrojó que un 85% estima que la legislación de las labores a distancia permitirá un mayor ingreso de Personas en situación de discapacidad al mercado laboral.

Mientras que un 48% señaló creer que los más beneficiados serán aquellas Personas con discapacidad física.

La ley de teletrabajo -aprobada el pasado 24 de marzo bajo las circunstancias de la crisis sanitaria y la necesidad de distanciamiento social- permitiría, de acuerdo al sondeo, abrir el mercado a quienes tenían un acceso limitado por limitaciones de su tratamiento médico, complicaciones para transitar en la ciudad, entre otros factores, explicó la coordinadora de inclusión de Randstad, Valentina Romero.

A esto, precisó la ejecutiva, se suma que -comúnmente- las empresas no han adoptado las medidas necesarias que permitan asegurar la igualdad de oportunidades e inclusión social de Personas en situación de discapacidad, lo que va desde el acceso a servicios higiénicos y desplazamiento, hasta infraestructura con accesibilidad universal.

Además, solo un 47% de los encuestados declaró que para el primer trimestre de este año, su firma dio cumplimiento a la Ley de Inclusión Laboral, que establece que las empresas con más de 100 trabajadores debe reservar el 1% de sus puestos para personas discapacitadas.

Sin embargo, un 28% reconoció que no llegó a cumplir con la cuota -siendo seis de diez grandes empresas-, y un 25% sostuvo que no tiene información al respecto.

Para Romero, el bajo nivel de cumplimiento de la Ley refleja un panorama poco favorable ya que significa un desajuste entre oferta y demanda de los puestos de trabajo.

Esto, ya que de los 25 mil cargos que están disponible en organizaciones privadas para trabajadores en situación de discapacidad, se ha cubierto el 77%, según cifras de la Dirección del Trabajo.

“Muchas veces es necesario flexibilizar las exigencias y, al momento de contratar, no solo considerar las competencias técnicas o el grado académico, sino que también observar las habilidades blandas, que son innumerables. Lo primero depende bastante del mayor acceso que vayan generando las universidades y centros de formación técnica para que, quienes tengan alguna condición de discapacidad, dispongan de más oportunidades para iniciar o finalizar sus estudios”, sostuvo la ejecutiva.

Fuente: diariofinanciero.cl

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Denuncia Gobierno Ley Política

Aprueban proyecto que sanciona abuso patrimonial contra adultos mayores y Personas en situación de discapacidad

La iniciativa parlamentaria, que ahora será analizada por el Senado, realiza diversas modificaciones legales, con el propósito de entregar mayores resguardos a los adultos mayores y a las Personas en situación de discapacidad.

A segundo trámite al Senado fue despachado el proyecto de ley,  que modifica diversos cuerpos legales para prevenir y sancionar penalmente el abuso patrimonial contra adultos mayores y Personas en situación de discapacidad.

El texto define el abuso patrimonial contra los adultos mayores, identificando las principales conductas a través de las cuales se comete dicho abuso y estableciendo la pena correspondiente.

En ese contexto, la iniciativa agrega en el artículo 5 de la Ley 20.066, sobre Violencia Intrafamiliar, que será constitutivo de este tipo de acto el abuso patrimonial, entendido como todo acto de apropiar, distraer, retener, limitar o restringir los derechos de carácter patrimonial de un adulto mayor o persona con discapacidad o dependencia, a fin de hacer uso indebido de ellos o con la intención de defraudar, o ambos, que sea constitutivo de una falta a los deberes de cuidado, sea que provengan de una relación de familia, contractual, órdenes judiciales o en virtud de la ley, sin importar quién sea la persona que la tenga a su cuidado.

Asimismo, el proyecto, respaldado por unanimidad, incorpora enmiendas en el Código Penal relativas a los casos en que se defraude haciendo suscribir con engaño algún documento.

En ese plano, agrega que cuando se refiera a la suscripción de mandatos para el cobro de pensiones u otro ingreso periódico o de cualquier otro título cuya celebración menoscabe el patrimonio de la víctima y esta fuese una persona mayor de 60 años o con discapacidad, se aplicará la pena de presidio menor en su grado máximo (desde tres años y un día a cinco años).

