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Inclusión Laboral

Ya es ley el proyecto que exige a empresas tener al menos un experto en Inclusión Laboral

TRAS SUPERAR TODAS LAS ETAPAS Y FINALMENTE SER FIRMADO POR EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, YA ES LEY EL PROYECTO QUE BUSCA OBLIGAR A LAS EMPRESAS A QUE TENGAN AL MENOS UN EXPERTO DEL ÁREA DE RECURSOS HUMANOS QUE ESTÉ CERTIFICADO EN INCLUSIÓN LABORAL Y EN EL DESARROLLO DE PROGRAMAS Y POLÍTICAS RELACIONADAS CON LA ACCESIBILIDAD.

 La implementación de la nueva Ley de Inclusión Laboral fue un gran avance para la igualdad en la sociedad chilena, pero muchas autoridades y organizaciones que promueven la inclusión, han mostrado su preocupación sobre la real inclusión en el lugar de trabajo una vez que se realiza la contratación. Es por esto que se planteó esta nueva propuesta trabajada en la Comisión del Trabajo y Seguridad Social de la Cámara de Diputados, con la cual se busca seguir avanzando en la promoción de una verdadera inclusión laboral.

Este proyecto que busca modificar el Código de Trabajo con el fin de fortalecer la legislación existente en el país en materia de inclusión laboral, tiene dentro de sus lineamientos el que se agregue la obligación para las empresas que cuenten con más de 100 trabajadores, de tener al menos un empleado de Recursos Humanos experto y certificado en materia de inclusión.

Esto permitiría que se puedan elaborar programas y políticas de inclusión dentro del lugar de trabajoLa certificación de este empleado experto deberá ser otorgada por parte del Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales. 

Sumado a esto, se deberán llevar anualmente programas de capacitación al personal. Todas las actividades de trabajo deberán tener en cuenta normativa sobre igualdad de oportunidades e inclusión laboral y social. De esta forma, se llevará a cabo una labor cooperativa entre el empleador, los empleados en situación de discapacidad y el resto del personal.

Según datos entregados en febrero de este año por la Dirección de Trabajo, hasta ese mes se habían contratado 22.906 personas con discapacidad, de las cuales tenían relación laboral vigente a la fecha solo 19.303. Un informe presentado en agosto por el Pacto de Productividad Chile, dos de los principales elementos que complican la inclusión laboral son los miedos y prejuicios de los empleadores a la hora de realizar la contratación. Esto principalmente con respecto a la productividad y el desempeño de las personas en situación de discapacidad.

Fuente: diputadoundurraga.cl

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Diputados aprueban proyecto que sanciona a quienes dificulten el acceso a Personas en situación de discapacidad y adultos mayores en transporte público

La Cámara de Diputados aprobó este miércoles un proyecto de ley que modifica la ley N° 18.290, de Tránsito, para sancionar a quienes dificulten o impidan el acceso de Personas en situación de discapacidad y adultos mayores a servicios de transporte público remunerado de pasajeros.

Los tres puntos que contempla este proyecto, y que está publicado en la página web de la Cámara de Diputados, son los siguientes:

1.-Establecer como una falta gravísima, cuando un chofer ponga en movimiento o no detenga completamente su vehículo cuando haya pasajeros con discapacidad o adultos mayores, que deseen subir o bajar del vehículo. Ello en directa contravención a la prohibición del numeral 5, arto 87, de la Ley del Tránsito.

2.-Establecer como una falta gravísima el exigir a un pasajero con discapacidad o adulto mayor, el cumplimiento de requisitos o condiciones especiales, fuera de los casos contemplados en la ley, para acceder al transporte público remunerado de pasajeros.

3.-Establecer la responsabilidad subsidiaria del representante legal de la empresa, servicio, vehículo o medio de transporte público al cual pertenece el conductor, en cualquier calidad, cuando estos incurran en actos discriminatorios por motivos de edad o discapacidad que amenacen, perturben o priven el acceso al transporte público de pasajeros, en los términos del artículo 57 de la Ley 20.422 o bien del artículo 2 de la Ley 20.609, que Establece Medidas Contra la Discriminación

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Diputados aprueban ley que sanciona como falta grave el uso indebido de estacionamientos para Personas en situación de discapacidad

La moción parlamentaria permitió unificar dicho concepto en las normativa del tránsito y de igualdad e inclusión social, de modo que no haya diferencias en los criterios para aplicarla, quedando en una multa entre 1 y 1,5 UTM.

La Cámara de Diputados aprobó y despachó el proyecto que precisa la infracción por estacionar en un espacio destinado a vehículos para Personas en situación de discapacidad, sin tener derecho a ello.

La moción, respaldada por unanimidad, especifica dicha falta y unifica criterios hasta ahora distintos, contenidos en las leyes de igualdad e inclusión social de personas con discapacidad y del tránsito, para sancionar el estacionarse en un lugar destinado exclusivamente para personas con discapacidad.

En efecto, una califica como infracción o contravención grave “usar indebidamente estacionamientos exclusivos para personas con discapacidad”, mientras que la otra determina como menos grave “estacionar en un espacio destinado a vehículos para personas con discapacidad, sin derecho a ello”.

La diferencia de calificar como graves o menos graves estas conductas, radica en que las infracciones o contravenciones graves, tienen multas de 1 a 1,5 UTM (entre $49 mil y $73 mil aproximadamente) y las menos graves, oscilan entre 0,5 y 1 UTM (entre $24 mil y $49 mil).

Para resolver el punto, el proyecto, impulsado por el diputado Francisco Undurraga (quién está en situación de discapacidad), arraiga la sanción solo a la disposición que la define como una falta grave, por lo que ahora los infractores deberán cancelar entre 1 y 1,5 UTM.

Fuente: lanacion.cl
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