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Personas en situación de discapacidad tendrán atención preferencial en servicios públicos y privados

La iniciativa que está pronta a ser ley, garantiza este derecho para personas en situación de discapacidad y cuidadores, tanto en establecimientos públicos como privados que atiendan personas.

La iniciativa modifica la Ley 20.422, que establece normas sobre igualdad de oportunidades e inclusión de personas con discapacidad. 

En el segundo trámite se mantuvo la norma base, donde se define que la atención de prioridad se dirigirá a personas que cuenten con credencial o certificado de discapacidad vigente emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación. Esto también se extiende para sus cuidadores o cuidadoras, que cuenten con el certificado respectivo. El Senado extendió la opción de acreditar dicha calidad mediante otro mecanismo reconocido por la ley. 

En el caso de atenciones de salud se regirá lo dispuesto en la Ley 20.584. En ella se regulan los derechos y deberes que tienen las personas en relación con acciones vinculadas a su atención en salud. Específicamente, el derecho a la atención preferente. También se incluyen las y los mayores de 60 años, las personas con discapacidad y sus cuidadores/as. 

En el Senado se agregaron dos nuevas consideraciones: la primera es extender este beneficio al sector privado. En el segundo caso, aclarar qué se entenderá por atención preferente y oportuna; lo que se define como “la adopción y aplicación de acciones y medidas que aseguren el derecho de las personas a recibir un trato digno y respetuoso en todo momento y en cualquier circunstancia, disminuyendo sus tiempos de espera”

La iniciativa quedó lista para su promulgación por parte del Poder Ejecutivo, para luego ser publicada como Ley oficial del Estado.

Fuente: https://www.camara.cl/cms/2025/09/03/personas-con-discapacidad-tendran-prioridad-en-atencion-en-servicios-publicos-y-privados/ 

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