Añade que el máximo de la pena señalada se aplicará también si la conducta fuese realizada por descendientes o colaterales hasta el tercer grado inclusive de la víctima o de quien la tenga bajo su cuidado.

Por otra parte, el proyecto incorpora en el Código Procesal Penal una enmienda para establecer la obligación de denunciar para los representantes legales, gerentes y/o quienes tengan facultad de representar a instituciones bancarias, financieras, administradoras de fondos de pensión, cooperativas de ahorro y crédito, cajas de compensación, compañías de seguros y otras de similar naturaleza, de los delitos que ocurran en sus dependencias o que afecten a sus clientes con ocasión de operaciones propias de su giro o en el interior de las dependencias de las instituciones, cuando la víctima del delito sea una persona mayor de 60 años o una persona con discapacidad.

 

Fuente: camara.cl

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Inclusión Laboral Ley Paridad Paridad de Género Trabajo

Brecha de género se agudiza en trabajadoras en situación de discapacidad

Las mujeres con discapacidad sufren una doble discriminación, la que además de cerrar puertas en el mercado laboral, reduce sus ingresos. Incorporar una acción afirmativa de género en la “Ley de Inclusión Laboral” podría ayudar a reducir el problema.

Las diferentes discriminaciones del mercado laboral –que van desde la edad hasta las preferencias sexuales, pasando por el género o la raza– muestran una de sus peores caras entre las Personas en situación de discapacidad y en especial entre las mujeres.

Según datos del Servicio Nacional de la Discapacidad, en Chile, alrededor de 13 mil personas con discapacidad se encuentran trabajando actualmente en el país. Del total de contratados, el 66% son hombres, mientras que las mujeres representan solo el 34%. Las cifras alertan sobre una nueva brecha de género.

En Chile, existe una Ley de inclusión laboral que obliga a las empresas que tienen más de 100 trabajadores a cumplir una cuota del 1% de su plantilla con personas con discapacidad, sin embargo la normativa no tiene enfoque de género.

“Acá se combinan dos matrices de discriminación, la de género por un lado y la de discapacidad por el otro, lo que profundiza los escenarios de discriminación hacia las mujeres con discapacidad, las que tienen menos posibilidades de inclusión laboral”, dice Carola Naranjo, directora de la consultora Etnográfica.

Por un lado se contratan a menos mujeres con discapacidad y por otro se suma que a ellas se les paga menos que a sus pares varones con discapacidad, “por lo que podemos establecer que si bien hay desigualdad salarial entre hombres y mujeres, cuando se hace este análisis en personas con discapacidad, esta brecha es mayor”, dice Naranjo.

Para superar este problema, la experta asegura que es necesario “incorporarle una acción afirmativa de género” a la norma actual, la que señale que junto a la cuota de inclusión, se solicite a los empleadores paridad en la contratación. “Además es necesario que asegure que por el mismo trabajo se le pague lo mismo, a igual pega, igual paga”, concluye la experta.

Fuente: elmostrador.cl

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Accesibilidad Inclusión Inclusión Laboral Lengua de señas Ley LSCH

Vianney Sierralta: la primera abogada sorda de Chile

Vianney Sierralta Aracena hizo historia al jurar como abogada ante el Tribunal Pleno de la Corte Suprema, convirtiéndose así en la primera mujer sorda en ser investida como abogada.

Vianney  Sierralta Aracena es una reconocida activista de la comunidad sorda en Chile por su lucha por la igualdad de derechos. Es fundadora y presidenta de la Fundación Nellie Zabel, que trabaja en el empoderamiento de las mujeres sordas.

Fue profesora especialista de niños y niñas sordos así como de diversas discapacidades por 16 años, ejerce la enseñanza de la lengua de señas chilena y la cultura sorda desde el año 2000 para capacitar a la comunidad en general;  funcionarias y funcionarios del Poder Judicial, inclusive, a través del Programa de Capacitación de la Academia Judicial de Chile.

El presidente de la Corte Suprema, Guillermo Silva, destacó el empuje y perseverancia de Vianney Sierralta, quien ha superado todas las barreras idiomáticas, logrando no solo titularse de profesora y abogada, sino que también colaborar con otros, incluso, con el mismo Poder Judicial. Durante la cita fue acompañado por la ministra encargada en temas de género, Andrea Muñoz, quien felicitó a la nueva abogada.

