Categorías
Inclusión Laboral

Ley de Inclusión Laboral: aprueban modificaciones para el mejoramiento de esta norma y aumentar a 2% el porcentaje mínimo de las personas con discapacidad contratadas

Tanto en el Senado como en la Cámara de Diputados se acogió el informe de la Comisión Mixta que busca la mejora de la normativa, principalmente aumentando de un 1% a un 2% el porcentaje mínimo que deben cumplir las empresas que cuenten con 100 o más trabajadores. Con esto, deja de ser un proyecto y queda lista para ser promulgada como ley oficial.

A través de sus redes sociales, el Ministerio de Desarrollo Social juntos al Servicio Nacional de la Discapacidad (Senadis), el Ministerio Secretaría General de la Presidencia (Segpres), y la Subsecretaría del Trabajo, celebraron la aprobación de las modificaciones para la ley 21.015 sobre Inclusión Laboral de Personas con Discapacidad y asignación de pensión de invalidez. 

En la sesión el Senado y en la Cámara de Diputados se dio el vamos al informe de la Comisión Mixta constituida para resolver las divergencias surgidas entre ambas Cámaras durante la tramitación de la iniciativa que busca cambiar algunos puntos del Código de Trabajo y otros cuerpos legales en torno a la temática. 

Según se explica en la página oficial del hemiciclo, “los fundamentos de las iniciativa legales que integran este proyecto de ley, se señala que, desde la ratificación de la Convención de Naciones Unidas sobre Derechos de las Personas con Discapacidad, en el año 2008, nuestro país ha asumido un nuevo paradigma sobre la discapacidad, centrado en las personas, el respeto de sus derechos y el fomento de su independencia y autonomía, de lo que se ha derivado el deber del Estado de adecuar nuestra legislación a fin de eliminar las barreras que impiden o restringen la interacción de aquellos con el entorno y su participación en la sociedad en igualdad de condiciones”.

Dentro de los puntos que se buscan modificar están: 

  • Aumentar, de un 1% a un 2%, el porcentaje mínimo de personas con discapacidad o que sean asignatarias de una pensión de invalidez de cualquier régimen previsional, que toda empresa de 100 o más trabajadores, deberán contratar o mantener contratados, según corresponda en relación al total de sus trabajadores.
  • Disponer que las empresas que decidan el cumplimiento subsidiario de donaciones no podrán destinar más del 50% de los recursos a una sola organización y los recursos deberán destinarse, al menos, a un proyecto o iniciativa que se vaya a ejecutar en una región distinta de la Metropolitana.
  • Reforzar la fiscalización en el sector público a través de la Contraloría General de la República.
  • Incrementar las multas aplicables para el sector privado por incumplimiento de la normativa.   

Sobre al aumento del 1% al 2%, este será efectivo el primer día de enero del año siguiente del envío del informe de los ministerios de Trabajo, Desarrollo Social y Hacienda. Este texto dará cuenta del cumplimiento del 1% en el 80% de las empresas o instituciones obligadas. Dicho informe se enviará 12 meses después de publicada la normativa.

En tanto, las normas que regulan el ingreso a la administración del Estado, a los municipios y a la dotación de asistentes de educación pública, se aplicarán luego de 12 meses de publicada la ley.

 

Fuente: https://www.camara.cl/cms/despachan-a-ley-mayor-inclusion-laboral-de-personas-con-discapacidad/

https://www.senado.cl/appsenado/index.php?mo=sesionessala&ac=getDocumento&teseid=74931&legiid=504 

Categorías
Nacional

Inauguran en Arica el primer Centro Comunitario de Cuidados del país

Este Centro se convirtió en la primera infraestructura pública del Sistema Nacional de Apoyos y Cuidados «Chile Cuida», donde se desarrollarán actividades diseñadas para abordar las necesidades de las personas que cuidan, desde servicios de atención social hasta terapias psicoemocionales, además de servicios profesionales para quienes requieran de cuidados.

