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LEY DE INCLUSIÓN LABORAL: LOS PRINCIPALES PUNTOS DE LA NORMATIVA QUE ENTRA EN VIGENCIA EL 1 DE ABRIL

Este domingo 1 de abril entrará en vigencia la nueva Ley de Inclusión Laboral, que establece una reserva de empleos del 1% para personas con discapacidad en organismos del Estado y empresas privadas que cuenten con más de 100 trabajadores.

Según cifras entregadas por el Senadis, en el sector privado actualmente hay más de 7.600 empresas con más de 100 trabajadores, por lo que se podrán habilitar más de 25 mil cupos laborales para personas con discapacidad.

En tanto, en el sector público hay 158 instituciones en las cuales se deberían habilitar cerca de 2.500 cupos para personas con discapacidad.

De acuerdo al Segundo Estudio Nacional de la Discapacidad, un 20% de las personas de 18 años o más del país está en situación de discapacidad; es decir, más de dos millones seiscientas mil personas. De ellos, solo el 39,3% tiene empleo.

¿QUIÉNES SE VERÁN BENEFICIADOS POR ESTA LEY?

Para ser beneficiario de esta ley se debe poseer una pensión de invalidez de cualquier régimen previsional o tener cualquier discapacidad calificada previamente por lasa Comisiones de Medicina Preventiva e Invalidez (Compin), dependientes del Ministerio de Salud (Minsal) y a las instituciones públicas o privadas reconocidas para estos efectos.

PRINCIPALES PUNTOS

Entre otras cosas, la normativa suprime la discriminación salarial que existía respecto de los trabajadores con discapacidad mental, derogando el artículo 16 de la Ley N° 18.600 que establecía una remuneración inferior al sueldo mínimo.

Además, fija en 26 años la edad límite para suscribir el Contrato de Aprendizaje con personas con discapacidad mental; prohíbe toda discriminación hacia personas con discapacidad, quienes, también, contarán con garantías en los procesos de selección laboral del Estado.

Es importante recalcar que las empresas o servicios no pueden optar por una discapacidad en particular en la contratación. Optar significa una discriminación arbitraria por motivos de discapacidad, protegido por el ordenamiento jurídico, así como una violación al principio de igualdad de oportunidades el cual protege a las personas con discapacidad de cualquier discriminación por razón de discapacidad.

¿QUIÉN FISCALIZA?

En el sector privado la fiscalización del cumplimiento de la nueva normativa le corresponde a la Dirección del Trabajo, quien debe llevar un registro actualizado de los contratos de trabajo, sus modificaciones y términos de trabajo, celebrados por las empresas con las Personas con Discapacidad o pensionados por invalidez. Dicha información debe ser ingresada en el sitio electrónico de la Dirección del Trabajo por las empresas en el plazo de 15 días siguientes a la celebración de dichos actos jurídicos.

 

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Un 40% de empresas cree que no podrá cumplir con cuota de inclusión laboral

Falta de infraestructura y de perfil específico serían las principales dificultades. Senadis es optimista pues se establece 1% como piso.

La nueva Ley de Inclusión Laboral, que comienza a implementarse el 1 de abril,  indica que las entidades públicas y privadas de más de 100 trabajadores deben reservar el 1% de sus puestos de trabajo a personas con discapacidad.

Si bien la norma tiene apoyo transversal, existe temor en las empresas privadas de no poder cumplir con lo establecido, preocupación que fue revelada por un estudio realizado por Key Clouding – plataforma online de selección laboral- que encuestó a 300 ejecutivos de empresas nacionales, 50 de ellos de la Región, que indica que el 40% teme no cumplir con lo solicitado.

El análisis reveló que el 81% de los consultados cree que la ley será un aporte para la inclusión, pero que no serán capaces de hacerlo en el plazo estipulado porque no han encontrado personas minusválidas  que cumplan con el perfil para los cargos.