En el último tiempo, Vianney Sierralta ha trabajado estrechamente con el Poder Judicial, a través de la Corporación Administrativa, en el programa de mejoramiento en el acceso a la justicia para las personas con discapacidad.

Destaca su participación en diversos encuentros y coloquios sobre discapacidad y justicia y su especial colaboración en la creación conjunta con miembros de la comunidad sorda de videos en Lengua de Señas de las leyes más utilizadas en Chile, los cuales se encuentran disponibles en la página web del Poder Judicial.

Además, fue becada por la Fundación liderada por el abogado sordo graduado de la Universidad de Harvard, Michael Stein denominada DLAW, por sus siglas “Deaf Legal Advocacy Worldwide”; para cursar sus estudios de derecho y obtener accesibilidad, mediante Intérpretes de Lengua de Señas y/o Closed Captioning simultáneo en el aula, siendo la única chilena hasta ahora en obtener este soporte académico.

Fuente: publimetro.cl

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Gobierno Inclusión Ley

Diputados aprueban proyecto que regula trabajo de cuidadoras de Personas en situación de discapacidad

Este proyecto pretende, en primer lugar, reconocer a cuidadoras como sujetas de derechos, entregándoles igualdad de oportunidades, buena calidad de vida, promoviendo su recreación y autocuidado, priorizando su atención en salud, salud mental, dándole acceso a capacitaciones, el derecho a un trabajo flexible, y subsidios y apoyo económico que necesiten.

Por la unanimidad de 148 votos a favor, la Sala de la Cámara de Diputados aprobó y despachó a segundo trámite al Senado el proyecto que modifica la Ley 20.422, sobre igualdad de oportunidades e inclusión social de personas con discapacidad, para incorporar un marco regulatorio aplicable a quienes se dedican al cuidado de personas con discapacidad.

La propuesta de artículo único, conforme al texto de la Comisión de Desarrollo Social, establece que “será también materia de esta ley reconocer y amparar a las cuidadoras y cuidadores de personas con discapacidad y dependencia”.

Además, señala que es deber del Estado promover la igualdad de oportunidades de las personas con discapacidad, además de reconocer y amparar los derechos de las cuidadoras y cuidadores. Lo anterior se realizará a través de políticas públicas efectivas, con perspectiva de género, que aporten a la creación de una red de apoyo integral.

Las políticas públicas destinadas a las personas con discapacidad o dependencia, así como a sus cuidadoras y cuidadores, y la red de apoyo integral que ejecute el Estado, deberán tener como objetivo mejorar su calidad de vida, principalmente a través de acciones de fortalecimiento o promoción de las relaciones interpersonales, su desarrollo personal, la autodeterminación, la inclusión social y el ejercicio de sus derechos.

Fuente: diarioelheraldo.cl

 

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Accesibilidad Denuncia Gobierno Inclusión Ley Política Silla de ruedas

Diputados aprueban ley que sanciona como falta grave el uso indebido de estacionamientos para Personas en situación de discapacidad

La moción parlamentaria permitió unificar dicho concepto en las normativa del tránsito y de igualdad e inclusión social, de modo que no haya diferencias en los criterios para aplicarla, quedando en una multa entre 1 y 1,5 UTM.

La Cámara de Diputados aprobó y despachó el proyecto que precisa la infracción por estacionar en un espacio destinado a vehículos para Personas en situación de discapacidad, sin tener derecho a ello.

La moción, respaldada por unanimidad, especifica dicha falta y unifica criterios hasta ahora distintos, contenidos en las leyes de igualdad e inclusión social de personas con discapacidad y del tránsito, para sancionar el estacionarse en un lugar destinado exclusivamente para personas con discapacidad.

En efecto, una califica como infracción o contravención grave “usar indebidamente estacionamientos exclusivos para personas con discapacidad”, mientras que la otra determina como menos grave “estacionar en un espacio destinado a vehículos para personas con discapacidad, sin derecho a ello”.

La diferencia de calificar como graves o menos graves estas conductas, radica en que las infracciones o contravenciones graves, tienen multas de 1 a 1,5 UTM (entre $49 mil y $73 mil aproximadamente) y las menos graves, oscilan entre 0,5 y 1 UTM (entre $24 mil y $49 mil).