“Estamos trabajando para que los cuidados sean reconocidos como un derecho y la inauguración de este centro es un paso concreto», estas fueron parte de las palabras del presidente Gabriel Boric en la inauguración del primer Centro de Comunitario de Cuidados, el que abrió sus puertas este martes en Arica. 

Y es que el pasado 1 de junio en la Cuenta Pública, el mandatario dio a conocer la iniciativa que tiene por objetivo brindar apoyo a quienes cumplen el rol de cuidadoras o cuidadores en nuestro país, a través de estos espacios que se emplazarán en distintas localidades y contarán con más de 200 metros cuadrados, que incluye una sala multiuso, un espacio para cuidados, cocina y baños accesibles.  

La idea es que estos centros sean un lugar donde quienes cumplen este rol puedan forjar redes de capacitación para que puedan desarrollarse, aprender y emprender. 

Al respecto, el Presidente manifestó que «hace tan solo unas semanas aprobamos la nueva Política Nacional de Apoyos y Cuidados 2024-2030, que guiará el trabajo del Estado en esta materia durante los próximos seis años. Cuidar es trabajar: involucra tiempo, recursos, esfuerzo físico y mental, y cuando no es remunerado ni reconocido, en vez de ayudar empobrece y aísla a quien los entrega. Por eso, contar con un Sistema Nacional de Cuidados es hoy una necesidad y Chile Cuida es la forma en que el Estado se hace cargo». 

Chile Cuida

El Sistema Nacional de Apoyos y Cuidados “Chile Cuida” comenzó su trabajo entre los años 2022 y 2023 con la ampliación de cobertura de programas dirigidos a cuidadoras y cuidadores por parte del Ministerio de Desarrollo Social y Familia. 

Para el 2026 se busca disponer de recursos que ayuden a los hogares de 75 mil familias de personas con dependencia severa. 

La ministra de la Mujer y la Equidad de Género, Antonia Orellana, explicó que este sistema incorporará apoyo domiciliario y la creación de 100 Centros Comunitarios de Cuidados en todo el país “donde habrá espacios para que las personas con dependencia tengan actividades que las ayuden a tener el máximo de autonomía posible; para que las personas mayores retrasen su dependencia lo más posible y para que las personas cuidadoras, en su gran mayoría mujeres, puedan tener espacios de alivio, descanso, compañerismo y apoyo”.

En esta línea, la ministra de Desarrollo Social, Javiera Toro, explicó que «estamos construyendo una sociedad de cuidados, donde apoyemos a las personas que requieren cuidado y a las personas que cuidan, mayoritariamente mujeres, en un trabajo que puede ser muy enriquecedor, pero muchas veces se hace en soledad, puertas adentro, y que puede significar agobio, postergación y por eso tenemos que acompañarlo desde el Estado y la comunidad».

Finalmente, la jefa de la cartera declaró que esta semana será presentado el proyecto de ley que crea el Sistema Nacional de Apoyos y Cuidados, siendo de los primeros países que reconoce legalmente el rol de cuidadora y cuidador. 

Fuente: https://cooperativa.cl

Categorías
Nacional

Abren nueva convocatoria para el financiamiento de ayudas técnicas para Personas con Discapacidad

El Ministerio de Desarrollo Social, junto a la Subsecretaría de Servicios Sociales y el Servicio Nacional de Discapacidad (Senadis) dieron a conocer la apertura a la convocatoria para el financiamiento de ayudas técnicas para Personas en Situación de Discapacidad.

Este aporte es parte del Subsistema de Seguridad y Oportunidades, es por ello que a diferencia del beneficio de abril, éste es dirigido específicamente a quienes sean parte de los programas “Familias”, “Vínculos”, “Abriendo Caminos” y “Calle”.

Otros de los requisitos para optar a este apoyo financiero, son: 

  • Personas con discapacidad desde los 10 años y más.
  • Inscritas en el Registro Nacional de la Discapacidad.
  • Que cuenten con Registro Social de Hogares.
  • Que pertenezcan al Subsistema de Protección Social Chile Seguridades y Oportunidades (programas “Familias”, “Vínculos”, “Abriendo Caminos” y “Calle”).
  • Que, habiendo solicitado en la Convocatoria año 2022 o 2023, no tengan aprobada una o más Ayudas Técnicas asociadas a dicha Convocatoria.

