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Síndrome de down

Beatriz, madre de un joven trans con síndrome de Down: «La sociedad cree que nunca lo va a tener claro»

JACK ES UN JOVEN ESPAÑOL DE 19 AÑOS CON SÍNDROME DE DOWN CUYA HISTORIA VISIBILIZA LA MÚLTIPLE DISCRIMINACIÓN A LA QUE SE ENFRENTAN LAS PERSONAS TRANS EN SITUACIÓN DE DISCAPACIDAD. JACK POSEE DOCUMENTACIÓN CON EL NOMBRE ESCOGIDO POR ÉL MISMO Y EL TRATAMIENTO DE HORMONAS LE ESTÁ FUNCIONANDO PERFECTAMENTE; «HOY EN DÍA MI HIJO ES MUY FELIZ», CUENTA SU MADRE BEATRIZ GIOVANNA.

«La palabra de las personas con discapacidad no es concebida como algo serio, para la sociedad no tiene importancia ni validez. No son tomadas en serio y son tratadas como eternos niños que inventan cosas y de pronto cambian de parecer. Imagínate si lo que dice es que es transexual«, explica Beatriz.

Como el joven no se expresa ni escribe de forma convencional, Beatriz le ayuda a contar que «ser Jack» es lo mejor de todo el proceso, que empezó ya hace tres años. A sus 16 fue capaz de verbalizar con la ayuda de una psicóloga y una logopeda del centro al que acude que era un chico. Eso tras años de frustración y negativas a vestir y comportarse de una forma, asociada a la mujeres, que sentía impuesta.

«No creo que Jack sea el único chico trans con síndrome de Down. Estoy segura de que hay muchas personas con diversidad funcional a las que se les niega el derecho a la autodeterminación de género».

Está aprendiendo el oficio de cocinero y le encanta jugar a baloncesto, pero además cuenta con otra característica que le ha marcado la vida: es un chico transexual. La de Jack es una historia invisible y apenas contada, la de un camino de obstáculos para lograr que su decisión sea válida y respetada.

«¿Tu hija sigue diciendo que es un chico?»

Aunque Beatriz no esconde el duelo que ha supuesto «perder a una hija para ganar a un hijo» y reconoce que no ha sido un proceso fácil, alude también a los lazos y la estrecha relación que han logrado tejer. «Transitamos con paso decidido y en busca del derecho a ser y gozar de una ciudadanía plena. Sí, la de un chico con discapacidad mental, mi hijo, que decide y sabe lo que quiere».

Frente al prejuicio, esta mujer pelea para evitar que se repitan algunas de las situaciones desagradables que ya ha tenido que vivir antes y alude a que está convencida de que el proceso de Jack ha sido más largo que el de cualquier otro joven trans de su edad.

«Hay cosas que se te quedan grabadas. Hubo una psiquiatra que insinuó que su transexualidad era producto de que yo quería tener un hijo en vez de una hija», cuenta Beatriz. «Fue doloroso, pero lo que hice fue responderle que jamás se me ocurriría condicionar a mi hijo así y que no era una cuestión mía».

Recuerda también cómo una compañera con la que entonces estudiaba un máster universitario le preguntó: «¿Entonces tu hija sigue diciendo que es un chico?».

«El hecho de que tenga síndrome de Down hace que la sociedad crea que nunca lo va a tener claro y que está impedido para tomar decisiones».

Más allá de este tipo de discriminación más cotidiana e invisible, las personas con en situación de discapacidad y con orientaciones sexuales e identidades de género diversas sufren también agresiones. De hecho, estos son dos de los parámetros que mide el Ministerio del Interior de España en sus informes anuales sobre delitos de odio: en 2017, se registraron 23 denuncias por el primer motivo y 271 por el segundo. Sin embargo, los colectivos creen que esta es la punta del iceberg lastrada por la infradenuncia. De hecho, solo la Federación Estatal de Lesbianas, Gais, Trans y Bisexuales contabilizó el mismo año 623 incidentes de este tipo.

Jack confiesa que actualmente se encuentra «muy feliz». Desde el pasado mes de junio toma hormonas, pero aún no puede cambiar el sexo oficial en los documentos oficiales, aunque sí el nombre, algo que aún tiene pendiente y hará lo más pronto posible.

Con respecto al sexo, sin embargo, la patologización sigue pesando, ya que deben presentar un informe que acredite que tienen disforia de género, algo que el Congreso español está trabajando para cambiar. «La sociedad tiene una deuda pendiente con las personas diversas», concluye Beatriz.

Fuente: eldiario.es

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Diversidad Diversidad Sexual LGBTI

Ley de Identidad de Género: comenzó la reserva de horas para cambio de nombre y sexo registral

La ley apunta al cambio de nombre y sexo registral, pero también incluye aspectos relacionados con el derecho a la identidad de género y la privacidad de los procedimientos. A partir de hoy ya es posible la reserva de hora en las oficinas del Registro Civil para la audiencia especial que será a partir del viernes 27 de diciembre.

