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Inclusión Laboral

Conoce cómo se certificarán los expertos en inclusión que la nueva ley le exige a las empresas

TRAS LA PUBLICACIÓN EN EL DIARIO OFICIAL DE LA NUEVA LEY 21.275 QUE EXIGE A LAS EMPRESAS -QUE CUMPLEN CON LA LEY DE INCLUSIÓN LABORAL- A QUE CUENTEN CON AL MENOS UN EXPERTO CERTIFICADO EN INCLUSIÓN, SURGEN LAS DUDAS DE CÓMO SE CERTIFICARÁ A ESOS EXPERTOS. ACÁ TE CONTAMOS TODOS LOS DETALLES DEL PROCESO.

La nueva Ley 21.275 que fue publicada hace una semana, detalla que, al menos uno de los trabajadores que se desempeñe en funciones relacionadas con RRHH deberá contar con conocimientos específicos en materias que fomenten la inclusión laboral de las personas con discapacidad. Se entenderá que tienen estos conocimientos los trabajadores que cuenten con una certificación otorgada por el Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales – ChileValora.

Su función será elaborar y llevar a cabo anualmente programas de capacitación de su personal, con el objeto de otorgarles herramientas para una efectiva inclusión laboral dentro de la empresa. También deberá promover políticas en materias de inclusión, las que serán informadas anualmente a la Dirección del Trabajo, además de considerar las normas sobre igualdad de oportunidades e inclusión social de personas con discapacidad en todas las actividades realizadas durante la jornada de trabajo o fuera de ella.

CERTIFICACIÓN:

  • La certificación de competencias laborales busca reconocer formalmente los conocimientos, habilidades y destrezas de las personas.
  • La evaluación se realiza en base a un perfil laboral, estándar que indica cuáles son los conocimientos necesarios para ejercer adecuadamente una ocupación.
  • Este perfil es definido de forma tripartita mediante un acuerdo entre empleadores, trabajadores y el Estado, en mesas de trabajo representativas, llamadas por ley Organismos Sectoriales de Competencias Laborales

¿CÓMO SE VA A TRABAJAR?

Generar un ecosistema de perfiles (ruta formativo-laboral) que se complementen para incentivar la inclusión laboral de Personas en situación de discapacidad

PERFIL 1: GESTOR DE INCLUSIÓN LABORAL
PERFIL 2: TUTOR LABORAL PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD
PERFIL 3: VALIDADOR DE ACCESIBILIDAD
OTROS PERFILES QUE SE REQUIERAN

DESARROLLO DE PERFILES:

  • Se convocará al OSCL de Servicios Sociales (conformado por SENADIS, SENAME, SENAMA y representantes de empresas y trabajadores), creando una nueva “área productiva” llamada Inclusión Laboral.
  • Se conformarán mesas técnicas convocando a Fundaciones y principales actores y expertos en la temática.
  • Una vez validados por el OSCL, se solicitará al Directorio de ChileValora la acreditación.

GESTIÓN DE CENTROS:

  • Se invitará a Centros ya acreditados a que amplíen alcance en los perfiles que se construirán.
  • Se realizarán cursos de formación de evaluadores en los nuevos perfiles.
  • Una vez que se abra la Convocatoria 2021 para acreditar nuevos centros, se invitará a entidades que han manifestado interés para que presenten su propuesta.

INICIO DE CERTIFICACIÓN:

  • Diseño de estrategia comunicacional para convocar actores interesados presentando las diferentes fuentes de financiamiento (recursos propios empresa-persona, franquicia tributaria y becas Sence).
  • Monitoreo de los procesos de evaluación y certificación para generar reporte semestral al Ministerio del Trabajo.

 

Te compartimos el documento oficial de ChileValora para que lo puedas revisar:

Proyecto de Ley 12.261-13 – ChileValora

 

 

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Publican oficialmente nueva Ley que exige a empresas contar con un experto en inclusión

HOY APARECIÓ PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL LA NUEVA LEY 21.275 QUE MODIFICA EL CÓDIGO DEL TRABAJO PARA EXIGIR A LAS EMPRESAS QUE CUMPLEN CON LA LEY DE INCLUSIÓN LABORAL, A QUE CUENTEN CON UN EXPERTO CERTIFICADO PARA FOMENTAR LA INCLUSIÓN DE LOS TRABAJADORES EN SITUACIÓN DE DISCAPACIDAD.