El plazo para realizar el trámite es hasta el próximo martes 23 de julio a las 16 horas en la página web https://portal.senadis.cl.

Todas las consultas o reclamos deben ser gestionadas a través de la sección “Contáctenos” de SENADIS, disponible en http://contactenos.senadis.cl/ , identificando la solicitud en materia de “Ayudas Técnicas”, para su debida identificación y respaldo, según indican en el sitio oficial de la entidad. 

Fuente: https://www.senadis.gob.cl/pag/757/2066/financiamiento_ayudas_tecnicas_personas_con_discapacidad_subsistema_seguridades_y_oportunidades 

Categorías
Autismo

Huechuraba tendrá las primeras viviendas sociales con espacios acondicionados para personas autistas

El proyecto Condominio Cumbre de Girasoles es el primero en la historia de nuestro país que contará con viviendas sociales con espacios adaptados para personas autistas.

Un gran hito respecto a la inclusión y las políticas habitacionales es lo que ocurrirá en la comuna de Huechuraba donde se está construyendo el primer condominio de viviendas sociales con espacios adaptados para personas dentro del espectro autista.

El proyecto tendrá 23 unidades acondicionadas para sus habitantes que sean autistas, incluyendo un aislamiento en su infraestructura, puertas interiores de mayor ancho, un tabique aislado acústicamente y un baño con barra de apoyo. 

“Es un proyecto especial con departamentos equipados para personas con TEA, que incluyen espacios con características particulares de iluminación, acústica e infraestructura, que favorecen a las familias que así lo requieren para un mejor desarrollo de sus hijas e hijos. Nos llena de orgullo ser el primer proyecto en Chile que tiene esta característica y, además, en un muy buen sector de la capital”, declaró Carolina Macan Maraboli Subgerenta General de la Constructora Oval, a cargo del proyecto. 

Por su parte, el ministro de Vivienda y Urbanismo, Carlos Montes, expresó que “Hay un conjunto de condiciones que evitan que al niño o niña lo sorprendamos, principalmente con ruidos, y generemos alternativas. Esto es una experiencia nueva y, seguramente, va a indicar que tenemos que hacer mejores cosas después”. 

Este proyecto es parte del Plan de Emergencia Habitacional y se emplazará en 3,5 hectáreas que anteriormente eran de una empresa en Huechuraba, beneficiando a 504 familias de distintos puntos de la Región Metropolitana. 

 

Fuentes: 

https://www.constructoraoval.cl/noticias/condominio-con-viviendas-para-ninos-con-tea-se-hace-realidad-en-huechuraba/

https://serviumetropolitana.minvu.gob.cl/noticia/cumbres-de-girasoles-familias-participan-de-entrega-de-terreno-para-la-construccion-de-504-departamentos/ 

Categorías
Deporte

Chile será sede de los Juegos Mundiales de Olimpiadas Especiales 2027

Esta es la primera vez que los Juegos Mundiales de Olimpiadas Especiales se realizan en el hemisferio sur. Santiago será la ciudad sede de este evento, en el que se espera que participen más de 6 mil atletas de más de 170 países, los que competirán en 22 disciplinas.

Una gran noticia para la comunidad inclusiva es la que se dio a conocer esta semana, sobre todo para quienes compiten en deportes de alto rendimiento: Santiago será la sede de los Juegos Mundiales de Olimpiadas Especiales el año 2027.

El encargado de dar a conocer la buena nueva fue Emanuelle Dutra de Souza, director internacional de Special Olympics. “¡Los Juegos Mundiales de Olimpiadas Especiales 2027 ya están haciendo historia, porque vienen a Santiago!”, manifestó. 