Para resolver el punto, el proyecto, impulsado por el diputado Francisco Undurraga (quién está en situación de discapacidad), arraiga la sanción solo a la disposición que la define como una falta grave, por lo que ahora los infractores deberán cancelar entre 1 y 1,5 UTM.

Fuente: lanacion.cl
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Accesibilidad Diversidad Elecciones Gobierno Inclusión Ley Política

Cámara de Diputados aprueba un 10% de participación de Personas en situación de discapacidad en proceso constituyente

Junto a la aprobación de la paridad de género y de la participación indígena y de independientes, se introdujo una norma cuya finalidad es resguardar y proteger la participación de las Personas en situación de discapacidad en el proceso.

Por efecto de una indicación, se introdujo una norma cuya finalidad es resguardar y proteger la participación de las Personas en situación de discapacidad en las elecciones de los Convencionales Constituyentes para redactar la nueva Constitución. Para ello se reserva un porcentaje mínimo de un 10% de los candidatos en las listas conformados por un solo partido, las listas de personas independientes y los pactos electorales a nivel nacional.

Además, la Cámara de Diputados aprobó la inclusión de la paridad de género y la participación indígena y de independientes de cara al proceso constituyente, por lo cual pasaron a segundo trámite.

Esto luego que estos temas fueran introducidos como indicaciones en la Comisión de Constitución de la Cámara, pero no fueron parte del “Acuerdo por la Paz y Nueva Constitución”, lo que implicó que en la votación no se lograra el quórum mínimo de aprobación de dichas normas.

Para avanzar en la materia, se comenzaron a analizar dos propuestas parlamentarias que, justamente, restituyen los mismos principios de participación y que hoy fueron ratificados por la Cámara y despachados al Senado.

La primera propuesta, ratificada en general por 144 y uno en contra, abordó la situación de los independientes y la paridad de género. Respecto de lo primero, se permite la conformación de pactos electorales de independientes, en el proceso de presentación de candidatos a integrar el órgano constituyente que se conforme, para la creación de una nueva Constitución Política de la República

En paridad, las listas conformadas por un solo partido, las listas de personas independientes y los pactos electorales deberán estar encabezadas por una candidata mujer y se ordenarán sucesivamente de forma alternada con las candidaturas de hombres. La infracción a estas normas acarreará el rechazo de todas las candidaturas declaradas.

Por su parte, el segundo proyecto aprobado en general por 141 votos a favor y uno en contra, reserva escaños a representantes de los pueblos originarios. Su texto específico, en tanto, fue objeto de variados cambios respecto del propuesto por la Comisión de Constitución.

La iniciativa establece con la finalidad de resguardar y proteger la participación y existencia de los pueblos originarios de Chile en las elecciones de los Convencionales Constituyentes para redactar la nueva Constitución, se establecerán escaños reservados exclusivamente para pueblos originarios, el cual será garantizado en forma independiente a la opción elegida durante el plebiscito del 26 de abril del 2020.

Así, se determinaron 18 escaños en caso de convención constitucional y 21 en caso de convención mixta para la representación de los pueblos aimara, atacameños, coyas, diaguitas, mapuche, quechuas, rapa nui, kawashkar y yagán.

 

Fuente: Eldinamo.cl

 

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Accesibilidad Gobierno Ley Política

A seis años de la Ley Zamudio, causas por discapacidad lideran sentencias

Entre 2012 y 2017 fueron 319 las oportunidades en que una persona que se sintió discriminada, ya sea por su orientación sexual, discapacidad, nacionalidad u otro motivo, acudió a los Tribunales de Justicia buscando terminar con esa situación. Fue en 2015 cuando más demandas se presentaron (79). En segundo lugar, 2017 (72). De todos los casos, hasta el 31 de diciembre del año pasado, solamente 90 tuvieron una sentencia.

Este jueves se cumplen seis años desde la entrada en vigencia de la ley contra la discriminación, norma que nació luego de que en marzo de 2012 cuatro personas asesinaran al joven Daniel Zamudio, en el Parque San Borja, de Santiago.

Según cifras de la Fundación Iguales, que fueron entregadas por el Poder Judicial, de las 90 sentencias, en 11 casos se invocó la causal de orientación sexual y/o identidad de género (ver infografía), es decir, solo el 12% trata sobre este tipo de discriminación. De ellas, seis se refieren a orientación sexual y cinco a identidad de género, y en tres se le dio la razón al demandante.