Acá te compartimos el proyecto completo:

MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
LEY NÚM. 21.275

MODIFICA EL CÓDIGO DEL TRABAJO, PARA EXIGIR DE LAS EMPRESAS
PERTINENTES LA ADOPCIÓN DE MEDIDAS QUE FACILITEN LA INCLUSIÓN
LABORAL DE LOS TRABAJADORES CON DISCAPACIDAD

Proyecto de ley:
“ Artículo único.- Agrégase en el Capítulo II del Título III del Libro I del Código del
Trabajo, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto con fuerza de
ley N° 1, de 2002, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, el siguiente artículo 157 quáter:
“Artículo 157 quáter.- Al menos uno de los trabajadores que se desempeñe en funciones
relacionadas con recursos humanos dentro de las empresas contempladas en el supuesto del
artículo 157 bis deberá contar con conocimientos específicos en materias que fomenten la
inclusión laboral de las personas con discapacidad. Se entenderá que tienen estos conocimientos
los trabajadores que cuenten con una certificación al respecto, otorgada por el Sistema Nacional
de Certificación de Competencias Laborales establecido en la ley N° 20.267.

Las empresas señaladas en el inciso anterior deberán promover en su interior políticas en
materias de inclusión, las que serán informadas anualmente a la Dirección del Trabajo, de
conformidad al reglamento a que se refiere el inciso final del artículo 157 bis. También deberán
elaborar y ejecutar anualmente programas de capacitación de su personal, con el objeto de
otorgarles herramientas para una efectiva inclusión laboral dentro de la empresa.
Las actividades realizadas durante la jornada de trabajo o fuera de ella deberán considerar
las normas sobre igualdad de oportunidades e inclusión social de personas con discapacidad a
que se refiere la ley N° 20.422, como también los principios generales contenidos en las demás
normas vigentes sobre la materia».

Artículo transitorio.- Lo preceptuado en la presente ley entrará en vigencia a partir del
primer día del vigésimo quinto mes después de publicada en el Diario Oficial.”.
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a
efecto como Ley de la República.

Santiago, 15 de octubre de 2020.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la
República.- María José Zaldívar Larraín, Ministra del Trabajo y Previsión Social.- Karla Rubilar
Barahona, Ministra de Desarrollo Social y Familia.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Atentamente, Fernando Arab Verdugo,
Subsecretario del Trabajo

 

Fuente: Diario Oficial

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Inclusión Laboral

Ya es ley el proyecto que exige a empresas tener al menos un experto en Inclusión Laboral

TRAS SUPERAR TODAS LAS ETAPAS Y FINALMENTE SER FIRMADO POR EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, YA ES LEY EL PROYECTO QUE BUSCA OBLIGAR A LAS EMPRESAS A QUE TENGAN AL MENOS UN EXPERTO DEL ÁREA DE RECURSOS HUMANOS QUE ESTÉ CERTIFICADO EN INCLUSIÓN LABORAL Y EN EL DESARROLLO DE PROGRAMAS Y POLÍTICAS RELACIONADAS CON LA ACCESIBILIDAD.

 La implementación de la nueva Ley de Inclusión Laboral fue un gran avance para la igualdad en la sociedad chilena, pero muchas autoridades y organizaciones que promueven la inclusión, han mostrado su preocupación sobre la real inclusión en el lugar de trabajo una vez que se realiza la contratación. Es por esto que se planteó esta nueva propuesta trabajada en la Comisión del Trabajo y Seguridad Social de la Cámara de Diputados, con la cual se busca seguir avanzando en la promoción de una verdadera inclusión laboral.

Este proyecto que busca modificar el Código de Trabajo con el fin de fortalecer la legislación existente en el país en materia de inclusión laboral, tiene dentro de sus lineamientos el que se agregue la obligación para las empresas que cuenten con más de 100 trabajadores, de tener al menos un empleado de Recursos Humanos experto y certificado en materia de inclusión.

Esto permitiría que se puedan elaborar programas y políticas de inclusión dentro del lugar de trabajoLa certificación de este empleado experto deberá ser otorgada por parte del Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales. 

Sumado a esto, se deberán llevar anualmente programas de capacitación al personal. Todas las actividades de trabajo deberán tener en cuenta normativa sobre igualdad de oportunidades e inclusión laboral y social. De esta forma, se llevará a cabo una labor cooperativa entre el empleador, los empleados en situación de discapacidad y el resto del personal.