A través de redes sociales, la organización a cargo del evento compartió un video con postales de la capital de Chile y junto a citas pasadas, dando a conocer algunas de las 22 disciplinas que estarán en competencia

Al respecto, el ministro del Deporte de Chile, Jaime Pizarro, declaró que “esto es parte del legado de los Juegos Panamericanos y Parapanamericanos organizados por Chile. Contamos con infraestructura de primer nivel y hemos demostrado al mundo nuestra seriedad y capacidad para organizar eventos internacionales”.

Por su parte, Carolina Picasso, presidenta de Olimpiadas Especiales Chile, manifestó que “estamos felices con este tremendo logro para Chile y Latinoamérica. Esperamos que este mega evento sirva como catalizador de un cambio social, porque estamos convencidos que existirá un antes y un después para los y las atletas con discapacidad intelectual”

Según se detalla en el sitio de Special Olympics, lo que se busca es fomentar la inclusión de las personas con discapacidad intelectual a través del deporte, abordando la inactividad, el estigma, el aislamiento y la injusticia que enfrentan quienes viven con ese tipo de discapacidad. 

Fuente: https://www.biobiochile.cl/noticias/deportes/mas-deportes/2024/04/24/ya-es-oficial-chile-se-queda-con-sede-de-los-juegos-mundiales-de-olimpiadas-especiales-del-2027.shtml

https://www.specialolympics.org/what-we-do?locale=es 

Categorías
Nacional

Estudio da a conocer que la mitad de las personas con discapacidad en Chile son madres o padres

Según un análisis realizado por Núcleo Milenio DISCA y que se basó en los datos entregados por la última versión de la Encuesta Nacional de Discapacidad y Dependencia (ENDIDE), más de 1,2 millones de personas que tienen alguna discapacidad en Chile son madres o padres.

Aún vivimos en una sociedad donde el capacitismo sigue tan arraigado que se creen, entre muchas otras cosas, que las personas que viven con alguna discapacidad no son capaces de tener pareja, una vida sexual activa y mucho menos ser madres o padres. Éste último mito es el que quiso derribar el Núcleo Milenio DISCA.

El análisis realizado por el centro de investigación tomó datos arrojados por la última versión de la Encuesta Nacional de Discapacidad y Dependencia (ENDIDE) del año 2022, revelando que el 47,8% de las personas con discapacidad en Chile es madre o padre conviviendo con sus hijos. Cifra bastante similar a la de la población sin discapacidad con hijos (46,0%).

Para poder llegar a esta conclusión, se tuvo que construir este dato ya que la ENDIDE no tiene entre sus preguntas si las personas son progenitores o no, sin embargo, al identificar a todos los integrantes de una familia e indicar qué relación se tiene con él o la jefa de hogar, se logró identificar a parejas e hijos

Así se obtuvo que, de los adultos con discapacidad que son jefes de hogar o parejas, un estimado de 1.291.936 viven con sus hijas e hijos (de ambos o de uno de ellos). De estas, un 31,5% son hombres (407.312 personas) y 68,5% son mujeres (884.624 personas). Más de la mitad de estas madres y padres tienen hijos de menos de 25 años (670.333 personas).

Las cifras muestran también que los jefes de hogar o sus parejas con una discapacidad severa que viven con sus hijas e hijos son 822.016, mientras que aquellos con discapacidad leve a moderada son 469.920. Respecto al quintil por ingreso autónomo, se ve que el número de personas con discapacidad que viven con hijos en el hogar va disminuyendo a medida que aumenta el ingreso del hogar.

Aunque los datos se subestiman, sin duda son avances para terminar con el capacitismo que aún existe en nuestra sociedad. “Tener estas cifras nos permite echar por tierra el mito de que las personas con discapacidad no son madres y padres. Esta información debería ser considerada al momento de diseñar políticas públicas e implementar programas. Estos deben contemplar que las personas con discapacidad se embarazan, están criando, deben llevar a sus hijos a controles de salud, son apoderados de colegio y trabajan para mantener a sus hijos, como toda madre o padre. De no considerarse, muchas personas con discapacidad, y sus hijos, seguirán siendo excluidas”, declaró a La Tercera Florencia Herrera, directora de DISCA y autora del estudio.