“Muchos gerentes de Recursos Humanos se preguntan dónde van a encontrar a personas con las características necesarias, ya que no existen bolsas de trabajo o consultoras especializadas en  reclutar y seleccionar este tipo de perfiles”, explicó Carmen Peralta, gerente Comercial de Key Clouding.

El 96,5% de los encuestados ve a los discapacitados como un aporte para las organizaciones, tanto por sus capacidades como porque generan una cultura más tolerante dentro de la empresa.

La encuesta mostró que las principales dificultades para contratar a dicho grupo es la falta de infraestructura (65,62%); 36% aduce desconocimiento de jefaturas sobre cómo abordar las relaciones laborales con personas minusválidas; 20% ve como dificultad el que dichos postulantes no  tengan las competencias específicas para cargos disponibles y, el 27% dijo que no existen personas suficientes para ser incluidas en el mercado laboral.

Peralta explicó que las empresas, en general, tienen buena disposición ante la ley, pero que el proceso no ha sido sencillo, pues han debido reformular su  infraestructura y establecer políticas de integración de equipos para incorporar a estos nuevos colaboradores.

Sin embargo, el desafío más relevante estaría en encontrar dentro de las personas con capacidades distintas el perfil que requieren tanto para el cargo.

De hecho, Peralta destacó que según cifras del Senadis, que considerando a personas entre 18 y 60 años, el número de discapacitados representa cerca del 17% de la fuerza laboral, pero un 40% presenta incapacidad severa que le impediría trabajar.

La gerente aseveró que habrán empresas que prefieran  pagar una multa en vez cumplir con lo establecido por ley y, en el caso de otras, que no puedan pagar las costas, incluso, podrían arriesgar ir a la quiebra.

Incumplimiento

Andrea Lozano, directora regional (s) de Servicio Nacional de la Discapacidad, dijo que desde que se promulgó la ley, en junio de 2017, se han reunido con diferentes actores involucrados en el tema para determinar cuáles son las dificultades que podría tener la implementación de la ley, y reconoció que dentro de las más recurrentes está la falta de infraestructura adecuada.

Sin embargo, precisó que la ley de Inclusión Laboral no es la que obliga a las entidades a ser accesibles para todas las personas, sino que normativas anteriores como la Ley de Urbanismo y Construcciones.

“Esta nueva ley está dejando de manifiesto el retraso e incumplimiento de las normativas de accesibilidad universal que existen en nuestro país. Según los años de edificación existen plazos, por ejemplo, las anteriores a 1994 deberían estar cumpliendo con la normativa, ese plazo terminó en 2003. Hay un segundo grupo de edificaciones entre 1994 y 2016  que tienen plazo hasta el 4 de marzo de 2019 para hacer todas las adecuaciones y, las nuevas construcciones de 2016 en adelante, que deben cumplir sí o sí con la norma de accesibilidad”, detalló.

Lozano dijo que de manera paulatina, tanto públicos como privados, deberían mejorar las condiciones de accesibilidad en sus edificios para permitir no sólo la inclusión laboral, sino también el acceso a servicios.

A pesar de la dificultad de infraestructura que se está presentando, Lozano dijo que están optimistas, pues la ley establece un piso mínimo de 1% e, incluso, “se contempla una aproximación de decimales al anterior, es decir, si tienes 199  trabajadores no vas a tener que contratar a dos personas discapacitadas, sino a uno”.

Detalló que han descubierto   faltas de competencias y de experiencia del grupo objetivo, “ahí son importantes los programas de capacitación que se puedan ir generando para beneficiarlos directamente y les va entregar herramientas para insertarse mejor en los puestos de trabajo”, dijo y comentó que están trabajando con una serie de instancias para apoyarlos.

De acuerdo al Estudio Nacional de la Discapacidad, realizado en 2015, la Región cuenta con 345.348 mayores de 18 años, pero quitando a niños y adultos mayores Bío Bío tiene una fuerza laboral de 26.000 que están inscritos en el Registro Nacional de la Discapacidad.

La directora llamó a la población discapacitada de la Región a inscribirse en dicho registro, ya que les habilitará acceder a servicios, beneficios y prestaciones sociales.

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