Según datos entregados en febrero de este año por la Dirección de Trabajo, hasta ese mes se habían contratado 22.906 personas con discapacidad, de las cuales tenían relación laboral vigente a la fecha solo 19.303. Un informe presentado en agosto por el Pacto de Productividad Chile, dos de los principales elementos que complican la inclusión laboral son los miedos y prejuicios de los empleadores a la hora de realizar la contratación. Esto principalmente con respecto a la productividad y el desempeño de las personas en situación de discapacidad.

Fuente: diputadoundurraga.cl

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Inclusión Laboral Ley

Conoce los principales puntos de la Ley de Inclusión Laboral

HACE POCO MÁS DE DOS AÑOS ENTRÓ EN VIGENCIA LA NUEVA LEY DE INCLUSIÓN LABORAL, QUE ESTABLECE UNA RESERVA DE EMPLEOS DEL 1% PARA PERSONAS EN SITUACIÓN DE DISCAPACIDAD EN ORGANISMOS DEL ESTADO Y EMPRESAS PRIVADAS QUE CUENTEN CON MÁS DE 100 TRABAJADORES.

Según cifras entregadas por el Senadis, en el sector privado actualmente hay más de 7.600 empresas con más de 100 trabajadores, por lo que se podrán habilitar más de 25 mil cupos laborales para personas con discapacidad. En tanto, en el sector público hay 158 instituciones en las cuales se deberían habilitar cerca de 2.500 cupos para personas con discapacidad.

De acuerdo al Segundo Estudio Nacional de la Discapacidad, un 20% de las personas de 18 años o más del país está en situación de discapacidad; es decir, más de dos millones seiscientas mil personas. De ellos, solo el 39,3% tiene empleo.

PRINCIPALES PUNTOS

Entre otras cosas, la normativa suprime la discriminación salarial que existía respecto de los trabajadores con discapacidad mental, derogando el artículo 16 de la Ley N° 18.600 que establecía una remuneración inferior al sueldo mínimo.

Además, fija en 26 años la edad límite para suscribir el Contrato de Aprendizaje con personas con discapacidad mental; prohíbe toda discriminación hacia personas con discapacidad, quienes, también, contarán con garantías en los procesos de selección laboral del Estado.

Es importante recalcar que las empresas o servicios no pueden optar por una discapacidad en particular en la contratación. Optar significa una discriminación arbitraria por motivos de discapacidad, protegido por el ordenamiento jurídico, así como una violación al principio de igualdad de oportunidades el cual protege a las personas con discapacidad de cualquier discriminación por razón de discapacidad.

¿QUIÉNES SE VERÁN BENEFICIADOS POR ESTA LEY?

Para ser beneficiario de esta ley se debe poseer una pensión de invalidez de cualquier régimen previsional o tener cualquier discapacidad calificada previamente por lasa Comisiones de Medicina Preventiva e Invalidez (Compin), dependientes del Ministerio de Salud (Minsal) y a las instituciones públicas o privadas reconocidas para estos efectos.

¿QUIÉNES DEBEN CUMPLIR?

Todas las empresas y entes públicos o privados que tengan 100 empleados o más, sin importar su rubro de actividad o sus fines, ya sean económicos, sociales o benéficos.

¿QUIÉN FISCALIZA?

En el sector privado la fiscalización del cumplimiento de la nueva normativa le corresponde a la Dirección del Trabajo, quien debe llevar un registro actualizado de los contratos de trabajo, sus modificaciones y términos de trabajo, celebrados por las empresas con las Personas con Discapacidad o pensionados por invalidez. Dicha información debe ser ingresada en el sitio electrónico de la Dirección del Trabajo por las empresas en el plazo de 15 días siguientes a la celebración de dichos actos jurídicos.

SI NO PUEDO CONTRATAR PERSONAS EN SITUACIÓN DE DISCAPACIDAD ¿HAY MEDIDAS ALTERNATIVAS?

Existe una alternativa que es la celebración o ejecución de contratos de prestación de servicios con empresas que tengan contratadas a Personas en situación de discapacidad y en Fundación Wazú podemos ayudarte con eso.

Al contratar servicios de Fundación Wazú, si estos  alcanzan los 24 sueldos mínimos, cuenta como que esa persona está trabajando para la empresa que busca la tercerización.