Fuente: https://www.latercera.com

Categorías
Inclusión

Senadis abre convocatoria 2024 al Programa «Tránsito a la vida independiente” para personas con discapacidad y dependencia

Las bases se encuentran en la web del Senadis y la postulación se podrá hacer hasta el 30 de abril a la medianoche. Si requieres asistencia para poder postular, en Wazú te podemos ayudar.

Con el objetivo de incentivar la autonomía de las personas con discapacidad y dependencia, es que anualmente se abre la convocatoria al programa “Tránsito a la vida independencia” que este año pasa a ser parte del Sistema Nacional de Apoyos y Cuidados, Chile Cuida

Para postular a este beneficio existen dos modalidades: individual, donde el monto máximo de apoyo alcanza los 3 millones 900 mil pesos; y la colectiva, donde la ayuda fluctúa entre los 20 y 50 millones de pesos.

A continuación, les dejamos más detalles de cada una de ellas:

Modalidad individual: personas con discapacidad y dependencia en cualquier grado, entre 18 y 59 años, inscritas en el Registro Nacional de la Discapacidad (RND), para recibir servicios de apoyo entregados por un tercero para realizar sus actividades cotidianas, laborales, de participación, etc. y adaptaciones menores del entorno que permitan disminuir las barreras ambientales que puedan dificultar o limitar su desempeño.

Las y los postulantes deberán contar con inscripción vigente en el Registro Nacional de la Discapacidad (RND) al momento de presentar su postulación.

Modalidad Colectiva: podrán postular entidades públicas o privadas sin fines de lucro, con al menos 2 años de vigencia, para proveer servicios de apoyo y adaptaciones menores del entorno que promuevan el tránsito a la vida independiente de personas con discapacidad y dependencia en cualquier grado, entre 18 y 59 años, inscritas en el Registro Nacional de la Discapacidad (RND)

Las bases se encuentran en la web del Senadis www.senadis.gob.cl y para postular pueden hacerlo en portal.senadis.cl hasta el 30 de abril a la medianoche. 

Si requieres ayuda para postular, nos puedes escribir a hola@fundacionwazu.cl y solicitar el apoyo en el trámite.

Fuente: https://www.senadis.gob.cl/pag/751/1575/programa_transito_a_la_vida_independiente_2024

Categorías
Denuncia

Tras denuncia de paciente sorda Corte de Apelaciones de San Miguel obliga al hospital Barros Luco a contar con intérprete de lengua de señas permanente

La Corte de Apelaciones de San Miguel falló a favor de una mujer sorda que denunció no recibir información de manera oportuna sobre su diagnóstico y tratamiento de cáncer, y ordenó al Hospital Barros Luco contar de manera permanente con un intérprete de lengua de señas calificado que permita facilitar la comunicación en todas las atenciones de salud.

La denunciante expuso que el Hospital se ha negado permanentemente a proporcionarle un intérprete de lengua de señas, lo que le ha impedido saber acerca de su estado de salud actual y del tratamiento que se le está administrando, en cuanto fue diagnosticada de un cáncer agresivo de sangre. Acusa que solo ha recibido información escrita, siendo que no maneja el español y su lengua natural es la lengua de señas.

Debido a esto, no tiene un conocimiento claro y preciso de las instrucciones médicas que debe seguir acerca de las acciones de rehabilitación, horarios y formas de suministrar fármacos, dieta recomendada según su condición, entre otras cosas propias del tratamiento.

En base a lo señalado por la Constitución Política de Chile, junto a la Convención Internacional sobre los Derechos de las personas con Discapacidad (a la que Chile está adscrito), a la Ley 20.422 de Inclusión social y a la Ley 20.584 de atención en salud, la Corte de Apelaciones dictó lo siguiente:

“(…) resulta claro que la recurrente, es una mujer sorda y analfabeta funcional, quien además es cuidadora de otra persona en situación de discapacidad, por lo que pertenece a una categoría vulnerable que es sujeto de una especial protección por parte de nuestro ordenamiento jurídico, y, en consecuencia, se establece una obligación para el Estado y sus organismos dependientes en cuanto a la eliminación de toda barrera que obstaculice el acceso a un adecuado ejercicio de sus derechos fundamentales, así como la obligación de realizar los ajustes razonables que sean necesarios para tal objeto.”