En tanto, 24 sentencias, equivalentes al 27% del total, corresponden a motivos de discapacidad, convirtiéndose en la causal que lidera ese tipo de resoluciones judiciales. La segunda causal por la que hay más sentencias (15) es por enfermedad, lo que significa un 17%, y en el cuarto lugar están los fallos por ideología u opinión política (10), con el 11%.

Asimismo, en la categoría de “otros” se registran 30 sentencias, entre las cuales se invocaron nacionalidad (1), situación socioeconómica (1), sexo (2), estado civil (1) y apariencia (3).

Para especialistas en la materia, estos datos refutan la creencia de que esta norma, que nace luego de un ataque homofóbico, es solo para personas afectadas por su orientación sexual, ya que terminó siendo mucho más amplia. “Eso, en parte, demuestra que la ley tenía y tiene un impacto más amplio que la discriminación por orientación sexual y que, además, los mecanismos de denuncia de la Ley 20.422, de derechos de las personas con discapacidad, ante los juzgados de Policía Local, son también insuficientes o inadecuados”, dijo Tomás Vial, investigador del Centro de Derechos Humanos y profesor de Derecho Constitucional de la Universidad Diego Portales (UDP).

Juan Enrique Pi, presidente ejecutivo de la Fundación Iguales, manifestó que “las personas en situación de discapacidad son uno de los grupos más discriminados en Chile y, en ese sentido, es positivo que todos los grupos vulnerables sepan que cuentan con esta herramienta. La discriminación es un fenómeno dinámico, que va cambiando en el tiempo; por tanto, nadie está libre de ser discriminado”.

Para el diputado UDI Ignacio Urrutia, quien hace años votó en contra de la idea de legislar sobre esta materia, aseguró que “por ciertos organismos se han cometido un poco de abusos en la presentación de querellas apelando a la Ley Zamudio, especialmente por el Movilh (Movimiento de Integración y Liberación Homosexual), creo que han abusado de la ley, he visto querellas que no tienen mucho asidero”.

Indicó que “las discriminaciones se dan por muchas cosas distintas, por lo tanto, me parece bien que sea amplia y que se pueda ajustar a todo tipo de discriminaciones. Hay discriminaciones por color que hoy se están dando mucho en Chile, debido a la cantidad de haitianos, y también por discapacidad. Si una ley está apuntada a la discriminación debe ser ocupada precisamente hacia toda la discriminación y no solo hacia diferencias sexuales”.

El parlamentario dijo no recordar que había votado en contra de legislar esta norma: “Si voté en contra desconozco los motivos que tuve en ese momento, pero si la tuviera que votar ahora, la votaría a favor”.

Mientras, el director nacional del Servicio Nacional de la Discapacidad (Senadis), Daniel Concha, dijo que “sin perjuicio de que es una ley perfectible, sobre todo en su admisibilidad y el sistema probatorio, ha sido un aporte positivo a nuestro ordenamiento jurídico, al otorgar una mayor tutela a casos de discriminación”.

Concha añadió que “es más relevante cuestionarse el hecho de que existen solo 90 sentencias de un total de 319 demandas; ahí es donde se debe apuntar y no enfocarse en la cantidad de uno o de otro criterio sospechoso de discriminación”.

En ese sentido, el académico de la UDP Tomás Vial dijo que la norma “ha demostrado ser un instrumento claramente insuficiente para combatir actos de discriminación. La ley no posee un mecanismo de seguimiento, un órgano específico encargado de estudiar la discriminación, proponer medidas, recibir denuncias y sancionar. Es como una ley del consumidor sin Sernac o un Código del Trabajo sin Dirección del Trabajo. La acción ante tribunales es claramente insuficiente”.

En esa línea, el presidente de la Fundación Iguales expresó que “creemos que el hecho de que solo entregue una acción judicial para reaccionar a la discriminación la hace insuficiente. Hace ya un tiempo estamos diciendo que esta ley requiere de una institucionalidad que se encargue de educar a la ciudadanía en el valor de la diversidad”.

(Para ver la infografía en detalle, haz click aquí o en la imagen)

 

Fuente: La Tercera

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