Para más información, escríbenos a hola@fundacionwazu.cl

 

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Inclusión Laboral

Encuesta recoge los principales motivos de las empresas para contratar Personas en situación de discapacidad

SEGÚN UNA ENCUESTA REALIZADA POR SOFOFA, EL 92% DE LAS EMPRESAS ENCUESTADAS CONTRATA PERSONAS EN SITUACIÓN DE DISCAPACIDAD PORQUE ES PARTE DE SU CULTURA ORGANIZACIONAL, UN 89% RECONOCE QUE SU FIN ES CUMPLIR CON LA LEY DE INCLUSIÓN LABORAL, MIENTRAS QUE UN 71% BUSCA MEJORAR SU CLIMA LABORAL.

Frente al actual contexto de pandemia, diversas empresas e instituciones han manifestado su preocupación por el impacto que esto podría tener en materia de contratación de Personas en situación de discapacidad (PeSD), quienes ya en circunstancias normales enfrentan altos índices de exclusión.

En este sentido, la Encuesta Calidad de la Inclusión Laboral de las Empresas realizada por la Red de Empresas Inclusivas (ReIN), de SOFOFA, recogió las principales razones que tienen las compañías para incorporar PeSD, el cual reveló que el 92% lo hace porque es parte de su cultura organizacional, un 89% reconoce que su fin es cumplir con la Ley 21.015 que fomenta la Inclusión Laboral, el 79% menciona que es parte de sus objetivos estratégicos, mientras que un 71% busca mejorar su clima laboral.

Al respecto, Elena Razmilic, presidenta de la ReIN, señala que “resulta importante entender las estrategias de inclusión laboral que están desplegando las organizaciones, con el objetivo de que la anhelada reactivación productiva y del empleo post Covid-19 se realice sin dejar de lado a los trabajadores y trabajadoras con discapacidad”.

Además, agrega que las firmas deben investigar en profundidad las dificultades que están experimentando en este proceso, ya que “es fundamental detectar los puntos críticos para orientar el proceso de reclutamiento y selección, más aun entendiendo que hoy tenemos un doble desafío, derrotar al virus y apoyar a personas y empresas en la creciente necesidad de desarrollar y vivir la inclusión”.

Campañas Comunicacionales

Por otro lado, la encuesta reveló que las campañas comunicacionales son la metodología más asentada en las empresas para promover la inclusión, con un 89% de compañías que las despliegan. Sigue el comité de diversidad y/o inclusión y la gestión inclusiva de riesgos, ambas con 59%, mientras que los sistemas de gestión o indicadores de diversidad alcanzan un 56% y un 15% implementa otras metodologías.

“Las empresas están invirtiendo tiempo y recursos para cumplir correctamente con la normativa, pero este es solo el punto de partida para lograr permear en la compañía una política y cultura inclusiva, que no sólo busque cumplir con una cuota, sino que también tenga en sus principios el crecimiento y desarrollo de los colaboradores que se suman a la empresa, tomando en cuenta los grandes beneficios que esto conlleva para el ambiente laboral en general”, sostiene Elena Razmilic.

Consultados respecto de los principales atributos que poseen y muestran los trabajadores en situación de discapacidad, una amplia mayoría destaca el compromiso que adquieren con la empresa (79,5%), siendo esta característica la única mencionada por más de la mitad de los encuestados, seguido por la buena relación que entablan con sus pares (44%), su alto nivel de productividad (38%), la puntualidad (35,9%) y la buena asistencia (30,8%).

Otro aspecto de la investigación muestra que el 97% de las firmas se asesoran con expertos con el objetivo de incorporar personas con discapacidad, mientras que el 95% aplica métodos específicos de reclutamiento, tales como alianzas con universidades y fundaciones o acciones dirigidas en su web y un 87% indica que realiza capacitaciones a los trabajadores sin discapacidad sobre temáticas de inclusión.

Al respecto, la presidenta de la ReIN resalta que es urgente contar con políticas educacionales cada vez más inclusivas para generar capital humano que responda a las necesidades y requerimientos profesionales de las organizaciones, pero sobre todo a las demandas de una sociedad que está avanzando hacia un entorno cada vez más integrativo. Asimismo, señaló que “hay que avanzar hacia un cambio mayor respecto de la cultura al interior de las compañías, un cambio que contempla tener colaboradores con discapacidad más entrenados en sus funciones, satisfechos con su trabajo y, sobre todo, destacados por sus capacidades y no por sus discapacidades”, dice.

Fuente: diarioconcepcion.cl

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