En consecuencia, “(…) a la recurrente le asiste el derecho a contar con un intérprete de lengua de señas en sus atenciones de salud, siendo obligación del hospital recurrido contar con uno a fin de asegurar el efectivo acceso a la atención de salud de las personas con discapacidad auditiva como es el caso de la actora, ya que al no proporcionar la información de manera adecuada y que ésta lo pueda entender, por los motivos expuestos, aquello constituye una vulneración a su derecho a la vida e integridad física y psíquica garantizado en el artículo 19 N°1 de la Constitución, así como una discriminación arbitraria por motivo de discapacidad, vulnerándose además de la garantía señalada, aquella consagrada en el artículo 19 N°2 de la Constitución.”

Revisa acá la sentencia de la Corte de San Miguel Rol N°4070-2023.

Fuente: DiarioConstitucional.cl

Categorías
Autismo

Ley de Autismo y Educación Superior: De la limitación jurídica al compromiso ético

Hoy, 2 de abril, se conmemora el Día de la Aceptación del Autismo, fecha propicia para reflexionar acerca de los alcances y vacíos de la Ley de Autismo (Nº21.545), promulgada en marzo de 2023. Esta normativa busca asegurar el derecho a la igualdad de oportunidades de personas autistas, eliminando toda forma de discriminación. Para ello, se establecieron compromisos del Estado, entre los que se encuentra la generación de condiciones necesarias para la inclusión de niños, niñas, jóvenes y adultos autistas en todo el sistema educativo. En este sentido, uno de los ámbitos destacados de la ley debiese ser la educación superior. No obstante, el articulado es limitado en lo referido a esta fase del proceso formativo. A pesar de ello, es de esperar que las instituciones educativas sean proactivas en tomar medidas para la inclusión plena de integrantes autistas, más en base a un compromiso ético que a un mero ajuste a las disposiciones jurídicas.   

 

Solo el artículo 21 de la Ley de Autismo se refiere a la educación superior. En este se establece el deber de universidades, institutos profesionales y centros de formación técnica de velar por la existencia de ambientes inclusivos, lo cual contempla realizar los ajustes necesarios para que las personas autistas puedan ingresar, formarse, participar, permanecer y egresar. El modo en que estas disposiciones deben implementarse no se detalla en la ley, quedando a criterio de cada casa de estudios. Esta falta de definición normativa guarda relación con la autonomía de las instituciones de educación superior, es decir, con el derecho a regirse por sí mismas, de acuerdo con lo establecido en sus estatutos, en los planos académico, económico y administrativo (LOCE, Título IV, Art.75 (76)).      

 

Por otro lado, tal y como afirma el Oficio Ordinario Nº621 de la Superintendencia de Educación Superior (21 de julio de 2023), las obligaciones para las instituciones establecidas en la Ley de Autismo, además de limitadas, no son nuevas. De hecho, el artículo 39 de la ley Nº20.422 (2010), que fija normas sobre Igualdad de oportunidades e inclusión social de las personas en situación de discapacidad, mandata a contar con mecanismos que faciliten el acceso, así como la adecuación de materiales de estudio y materiales de enseñanza en la educación superior. En esa misma línea, el artículo 2 de la Ley de Educación Superior Nº21.091 (2018) dispuso que las universidades, institutos profesionales y centros de formación técnica, como componentes del sistema de educación superior, deben promover la realización de ajustes razonables que permitan la inclusión de las personas en situación de discapacidad.  

 

Si la Ley de Autismo es tan vaga en lo que respecta a educación superior, ¿cómo cumplir con lo dispuesto en el artículo 21? ¿Qué ajustes deben realizar las instituciones de educación superior? Propongo trascender el razonamiento meramente jurídico para dar prioridad a la reflexión ética. La ética, por esencia, es la búsqueda de la adecuación del comportamiento en función de lo que conviene en un momento dado. En este caso, la conveniencia o no de las acciones que se adopten debería ser informada por los propios estudiantes autistas que integran cada comunidad educativa. Para ello, realizar entrevistas, grupos focales y encuestas podría ayudar a recabar opiniones y necesidades de apoyo.  