Desde 2013 se esperaba en el Congreso la aprobación de la Ley de Identidad de Género, lo que finalmente se logró en 2018. Gracias a ella toda persona mayor de edad podrá, hasta por dos veces, y a través de los procedimientos que contempla la ley, solicitar la rectificación del sexo y nombre que aparecen en su partida de nacimiento. Así, esos datos serán coincidentes con su identidad de género.

El 27 de diciembre ese trámite se podrá realizar. Ese día entra en vigencia la ley, lo que implica que las personas que lo deseen podrán efectuar los procedimientos de rectificación de sexo y nombre registral ante el Registro Civil y los Tribunales de Familia, explica Constanza Valdés, licenciada en derecho y activista trans.

Y a partir del lunes 16 de diciembre, ya es posible la reserva de hora en las oficinas del Registro Civil, para esa audiencia especial será a partir del 27 de diciembre.

Pero además, dice Valdés, entran en vigencia el resto de las disposiciones legales relativas al derecho a la identidad de género y sus respectivas garantías. Principios que rigen este derecho, como la prohibición de discriminar por la expresión de género, “lo cual influye directamente en la aplicación de esta ley y su interpretación“, aclara.

“Esto también impactará en el ámbito de la discriminación por identidad de género que se revisan principalmente en los Tribunales de Justicia a través de recursos de protección y acciones de no discriminación, especialmente en el ámbito del reconocimiento del nombre social y las implicancias de la discriminación en razón de la identidad de género”, sostiene Valdés.

Valparaiso, 12 de septiembre de 2018. Público en las tribunas celebran la aprobación de la ley de Identidad de Genero en la Cámara de Diputados. Raul Zamora/Aton Chile
Valparaiso, 12 de septiembre de 2018. Público en las tribunas celebran la aprobación de la ley de Identidad de Genero en la Cámara de Diputados.

Sin exámenes físicos

Se podrá realizar a través del Registro Civil y ante los Tribunales de Familia dependiendo del o la solicitante. En el caso de personas mayores de 18 años sin vínculo matrimonial, el trámite se podrá efectuar ante el Registro Civil a través de un procedimiento administrativo que solo requiere la exigencia de dos testigos hábiles que acrediten que la persona solicitante conoce los efectos jurídicos de la solicitud.

El Registro Civil no podrá exigir ningún otro requisito, explica Valdés, tales como certificados psicológicos, psiquiátricos o haberse sometido a un tratamiento hormonal o intervención quirúrgica.

En el caso de adolescentes, es decir, personas mayores de 14 años, pero menores de 18 años, el trámite se realiza ante los Tribunales de Familia. En este caso la ley exige que éstos sean representados por sus representantes legales. “En conjunto con la solicitud, se deben presentar antecedentes que den cuenta del contexto psicosocial y familiar. Sin embargo, el juez puede exigir otros antecedentes”, dice Valdés.

Para los adolescentes los antecedentes que se piden son, un informe que acredite acompañamiento de al menos un año en los programas debidamente acreditados y un informe que descarte la influencia de terceros en la identidad de género del adolescente. “El juez podrá exigir otras diligencias, las cuales en ningún caso podrán ser exámenes físicos de ningún tipo”.

Finalmente, para las personas con vínculo matrimonial, la solicitud debe presentarse en Tribunales de familia. En el mismo juicio se tramitará la terminación del matrimonio y el cambio de nombre y sexo registral. El juez no puede exigir antecedentes para el cambio. “En razón de lo anterior se entiende, por la interpretación de la ley, que el juez no puede rechazar el cambio registral”, sostiene Constanza.

Derechos población trans

La entrada en vigencia de la ley, es un avance en los derechos de la población trans Viene a restituir parcialmente su dignidad en torno a la constante discriminación y exclusión que ha sido objeto por mucho tiempo, indica Valdés, “y que el Estado ha fracasado en dar una respuesta por mucho tiempo”.

“Esta ley recién viene a ser el piso mínimo en torno al reconocimiento de los derechos de las personas trans”, explica.

En la práctica, las personas trans podrán ver reconocida su identidad en la cédula de identidad, documentos públicos y privados. De esta manera, “se erradicaran todas las situaciones de discriminación que se dan por la no correspondencia entre la identidad de género de la persona y la consignada en los documentos público”.

Sin embargo, como la ley apunta principalmente al cambio de nombre y sexo registral, no soluciona situaciones como las de filiación, explica Valdés, que se puede dar en el caso de que una mujer trans sea madre y un hombre trans sea padre. “Tampoco aspectos relativos a la vivienda, educación, salud y trabajo de las personas trans”, indica.

 

Fuente: www.latercera.com

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