 

Si bien, cada realidad es única, entre las demandas más comunes se suelen contar la adecuación de los estímulos sensoriales; la anticipación de programas, actividades y evaluaciones; y la flexibilidad en presentaciones y trabajos grupales. Además, existen estudios que han indagado en las experiencias y puntos de vista de los estudiantes autistas de instituciones de educación superior chilenas. Entre los resultados de algunas de estas investigaciones destaca la percepción de insuficiencia en los apoyos a las necesidades educativas (Amador et al., 2022); la falta de una cultura de inclusión que asuma el valor de la neurodiversidad humana en la educación superior (Beltrán, 2023); y la existencia de prejuicios y barreras importantes de participación que limitan la inclusión social, bienestar social y salud mental (Duarte, 2023).  

 

En contraste, si las instituciones de educación superior implementan medidas para el mero cumplimiento de la Ley de Autismo, corren el riesgo de actuar de forma superficial y poco sustentable. Esto dado que las necesidades de los estudiantes autistas suelen ser complejas y multicausales, y su abordaje requiere no solo de la atención a cuestiones puntuales o la aplicación de tips. Más bien, demanda la revisión comprometida y periódica de las políticas, prácticas y cultura.  

 

Poner a los estudiantes en el centro a la hora de pensar y construir ambientes inclusivos es fundamental para atender y hacerse cargo de sus necesidades y, de paso, permite cumplir con la ley. Es desde esta base reflexiva y proactiva que las instituciones pueden dar con las condiciones, necesariamente contextuales, para que la neurodiversidad humana tenga lugar y las personas autistas puedan ingresar, formarse, participar, permanecer y egresar.  De ser así, no solo se estarán atendiendo necesidades específicas de apoyo, sino también se hará posible que la comunidad en su conjunto se beneficie de fortalezas comunes en el espectro del autismo, tales como la honestidad, el pensamiento divergente, la atención a los detalles o habilidades en disciplinas como el cálculo o las artes. Aunque eso no lo diga la ley.   

     

Alejandro Wasiliew Conget
Autista, Estudiante de Magíster en Psicología Educacional UC
y Diseñador de Proyectos Educativos en Fundación Wazú 

*Columna publicado también en ElMostrador.cl

Categorías
Inclusión Laboral

Ley de Inclusión Laboral: 119 empresas en la Araucanía han sido sancionadas tras no cumplir con esta normativa

Los datos fueron proporcionados por la Dirección del Trabajo como balance de la fiscalización del año 2023, donde 119 empresas en La Araucanía fueron sancionadas. Del total, en sólo 2 casos los trabajadores realizaron denuncias.

Este 1 de abril de cumplen 6 años de la promulgación de la ley 21015 sobre Inclusión laboral, la que tiene como objetivo que las empresas públicas y privadas, y que cuenten con más de 100 trabajadores, tengan 1% de Personas con Discapacidad (PcD) en su planilla.

A pesar de ser un gran avance, aún hay entidades que hacen caso omiso a la normativa. Puntualmente en la Región de La Araucanía, 199 empresas han incumplido con la ley según datos entregados por la Dirección del Trabajo (DT).

En relación con la anterior, Carolina Ojeda, directora regional del Trabajo, declaró que “el año 2023 recibimos solos dos denuncias por incumplimiento de la ley de Inclusión laboral y además por oficio, a través de un programa de fiscalización nacional, realizamos 119 fiscalizaciones en donde la totalidad de las empresas fiscalizadas tuvieron una infracción lo que implica una preocupación tremenda, es por eso que durante el mes de abril lanzaremos un nuevo programa de fiscalización”, consignó Biobiochile. 

Por otro lado, según la DT, en la misma región 128 empresas sí cumplen con la normativa, cifra que representa el doble en relación con el año 2022.  

Fuente: biobiochile.cl

Ir al contenido